Producciones Eje Tres Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
LUIS HUMBERTO CANTILLANO NAVARRETE Socio | - | 50% | - |
Administrators (2)
LUIS HUMBERTO CANTILLANO NAVARRETE
Official extract text
FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº 201 locales 101 y 102, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 18 de julio de 2022, otorgada ante el titular, MARÍA CAROLINA ESBIR ESBIR, diseñadora gráfica, domiciliada en La Llavería 2110, Dpto. 1005, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y DAMIAN CASTRO ESBIR, estudiante, domiciliado en La Llavería 2110, Dpto. 1005, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modifican la sociedad de responsabilidad limitada “PRODUCCIONES EJE TRES LIMITADA”, con nombre de fantasía “EJE TRES PRODUCCIÓN LIMITADA”, R.U.T. Nº 76.052.629-0, inscrita a fojas 12735 N° 8283 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, en los siguientes términos: María Carolina Esbir Esbir vende, cede y transfiere a don JORGE JULIÁN ESBIR CASTILLO, empresario, domiciliado calle Pacem In Terris número mil setecientos ochenta y tres, comuna de Vitacura, Región Metropolitana el 50 % de su participación y el 49% restante vende, cede y transfiere a LUIS HUMBERTO CANTILLANO NAVARRETE, ingeniero, domiciliado en calle La Castellana Norte N° 44 Dpto. 1606, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y don Damián Castro Esbir, vende, cede y transfiere a don LUIS HUMBERTO CANTILLANO NAVARRETE el 1% de su participación. A consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad don María Carolina Esbir Esbir y Don Damián Castro Esbir distribuyéndose el haber social en: a) Jorge Julián Esbir Castillo, un 50% de participación; b) Luis Humberto Cantillano Navarrete, un 50% de participación. Los actuales y únicos socios vienen en ratificar lo indicado en la cláusula Quinta del pacto constitutivo relativa a la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido de que ésta corresponderá a los socios en forma conjunta don JORGE JULIAN ESBIR CASTILLO y don LUIS HUMBERTO CANTILLANO NAVARRETE, con formalidades y amplias facultades contenidas en dicha cláusula. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2022.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Producciones Eje Tres Limitada
CVE 2185171
