Kam Auditores Consultores Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Corporate history on record
- Other act· November 28, 2023
Se otorga escritura de resciliación social.
VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ · JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ · FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR · CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS
- Other act· February 29, 2024
Se otorga escritura de rectificación y complementación social, luego resciliada por la comparecencia posterior.
VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ · JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ · FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR · CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS
- Other act· March 15, 2024
Se complementa la rectificación de la escritura de resciliación social.
VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ · JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ · FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR · CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS
- Transformation· March 19, 2024
La sociedad acuerda transformarse de sociedad de responsabilidad limitada a SpA.
VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ · JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ · FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR · CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS
- Name change· March 26, 2024
Se publica un extracto de transformación con error de redacción en el nombre de fantasía.
VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ · JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ · FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR · CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS
Official extract text
RODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 18 de Julio de 2024, Repertorio N°43.308-2024, ante mí, don VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ, don JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ, don FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR, y doña CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS, todos domiciliados para estos efectos en calle Don Carlos número dos mil novecientos treinta y nueve, oficina cuatrocientos tres, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago Región Metropolitana; los comparecientes en calidad de únicos socios de “KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, RUT N°76.045.940-2, sociedad inscrita a Fojas 34.807, Número 26.337 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2003, y publicada en el Diario Oficial 22 noviembre del mismo año, acordaron entre otras materias: (i) Corregir y Sanear la inscripción y publicación del extracto de escritura pública de transformación social, de fecha 26 de marzo del año 2024, otorgada ante don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, , con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, agregada a su Repertorio de Instrumentos Públicos, bajo el número diecinueve mil trescientos cincuenta y seis del año dos mil veinticuatro, donde los comparecientes don VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRIQUEZ, don JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ, don FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR, y doña CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS, procedieron a reducir a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas KAM AUDITORES CONSULTORES SpA, RUT N°76.045.940 2, celebrada con fecha 19 de marzo de 2024, por medio de la cual, entre otros asuntos se acordó la transformación de la Sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo estatuto se ordena en tal sentido, según consta en la escritura pública antes singularizada.Inscribiéndose un extracto de ella fojas 26.757 número 11.345 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2024 , y se anotó al margen de la inscripción de fojas 34.807 número 26337 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al 2003, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 1 de abril de 2024. Sin embargo, erradamente el extracto inscrito y publicado señalado precedentemente, no fue consistente con lo señalado en el artículo segundo del estatuto social, relativo al nombre o razón social, en la parte que corresponde al nombre de fantasía, toda vez que el referido extracto indica: "(...)/d/ "Como consecuencia de los acuerdos anteriores, los accionistas acordaron Aprobar y fijar al efecto un nuevo texto único y refundido de sus estatutos sociales, de "KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA", pudiendo también utilizar para todos los efectos legales, el nombre de fantasía "KAM AUDITORES CONSULTORES LTDA. (...)"., en circunstancias que la escritura de transformación indica en su artículo “SEGUNDO: RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social será KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, pudiendo usar para fines publicitarios, de propaganda y bancarios, el nombre de fantasía KAM AUDITORES CONSULTORES LTDA.".