Compañía Minera Algarrobo Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$5.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administrators (3)
Corporate history on record
- Incorporation· September 23, 2008
Constitución de COMPAÑÍA MINERA ALGARROBO LIMITADA, hoy ALGARROBO LTDA., con capital de $5.000.000.
Edgardo Opazo Camposano · Sergio Yaber Lozano · LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ · JOHN ARTURO HUNTER FLORES
- Other act· June 18, 2010
Modificación societaria previa de la sociedad.
- Other act· November 16, 2010
Saneamiento de la sociedad.
- Transfer of rights· April 24, 2023
JOHN ARTURO HUNTER FLORES cede el 25% de sus derechos a MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ.
- Transfer of rights· April 24, 2023
LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ cede un 25% de sus derechos a MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ.
Official extract text
RUBEN REINOSO HERRERA, abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio en Avenida el Santo número mil doscientos cuarenta certifica que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2023, doña LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ, don JOHN ARTURO HUNTER FLORES, ambos con domicilio en La Serena, calle Pedro Pablo Muñoz número trescientos setenta, oficina D y doña por doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ, con domicilio en Avenida La Marina número dieciocho, La Herradura, Coquimbo, de paso por esta ciudad, modificaron la sociedad COMPAÑÍA MINERA ALGARROBO LIMITADA, la cual puede actuar con el nombre de fantasía ALGARROBO LTDA., la que fue constituida con un capital de CINCO MILLONES DE PESOS mediante escritura pública de fecha veintitrés de septiembre de dos mil ocho, repertorio número tres mil ciento treinta y seis guion dos mil ocho, otorgada ante la notaría de Coquimbo servida por don Edgardo Opazo Camposano, suplente del titular don Sergio Yaber Lozano; El extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha diecisiete de octubre del año dos mil ocho, en el ejemplar número treinta y nueve mil ciento noventa; La inscripción del extracto se realizó en el Registro de Comercio del Conservador de Coquimbo a fojas seiscientos cuatro número trescientos ochenta y tres del año dos mil ocho. Sociedad que fue modificada por escritura pública de fecha dieciocho de junio del año dos mil diez, repertorio número cuatro mil ochocientos noventa y cinco guion dos mil diez, otorgada ante la notaría de La Serena servida por don Oscar Fernández Mora; El extracto de dicha modificación se publicó en el Diario Oficial con fecha treinta de junio del año dos mil diez, en el ejemplar número treinta y nueve mil seiscientos noventa y ocho; La inscripción del extracto se realizó en el Registro de Comercio del Conservador de Coquimbo a fojas trescientos cuarenta y uno número doscientos treinta y siete del año dos mil diez. Finalmente la Sociedad fue saneada por escritura pública de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez, repertorio número diez mil ciento uno guion dos mil diez, otorgada ante la notaría de La Serena servida por don Oscar Fernández Mora; El extracto de dicho saneamiento se publicó en el Diario Oficial con fecha veintitrés de noviembre del año dos mil diez, en el ejemplar número treinta y nueve mil ochocientos diecisiete; La inscripción del extracto se realizó en el Registro de Comercio del Conservador de Coquimbo a fojas seiscientos veintinueve número cuatrocientos cincuenta y seis del año dos mil diez. La sociedad tiene asignado el rol único tributario número setenta y seis millones cincuenta y seis mil quinientos cuarenta y tres guion uno. EN EL SIGUIENTE SENTIDO: UNO. A) Don JOHN ARTURO HUNTER FLORES, titular del veinticinco por ciento de los derechos sociales, vende, cede, y transfiere la totalidad de sus derechos, es decir un veinticinco por ciento de los derechos sociales a doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. B) Doña LYUBICZA INÉS SPASOJEVIC GÓMEZ, titular del setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, vende, cede, y transfiere un tercio de sus derechos, es decir un veinticinco por ciento de los derechos sociales a doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. DOS. como consecuencia de las cesiones precedentes, ingresan a la sociedad doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ y quedan, en calidad de socios, doña LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ con un cincuenta por ciento del porcentaje social y doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ, con el cincuenta por ciento del porcentaje social, quienes, en su calidad de únicas socias, acuerdan modificar: La cláusula tercera señalando que La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de las socias doña LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ y doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ y a don JOHN ARTURO HUNTER FLORES quienes quienes, podrán actuar indistintamente en forma conjunta o separada y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades, comprendiendo las de disposición de bienes y todas las que, directa o indirectamente, sean o parezcan necesarias o conducentes a la ejecución del objeto social o a la conservación o incremento de los haberes de la sociedad, incluidas cuantas sean necesarias para convenir, realizar y llevar adelante toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones civiles, comerciales, administrativas, judiciales o de otro orden y ejercitar, abandonar y renunciar derechos y acciones de cualquiera índole aun cuando la actuación implique novación o autocontratación. La cláusula séptima señalando que La participación en el capital, en las utilidades y la contribución a las posibles perdidas se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: un cincuenta por ciento para doña LYUBICZA INES SPASOJEVIC GÓMEZ y un cincuenta por ciento para doña MIRTHA INÉS GÓMEZ YÁÑEZ. Los socios podrán efectuar retiros a cuenta de utilidades en la misma proporción antes señalada siempre que las disponibilidades de la caja social lo permitan. Demás estipulaciones en escritura extractada, La Serena a 05 de mayo de 2023.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
COMPAÑÍA MINERA ALGARROBO LIMITADA
CVE 2311276
