Sociedad De Inversiones Las Vertientes Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$60.000.000
Paid-in capital
$45.000.000
Pending capital
$15.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 48.xxx.xxx-k | 48.xxx.xxx-k | 50% | $30.000.000 |
Socio 11.xxx.xxx-0 | 11.xxx.xxx-0 | 50% | $30.000.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Incorporation· September 21, 2009
Constitución de Sociedad de Inversiones Las Vertientes Limitada
Official extract text
SERGIO SANHUEZA RIOS, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 854, certifico: Por escritura pública de Repertorio N° 1929-2023 de fecha 25 de Abril de 2023, ante mí, doña CARMEN ALICIA LOPEZ MORALES, chilena, soltera, profesora, cédula de identidad número cuatro millones ochocientos cuarenta mil quinientos cincuenta y cinco guión K, domiciliada en calle Hochstetter número seiscientos cinco Departamento novecientos tres de la ciudad de Temuco; y don GONZALO ANDRES URIBE LOPEZ, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad número once millones cuatrocientos noventa y dos mil novecientos treinta y seis guión cero, domiciliado en calle Hochstetter número seiscientos cinco Departamento novecientos tres de la ciudad de Temuco, modificaron pacto social “SOCIEDAD DE INVERSIONES LAS VERTIENTES LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de septiembre del año dos mil nueve, otorgada ante la Notario Público de Temuco, don Humberto Toro Martínez- Conde, anotada en el Repertorio con el número cuatro mil ciento sesenta y cuatro guión dos mil nueve. El extracto de la escritura de constitución fue inscrito a fojas mil dos vuelta número novecientos noventa y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil nueve, y publicado en el Diario Oficial, edición número treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y ocho, de fecha diecisiete de octubre del mismo año. El rol único tributario de la compañía es setenta y seis millones ochenta y tres mil cuatrocientos noventa y ocho guión K. Su capital social es cuarenta millones de pesos. Modificaciones: 1.- Socios acordaron aumentar el capital social, de la suma de cuarenta millones de pesos, a la suma de sesenta millones de pesos, mediante el aporte en dinero que realizará el socio don Gonzalo Andrés Uribe López, por la cantidad de veinte millones de pesos. 2.- En virtud del aumento de capital antes referido se reemplazó la cláusula quinta de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El Capital de la sociedad es la suma total de sesenta millones de pesos, que se aportan y aportarán por los socios de la siguiente forma: A) doña Carmen Alicia López Morales, aportó la suma de treinta millones de pesos, ya ingresados en caja social, de la forma establecida en escritura de constitución. B) don Gonzalo Andrés Uribe López, aporta la suma de treinta millones de pesos de la siguiente forma: a) Con la suma de diez millones de pesos ya ingresados en caja social, según la forma establecida en escritura de constitución; y b) Con la suma de veinte millones de pesos que en este acto, de los cuales ingresa la suma de cinco millones de pesos en este acto en dinero en efectivo, en caja social y el saldo de quince millones de pesos, lo pagará dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de este instrumento, en dinero en efectivo o bienes de interés social. 3.- La cláusula SEXTA, en el sentido de que las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios, en la misma proporción que su participación en el capital social. 4.- La cláusula DECIMO, la que se reemplaza por la siguiente: “DECIMO: En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con los sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedará radicada, desde la fecha del fallecimiento del socio administrador, en el o los socios sobrevivientes, con las todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula cuarta”.- 5.- La cláusula UNDECIMO y DUODECIMO, en las cuales se reemplaza al árbitro designado en los estatutos por el nuevo árbitro don Steven Richard Mackay Paslack, cédula de identidad número doce millones setecientos siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro guión cinco. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 27 de Abril de 2023.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES LAS VERTIENTES LIMITADA
CVE 2309091
