Forestal Alfredo Sabugo Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ Socio 5.xxx.xxx-8 | 5.xxx.xxx-8 | 37.75% | - |
Socio 10.xxx.xxx-8 | 10.xxx.xxx-8 | 29.25% | - |
Socio 8.xxx.xxx-3 | 8.xxx.xxx-3 | 20.75% | - |
JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES Socio 8.xxx.xxx-k | 8.xxx.xxx-k | 12.25% | - |
Administrators (2)
JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES
Corporate history on record
- Incorporation· July 30, 2009
Constitución original de Forestal Alfredo Sabugo y Compañía Limitada.
- Death· September 11, 2018
Fallece intestado Alfredo Agustín Sabugo Telechea.
- Other act· December 1, 2020
Partición y adjudicación de derechos y participación social del socio fallecido a sus herederas.
MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ · JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES · ALEJANDRA SABUGO BRANDES · FRANCISCA SABUGO BRANDES · ALFREDO AGUSTÍN SABUGO TELECHEA
- Other act· January 25, 2021
Rectificación de la partición y adjudicación de derechos sociales.
MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ · JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES · ALEJANDRA SABUGO BRANDES · FRANCISCA SABUGO BRANDES
- Change of administrator· May 11, 2022
Se modifica la administración y representación social, quedando a cargo indistintamente de Alejandra Sabugo Brandes y Javiera Eleonora Sabugo Brandes.
- Capital change· May 11, 2022
Se ajusta la participación social y el reparto de utilidades y pérdidas entre las socias.
MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ · FRANCISCA SABUGO BRANDES · ALEJANDRA SABUGO BRANDES · JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES
Official extract text
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 11 de Mayo de 2022, otorgada ante mí, doña MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ, chilena, viuda, labores de casa, cédula nacional de identidad número cinco millones setecientos treinta y ocho mil ciento treinta y ocho guión ocho, domiciliada en calle Hochstetter número seiscientos cuarenta, departamento mil uno, comuna de Temuco; doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES, chilena, ingeniero civil industrial, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta guión tres, domiciliada en calle Antumalal número cero mil ochenta y uno, comuna de Temuco, quien comparece por sí misma y, a su vez, en nombre y en representación de doña FRANCISCA SABUGO BRANDES, chilena, periodista, divorciada, cédula nacional de identidad número diez millones cuarenta y ocho mil setecientos doce guión ocho, con domicilio en el departamento número quinientos tres del Edificio Llewellyn Plaza, ubicado en calle Llewellyn Jones número mil doscientos cuarenta, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y nueve guión K, domiciliada en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve oficina trescientos tres, comuna de Temuco, modificaron sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social FORESTAL ALFREDO SABUGO Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones noventa y cuatro mil seiscientos cincuenta y tres guión dos, constituida con fecha treinta de julio del año dos mil nueve, ante Notario de Temuco don Jorge Tadres Hales, aclarada y complementada por escritura pública de fecha veinte de octubre del año dos mil nueve, de la misma Notaría, cuyo extracto se inscribió a fojas diecisiete vuelta número diecisiete del Registro de Comercio del año dos mil nueve del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén y se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y uno del día uno de septiembre del año dos mil nueve. FALLECIMIENTO DEL SOCIO DON ALFREDO AGUSTÍN SABUGO TELECHEA: Que el socio don ALFREDO AGUSTÍN SABUGO TELECHEA falleció intestado con fecha once de septiembre del año dos mil dieciocho y la posesión efectiva de su herencia fue otorgada a sus herederos doña MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ, doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES, doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES y doña FRANSCISCA SABUGO BRANDES, Que así las cosas, los únicos socios de la sociedad FORESTAL ALFREDO SABUGO Y COMPAÑÍA LIMITADA, en atención a la muerte del socio don Alfredo Agustín Sabugo Telechea, son sus herederas doña MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ, doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES, doña FRANCISCA SABUGO BRANDES y doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES. El fallecimiento del socio don Alfredo Agustín Sabugo Telechea