Sociedad De Transportes Rtr Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
Transporte urbano, suburbano e interurbano de toda clase de mercaderías y cargas diversas; transporte urbano, suburbano e interurbano de pasajeros; formar parte de otras sociedades comerciales, modificarlas asumir la representación de las mismas cuyos objetivos sean los mismos o similares; celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; realizar toda otra actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho.
Capital
Total capital
$2.000.000
Paid-in capital
$2.000.000
Pending capital
$0
Shares
100
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 95% | $1.900.000 |
BERNARDITA PAZ DEL RÍO ARRIAGADA Accionista | - | 5% | $100.000 |
Administrators (1)
Official extract text
MARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogada, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que ante mí, por escritura pública de fecha 23/08/2021, don PEDRO NÚÑEZ-BARRANCO PATIÑO y doña BERNARDITA PAZ DEL RÍO ARRIAGADA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa 1939, oficina 207, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron: TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD. Por este acto, los únicos y actuales socios de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES RTR LIMITADA”, don PEDRO NÚÑEZ-BARRANCO PATIÑO y doña BERNARDITA PAZ DEL RÍO ARRIAGADA acordaron modificar dicha empresa de responsabilidad limitada, transformándola a una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “SOCIEDAD DE TRANSPORTES RTR SpA”, la que se regirá por las normas que para este tipo de sociedades establecen los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas y sus modificaciones, teniendo además presentes las disposiciones generales de los Código de Comercio y Código Civil, que versan sobre la materia; y en especial, por los siguientes estatutos, que reemplazarán a los contenidos en la escritura de constitución individualizada en la cláusula primera de la escritura extractada: “ESTATUTOS.- NOMBRE. El nombre o razón social de la sociedad es “SOCIEDAD DE TRANSPORTES RTR SpA”, cuyo uso obligará a la sociedad ante bancos, instituciones públicas y privadas, personas naturales o jurídicas y en general ante cualquier entidad que contrate con ella, incluso el Fisco de Chile. DOMICILIO. El domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el administrador de la Sociedad acuerde establecer en otros lugares, dentro o fuera del país. DURACIÓN. Indefinida. OBJETO SOCIAL. El objeto de la sociedad será: A) Transporte urbano, suburbano e interurbano de toda clase de mercaderías y cargas diversas; B) Transporte urbano, suburbano e interurbano de pasajeros; C) La Sociedad podrá formar parte de otras sociedades comerciales, modificarlas asumir la representación de las mismas, cuyos objetivos sean los mismos o similares a los de ella, en general, puede celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; D) Finalmente la Sociedad podrá realizar toda otra actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho. CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $2.000.000, dividido en 100 acciones, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito, pagado, con anterioridad a esta fecha y que los accionistas han aportado de la siguiente manera: (i) Don PEDRO NÚÑEZ-BARRANCO PATIÑO suscribió y pagó 95 acciones, equivalentes a la suma total de $1.900.000; (ii) Doña BERNARDITA PAZ DEL RÍO ARRIAGADA suscribió y pagó 5 acciones, equivalentes a la suma total de $100.000. ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PEDRO NÚÑEZ-BARRANCO PATIÑO, en adelante también denominado el “Administrador”, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el Artículo 40 de la Ley 18.046 otorga al directorio de una sociedad anónima y las ejercerá personalmente, a través de sus mandatarios habituales o a través de aquellos mandatarios que se designe especialmente para tal efecto, y/o en caso de que la Junta de Accionistas lo determine en sesión especialmente convocada al efecto, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas con derecho a voto, por un Directorio”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE TRANSPORTES RTR LIMITADA
CVE 2004345