- En virtud de lo señalado precedentemente, los comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio indicado, referente a la inscripción y publicación del extracto de transformación social señalada anteriormente, de conformidad lo dispone el artículo primero y siguientes de la Ley número 19.499 sobre Saneamientos de Vicios de Nulidad de Sociedades. El vicio se entenderá corregido con la oportuna inscripción y publicación del extracto de la presente escritura de saneamiento y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al haber inscrito el extracto de la modificación social indicada, con un error de redacción relativo al nombre o razón social, en el Registro de Comercio de Santiago y publicado en el Diario Oficial. (ii) Corregir y Sanear la inscripción del extracto de escritura pública de fecha 29 de febrero de dos mil 2024, otorgada ante don Benjamín Andrés Castillo Montalvo, abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, agregada a su Repertorio de Instrumentos Públicos, bajo el Número trece mil setecientos cuarenta y cuatro guion dos mil veinticuatro, rectificada y complementada por escritura pública de fecha quince de marzo de dos mil veinticuatro, otorgada ante don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, agregada a su Repertorio de Instrumentos Públicos, bajo el Número diecisiete mil doscientos ochenta y seis guion dos mil veinticuatro los comparecientes; VÍCTOR TULIO AGUAYO HENRIQUEZ, don JORGE STALIN DEL CARMEN ASTUDILLO LÓPEZ, don FREDDY IGNACIO LIZANA SALAZAR, y doña CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS, ; procedieron a resciliar la escritura pública de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés, otorgada en la Segunda Notaria de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Repertorio número ochenta y cuatro mil ciento treinta y ocho guion dos mil veintitrés, Inscribiéndose un extracto de dicha modificación social a Fojas veintiséis mil cuatrocientos ochenta y seis, número once mil doscientos cincuenta del año dos mil veinticuatro y se anotó al margen de la inscripción..- Las escrituras públicas previamente indicadas, adolece de un Vicio Formal de Nulidad de aquellas señaladas en el inciso 3 del artículo 1 de la Ley número 19.499, Sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades. El Vicio de Nulidad indicado consiste en la falta de publicación del extracto en el Diario Oficial, puesto que, si bien la inscripción del extracto fue efectuado dentro del plazo legal establecido, no fue debidamente publicado el extracto en el Diario Oficial. En virtud de lo señalado precedentemente, los comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio indicado, referente a la publicación en el Diario Oficial del extracto social señalado anteriormente, de conformidad lo dispone el artículo 1 y siguientes de la Ley número 19.499 sobre Saneamientos de Vicios de Nulidad de Sociedades, el vicio se entenderá corregido con la oportuna inscripción y publicación del extracto de la presente escritura de saneamiento y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al no haber publicado el extracto en el Diario Oficial, de la escritura de resciliación y la escritura de rectificación y complementación social, esta última anotada al margen de la primera, de la cual es parte integrante.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 19 de Julio de 2024.-
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios de auditoría externa y asesoría tributaria, laboral, y económica; asesorías administrativas y contables; capacitación ocupacional y la ejecución de todas las actividades que se relacionen con las citadas
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 32% | $320.000 |
Jorge Stalin del Carmen Astudillo López Accionista | - | 12% | $120.000 |
Accionista | - | 10% | $100.000 |
Accionista | - | 46% | $460.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Transformation· March 19, 2024
La junta extraordinaria de accionistas acordó transformar KAM AUDITORES CONSULTORES SpA en KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, manteniendo el mismo RUT.
Víctor Tulio Aguayo Henríquez · Jorge Astudillo López · Freddy Lizana Salazar · Carolina Susana Aguayo Vargas
Official extract text
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Con fecha 26 de Marzo de 2024, se redujo a escritura pública ante mí, bajo el Repertorio N°19.356-2024, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de KAM AUDITORES CONSULTORES SpA, RUT N°76.045.940-2, celebrada con fecha 19 de Marzo de 2024, con asistencia de sus únicos accionistas don Víctor Tulio Aguayo Henríquez, don Jorge Astudillo López, don Freddy Lizana Salazar, y doña Carolina Susana Aguayo Vargas, la sociedad inscrita a Fojas 34.807, Número 26.337 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2003, y publicada en el Diario Oficial 22 noviembre del mismo año, varias veces modificada según consta al margen dicha inscripción, (la “Sociedad”), a la cual asistieron los accionistas que representaban del 100% de las acciones con derecho a voto de la Sociedad, y acordaron, entre otras materias, lo siguiente: /a/ Transformar la Sociedad cambiando su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus Estatutos, por tanto “KAM AUDITORES CONSULTORES SpA”, se denominará en adelante “KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, manteniendo mismo Rol Único Tributario N°76.045.940-2. /b/ Acordaron modificar el objeto de la Sociedad reemplazando por el siguiente articulado: OBJETO. “El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de auditoría externa y asesoría tributaria, laboral, y económica; asesorías administrativas y contables; capacitación ocupacional y la ejecución de todas las actividades que