Limited liability company76.053.024-7

Sociedad Chavarría Belmar Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 24, 2023

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2023-04-24View PDF (CVE 2304507)

Corporate information

SpA
Los Ángeles, Biobío
Duration: Indefinida
Administration: Administrador único

Corporate purpose

Importación, distribución y compraventa de gomas, pernos y correas en todas sus especies y dimensiones; comercialización de artículos de ferretería y materiales de construcción; comercialización de repuestos automotores en general; compraventa de artículos de seguridad industrial y forestal; servicios de publicidad y compraventa de los mismos; otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P.; venta al por menor de otros productos en comercios especializados N.C.P.; y cualquier otra actividad relacionada que el accionista determine.

Capital

Total capital

$50.000.000

Paid-in capital

$50.000.000

Pending capital

$0

Shares

50,000

Shareholders (1)

NameParticipation

FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA

Accionista

100%

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 5, 2009

    Constitución de Sociedad Chavarría Belmar Limitada.

    ROBERTO EDUARDO BELMAR ARANEDA · FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA

  2. Transfer of rights

    Roberto Eduardo Belmar Araneda cede la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 50% del capital a Fernando Chavarría Fuentealba.

    ROBERTO EDUARDO BELMAR ARANEDA · FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA

  3. Partner withdrew

    Roberto Eduardo Belmar Araneda se retira de la sociedad.

    ROBERTO EDUARDO BELMAR ARANEDA · FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA

  4. Transformation

    La sociedad limitada se transforma en una sociedad por acciones conservando el mismo RUT y cambiando su razón social a GOMATEC CHILE SpA, con nombre de fantasía GOMATEC SpA.

    FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA

Official extract text

EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER, Abogado, Notario Público Interino por cese del cargo del Titular de este territorio jurisdiccional, don LUIS EDUARDO SOLAR BACH, con domicilio en esta ciudad, calle Lautaro número 325, oficinas 4 y 5, Certifico, por escritura de hoy ante mí, ROBERTO EDUARDO BELMAR ARANEDA y FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA, ambos domiciliados en Colon setecientos veinte de la ciudad de Los Angeles, los comparecientes vienen en transformar la SOCIEDAD CHAVARRÍA BELMAR LIMITADA, RUT. 76.053.024-7, constituida escritura pública fecha 5 enero año 2009, otorgada en la ciudad de Los Ángeles ante doña María Antonieta Carrillo Flores, Notario Público titular de Los Ángeles, cuyo extracto fue publicado Diario Oficial fecha 23 febrero año 2009; se inscribió a fojas 127, número 76, del año 2009, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Angeles; modificación de la misma sociedad, fue inscrita a fojas 492, número 272, del año 2018, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Angeles.- Capital social inicial ascendió a $5.000.000.- MODIFICACION DE SOCIEDAD: CESION DE DERECHOS SOCIALES: 1: Por el presente instrumento, ROBERTO EDUARDO BELMAR ARANEDA, vende, cede y transfiere a FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA, quien compra y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales que tiene cedente en referida sociedad, y que corresponde al 50% del capital social, en el precio de $5.000.000. 2: Como consecuencia de modificación social señalada, ROBERTO EDUARDO BELMAR ARANEDA, se retira de sociedad ya señalada, con aquiescencia del otro socio también compareciente. 3: De la manera relacionada y en virtud de la presente modificación, FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA, se hace dueño exclusivo del 100% de los derechos de la “SOCIEDAD CHAVARRÍA BELMAR LIMITADA”, considerando que era dueño del 50% de los derechos sociales, a lo cual, se suma el otro 50% de los derechos sociales adquiridos al otro socio, por medio del presente instrumento.- 4: TRANSFORMACION: En consideración a lo expuesto, y en especial, el único y actual socio de la “SOCIEDAD CHAVARRÍA BELMAR LIMITADA”, es FERNANDO CHAVARRÍA FUENTEALBA, el que a través del presente instrumento, ha tomado la decisión de transformar la referida “SOCIEDAD CHAVARRÍA BELMAR LIMITADA”, en una sociedad por acciones. Por tal motivo, se somete a la consideración el texto de los estatutos de dicha sociedad por acciones, dejándose expresa constancia que por la presente transformación se mantiene el mismo Rol Único Tributario, siendo la sociedad en que se transforma, la misma sociedad bajo distinta denominación, la que se regirá por las disposiciones de la Ley número veinte mil ciento noventa, y supletoriamente, por las reglas de las sociedades anónimas cerradas establecidas en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, y demás disposiciones pertinentes y aplicables del Código de Comercio y Código Civil, y especialmente por los siguientes estatutos: NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN, OBJETO. La razón social de la sociedad por acciones se denominará “GOMATEC CHILE SpA”, pudiendo actuar en todo orden de asuntos, incluso ante bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de organismos públicos o privados, con el nombre de fantasía de “GOMATEC SpA”. El domicilio legal de sociedad por acciones, será la comuna y ciudad de Los Ángeles, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que se acuerde establecer, en el país o en el extranjero. La sociedad por acciones tendrá una duración indefinida. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad por acciones será: a).- Importación, distribución y compraventa de gomas, pernos y correas en todas sus especies y dimensiones; b). Comercialización de artículos de Ferretería y materiales de construcción; c).- Comercialización de repuestos automotores en general; d).- Compraventa de artículos de seguridad industrial y forestal; e).- Servicios de Publicidad y compraventa de los mismos; f).- Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P., g).- Venta al por menor de otros productos en comercios especializados N.C.P., i).- Con todo, el accionista podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que el accionista determine.- CAPITAL Y ACCIONES.- El capital social asciende a la cantidad de $50.000.000, dividido en 50.000 acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una de ellas, y sin valor nominal. El(los) accionista(s) sólo será(n) responsable(s) hasta el monto de su respectivo capital en la sociedad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 429 de Ley N° 20.190, sobre Sociedades por Acciones.- El Capital Social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la junta de Accionistas, o por el único accionista según sea el caso. Sin perjuicio de lo anterior, el administrador queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad por acciones o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de un año contado desde la fecha del acuerdo respectivo. En el caso, de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones.- ADMINISTRACION SOCIAL.- La administración de la sociedad por acciones corresponderá única y exclusivamente a FERNANDO CHAVARÍA FUENTEALBA, en calidad de Administrador, quien representará judicialmente y extrajudicialmente a la Sociedad con amplias facultades, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investida de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o estos Estatutos no establezcan como privativos de la junta de accionista, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El Administrador podrá delegar parte de sus facultades en él o los Gerentes y/o Abogados de la Sociedad, y para objetos especialmente determinados, en otras personas.- A título meramente ilustrativo, y sin que en caso alguno signifique limitar las facultades propias del administrador designado FERNANDO CHAVARRIA FUENTEALBA, anteponiendo a su firma la razón social, tendrá amplias facultades.- GERENTE GENERAL.- La Sociedad podrá tener un Gerente designado por el administrador; y las atribuciones y deberes del Gerente serán fijadas por el Administrador.- JUNTAS DE ACCIONISTAS.- El presente título regula la institución de las junta de accionista. Sin perjuicio de las estipulaciones reguladas en el presente título, para el caso que la totalidad de las acciones de la presente sociedad pertenezcan en dominio a una misma persona, corresponderá a esta concurrir con su voluntad a efectuar las actuaciones y ejercer las atribuciones y derechos que este estatuto confiere a las Juntas de Accionistas. No obstante lo expuesto, existiendo dos o más accionistas se aplicaran las clausulas siguientes y demás aplicables donde la Junta de Accionistas será el organismo máximo de la administración social y tendrá las más altas atribuciones para adoptar todos los acuerdos que estimen necesarios. Los accionistas se reunirán en Juntas de Accionistas para tratar cualquier materia que diga relación con la Sociedad. La resoluciones que las Juntas adopten con arreglo a estos estatutos obligarán a los Administradores y a los accionistas de la Sociedad. de conocimiento público. FISCALIZADORES DE LA ADMINISTRACION.- La Junta de Accionistas podrá acordar la designación de uno o más inspectores de cuentas o auditores externos, con el fin que examinen la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros y le informen por escrito sobre el cumplimiento de este encargo.- DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMPAÑÍA.- La Sociedad se disolverá por acuerdo de la Junta de Accionistas.- La Sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en manos de una sola persona, ni por la muerte, renuncia o incapacidad de uno o más de sus accionistas.- Disuelta la Sociedad, su liquidación se practicará por una o más personas designadas por la Junta de Accionistas, quienes la representarán judicial y extrajudicialmente y estarán premunidas de todas las facultades de administración y disposición que les confiere la Junta de Accionistas.- La Junta de Accionistas que designe a los liquidadores podrá determinar que ellos sean remunerados y fijar la cuantía de la remuneración a que ellos tendrán derecho. DISPOSICION FINAL.- En el silencio de estos Estatutos se aplicarán las disposiciones contenidas en los artículos 424 a 446 del Código del Comercio, u otras que se dicten para las sociedades por acciones y, a falta de ellas, las especiales sobre sociedades anónimas cerradas, pero sólo en cuanto no se contrapongan a su naturaleza.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- El capital social de $50.000.000, está dividido en cincuenta mil acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Angeles, 17 Abril 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD CHAVARRÍA BELMAR LIMITADA

    CVE 2304507

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)