se encuentra inscrito a fojas treinta y dos vuelta número veinte del Registro de Comercio del año dos mil veinte, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén. MODIFICACIÓN SOCIAL REFERIDA AL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LOS ACTUALES SOCIOS: Que vienen en modificar la participación social de cada una de las socias en el mismo sentido ya acordado en la escritura pública de partición y adjudicación fechada el primero de diciembre del año dos mil veinte, otorgada ante Notario de Temuco don Jorge Tadres Hales, Repertorio número seis mil seiscientos sesenta y uno guión dos mil veinte, rectificada mediante escritura pública de fecha veinticinco de enero de dos mil veintiuno, Repertorio número trescientos cincuenta y ocho de la misma Notaría, en el sentido de que la participación social de cada una de las socias se ve aumentada e incrementada con el porcentaje en que se le adjudicaron los derechos y la participación social que a don ALFREDO AGUSTÍN SABUGO TELECHEA le correspondía en la sociedad Forestal Alfredo Sabugo y Compañía Limitada. Así las cosas, como consecuencia del fallecimiento del socio don Alfredo Agustín Sabugo Telechea y la posterior adjudicación a las socias de sus derechos y participación en la sociedad, los únicos socios de la sociedad Forestal Alfredo Sabugo y Compañía Limitada son doña MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ, doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES, doña FRANCISCA SABUGO BRANDES y doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES, en la siguiente forma y proporción: UNO: La socia doña MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ detenta un treinta y siete coma setenta y cinco por ciento del capital social. DOS: La socia doña FRANCISCA SABUGO BRANDES detenta un veintinueve coma veinticinco por ciento del capital social. TRES: La socia doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES detenta un veinte coma setenta y cinco por ciento del capital social. CUATRO: La socia doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES detenta un doce coma veinticinco por ciento del capital social. MODIFICACIÓN SOCIAL A LA ADMINISTRACIÓN; USO DE RAZÓN SOCIAL Y LIMITACIONES A LA ADMINISTRACIÓN: Modifican la cláusula octava del pacto social en los siguientes sentidos: A) La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá indistintamente a doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES y a doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES, con las solas excepciones y limitaciones que se indican más adelante, quienes actuando por la sociedad, en forma conjunta o separada, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social; y, además, en la celebración de cualquier acto o contrato, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social; B) No obstante lo anterior, se requerirá la concurrencia conjunta de la voluntad de todos los socios para ejercer las siguientes facultades: comprar, vender, hipotecar y constituir otros gravámenes sobre bienes raíces; gravar con prendas bienes muebles, constituir sociedades; prometer comprar, prometer vender, y prometer constituir gravámenes sobre bienes raíces y avalar y constituir a la sociedad en fiadora o codeudora solidaria; y C) En lo no modificado por medio del presente acto, rigen de manera íntegra todas y cada una de las facultades de representación, administración y disposición que se pactaron en la cláusula octava del pacto social, las que a mayor abundamiento se dan por expresamente reproducidas en este acto, incluida la de autocontratar. MODIFICACIÓN SOCIAL EN CUANTO AL REPARTO DE UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Modifican el pacto social en la cláusula undécima, reemplazándose su texto por el siguiente: Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en las siguientes proporciones: Un treinta y uno por ciento para doña MATILDE ELEONORA BRANDES MORDOJ; un veintiocho por ciento para doña FRANCISCA SABUGO BRANDES; un veinticinco por ciento para doña ALEJANDRA SABUGO BRANDES; y un dieciséis por ciento para doña JAVIERA ELEONORA SABUGO BRANDES. Los socios acuerdan y dejan expresa constancia de que las modificaciones sociales practicadas por medio de este contrato entrarán en vigencia y comenzarán a regir, para todos los efectos legales, desde la fecha de la presente escritura. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Temuco, 25 de Mayo de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
FORESTAL ALFREDO SABUGO Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2136612
