Stock company by shares76.080.751-6

Los Boldos SpA

MODIFICACIÓN — Sep 5, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-09-05View PDF (CVE 2696013)

Corporate information

SpA
Avenida Isidora Goyenechea número tres mil seiscientos veintiuno, piso quince
Administration: Directorio compuesto por tres miembros

Capital

Total capital

UN MILLON DE PESOS

Paid-in capital

UN MILLON DE PESOS

Pending capital

$0

Shares

1,000

Shareholders (2)

NameParticipation

VCB INVERSIONES S.A.

Accionista

77.108.223-8

66.6%

INMOBILIARIA IV CENTENARIO S.A.

Accionista

76.080.751-6

33.4%

Administrators (4)

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 31, 2022

    Constitución de Los Boldos SpA

  2. Change of administrator· August 27, 2025

    Se designa un directorio provisorio y gerente general para la sociedad

    Walter Riegel Von Conta · Jorge Andrés Brain Valenzuela · Gonzalo Javier Carvallo Walbaum · Javier Valenzuela Milnes

Official extract text

Ministerio del Interior ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en esta ciudad, calle Arlegui número quinientos treinta y siete, certifica: por escritura pública hoy ante mí, INMOBILIARIA IV CENTENARIO S.A., Rut setenta y seis millones ochenta mil setecientos cincuenta y uno guión seis, representada por PABLO ZACARÍAS ABUMOHOR NORDENFLYCHT, ambos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea número tres mil seiscientos veintiuno, piso quince, Las Condes, Santiago; VCB INVERSIONES S.A, Rut número setenta y siete millones ciento ocho mil doscientos veintitrés guión ocho, representada por FRANCISCO JOSÉ VIVANCO FIERRO, y por JORGE ANDRÉS BRAIN VALENZUELA, todos domiciliados en calle Edmundo Eluchans mil trescientos cuarenta y siete, oficina noventa y tres, Viña del Mar, Región de Valparaíso; modificaron la sociedad “Los Boldos SpA”: Uno) constituida con fecha treinta y uno de enero del dos mil veintidós escritura otorgada en Notaria de Santiago de Álvaro González Salinas, e inscrita a fojas diez mil doscientos veinticuatro número cinco mil dieciocho en el Registro de Comercio de Santiago del año dos mil veintidós; Dos) El capital estatutario asciende a UN MILLON DE PESOS.- dividido en un mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha. Tres) Accionistas y quórum. VCB INVERSIONES S.A. es titular de seiscientos sesenta y seis acciones e INMOBILIARIA IV CENTENARIO S.A. es titular de trescientos treinta y cuatro acciones. Cuatro) Modificaciones: TÍTULO TERCERO, modificando íntegramente los artículos Décimo Primero, Décimo Segundo, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y reemplazar el artículo Segundo Transitorio, las referidas cláusulas quedan: ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Directorio. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros, que podrán ser o no accionistas. Los directores serán elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, y durarán un período de tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del periodo respectivo y podrán ser reelegidos indefinidamente. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Normas del Directorio. Uno) Los Directores podrán o no percibir remuneración por el desempeño de sus cargos. En todo caso, la remuneración de los Directores deberá ser fijada anualmente por la Junta Ordinaria de Accionistas; Dos) Los requisitos, incompatibilidades, limitaciones e incapacidades para desempeñar el cargo de Director, así como también las funciones, derechos, obligaciones y responsabilidades del Directorio y de sus miembros y las causales de terminación y el procedimiento de reemplazo de los Directores que cesaren en sus funciones, serán los establecidos en la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y en el Reglamento de la ley de Sociedades Anónimas; Tres) El Directorio representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y, para el cumplimiento del objeto social y dentro de las limitaciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes lo que no será necesario acreditar frente a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley y este Estatuto no establezcan como privativas de las Juntas Generales de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exijan poder especial. Lo anterior no obsta a la representación que corresponde al Gerente Genera; Cuatro) Las sesiones del Directorio serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras deberán celebrarse una vez al año en las fechas, horas y lugares predeterminados por el Directorio y no requerirán de citación especial. Las segundas se celebrarán cuando las cite especialmente el Presidente, por sí, o a indicación de uno o más Directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los Directores; caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. En las Sesiones Extraordinarias sólo podrá tratarse de los asuntos que específicamente se señalen en la convocatoria; Cinco) Las sesiones del Directorio se constituirán con la concurrencia de la mayoría absoluta de los Directores en ejercicio. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta entre los directores asistentes con derecho a voto, salvo en los casos previstos expresamente en el Reglamento Sociedades Anónimas exigirá mayorías especiales diferentes. En caso empate dirimirá él voto quien presida la reunión; Seis) En la primera sesión que celebre el Directorio con posterioridad a su elección, designará entre sus miembros a un Presidente, que lo será también de las Juntas Generales y de la Sociedad. En ausencia del Presidente, presidirá las sesiones el Director o Accionista que en cada oportunidad designe el Directorio o la Junta, con carácter de accidental; Siete) El Directorio podrá conferir mandatos y delegar parte de sus facultades en el Gerente General, Subgerente o Abogados de la sociedad, en un Director o en una Comisión de Directores, y para objetos especialmente determinados, en otras personas. Ocho) El Directorio de la sociedad podrá sesionar en la ciudad de Viña del Mar y también podrá citar a Juntas de Accionistas tanto Ordinarias como Extraordinarias las que podrán celebrarse en dicha ciudad. Lo anterior es sin perjuicio de que un Director o accionista pueda participar de la misma a través de alguna aplicación que permita mantener una comunicación clara e interrumpida. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Reparto de utilidades. El Directorio queda especialmente facultado para que, bajo la responsabilidad personal de los Directores que concurran al acuerdo respectivo, distribuya dividendos provisionales durante el ejercicio con cargo a utilidades del mismo, siempre que no hubiere pérdidas acumuladas.- ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Gerente General. La sociedad tendrá un Gerente General que será designado por el Directorio y estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio, de todas aquellas que le confiera la Ley o de aquellas que expresamente le otorgue el Directorio. ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: Hasta la celebración de la primera sesión de Directorio de la SpA los comparecientes acuerdan la designación de un Directorio provisorio, cuyos miembros podrán ser reelegidos y durarán en sus funciones tres años. Conforme a lo anterior, se establece y acuerda que el referido Directorio de “Los Boldos SpA.” quedará integrado por: UNO.- Don Walter Riegel Von Conta. DOS.- Don Jorge Andrés Brain Valenzuela. TRES.- Don Gonzalo Javier Carvallo Walbaum. Asimismo, se acuerda designar como Gerente General de la sociedad a don Javier Valenzuela Milnes, cédula de identidad número trece millones novecientos cincuenta y un mil novecientos noventa y ocho guión uno con todas las facultades que le confiere la ley y las que el Directorio le conceda expresamente. Demás estipulaciones en la escritura extractada. En todo lo no modificado en el presente instrumento, se mantendrán plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad. Portador facultado legación. 27 de agosto de 2025.-

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