se relacionen con las citadas”. /c/ Mantener a don Victor Tulio Aguayo Henríquez, en la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía y demás estipulaciones, y qué y para el caso de su ausencia, dicha labor la ejerza doña Carolina Susana Aguayo Vargas, quién no tendrá la obligación de acreditar dicha ausencia o impedimento ante terceros. /d/ Como consecuencia de los acuerdos anteriores, los accionistas acordaron Aprobar y fijar al efecto un nuevo texto único y refundido de sus estatutos sociales, de “KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, pudiendo también utilizar para todos los efectos legales, el nombre de fantasía “KAM AUDITORES CONSULTORES LTDA”. Los únicos accionistas de la mencionada sociedad, ahora socios de la sociedad transformada son don Víctor Tulio Aguayo Henríquez, don Jorge Astudillo López, don Freddy Lizana Salazar, y doña Carolina Susana Aguayo Vargas, todos con domicilio en calle Don Carlos 2939, Oficina 403, Las Condes, Región Metropolitana. La Sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país o en el extranjero. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de auditoría externa y asesoría tributaria, laboral, y económica; asesorías administrativas y contables; capacitación ocupacional y la ejecución de todas las actividades que se relacionen con las citadas. La administración de la sociedad, representación y uso de la razón social, le corresponderá a don VICTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ, el cual, actuando individualmente, dispondrá de las más amplias facultades. En caso de ausencia o impedimento del administrador don Victor Tulio Aguayo Henríquez deberá actuar individualmente en nombre y en representación de la sociedad, con las mismas facultades con las que se ha premunido al administrador, doña CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS, quién no tendrá la obligación de acreditar dicha ausencia o impedimento ante terceros. El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.-, que se entera y paga de la siguiente manera: a) Don Victor Tulio Aguayo Henríquez, aporta la suma de $320.000.-, equivalentes al 32% por ciento del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social; b) Don Jorge Stalin del Carmen Astudillo López, aporta la suma de $120.000.-, equivalentes al 12% del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social; c) Don Freddy Ignacio Lizana Salazar, aporta la suma de $100.000.-, equivalentes al 10% del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social; y d) Doña Carolina Susana Aguayo Vargas, aporta la suma de $460.000.- equivalentes al 46% por ciento del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura social y tendrá una duración de 10 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, a menos que la unanimidad de los socios manifiesten su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 26 de Marzo de 2024.
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios de auditoría y asesoría financiera; auditoría y asesoría tributaria, laboral, seguros y económica; asesorías administrativas y contables; capacitación ocupacional y la ejecución de todas las actividades que se relacionen con las citadas, además la realización de inversiones de cualquier tipo y los demás negocios que acuerden los socios.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 32% | $320.000 |
Jorge Stalin del Carmen Astudillo López Socio | - | 12% | $120.000 |
Socio | - | 10% | $100.000 |
Socio | - | 46% | $460.000 |
Administrators (2)
SII representatives (1)
Official extract text
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Con fecha 28 de Noviembre de 2023, se redujo a escritura pública ante mí, bajo el Repertorio N°84.138-2023, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de KAM AUDITORES CONSULTORES SpA, RUT N°76.045.940-2, celebrada con fecha 23 de noviembre de 2023, con asistencia de sus únicos accionistas don Víctor Aguayo Henríquez, don Jorge Astudillo López, don Freddy Lizana Salazar, y doña Carolina Aguayo Vargas, la sociedad inscrita a Fojas 34.807, Número 26.337 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2003, y publicada en el Diario Oficial 22 noviembre del mismo año, varias veces modificada según consta al margen dicha inscripción, (la “Sociedad”), a la cual asistieron los accionistas que representaban del 100% de las acciones con derecho a voto de la Sociedad, y acordaron, entre otras materias, lo siguiente: /a/ Transformar la Sociedad cambiando su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus Estatutos, por tanto “KAM AUDITORES CONSULTORES SpA”, se denominará en adelante “KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA”, manteniendo mismo Rol Único Tributario N°76.045.940-2. /b/ Mantener a don Victor Tulio Aguayo Henríquez, en la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía y demás estipulaciones, y qué y para el caso de su ausencia, dicha labor la ejerza doña Carolina Susana Aguayo Vargas, quién no tendrá la obligación de acreditar dicha ausencia o impedimento ante terceros. /c/ Como consecuencia de los acuerdos anteriores, los accionistas acordaron Aprobar y fijar al efecto un nuevo texto único y refundido de sus estatutos sociales, de KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, pudiendo también utilizar para todos los efectos legales, el nombre de fantasía KAM AUDITORES CONSULTORES LTDA” o “KAM LTDA.” Los únicos accionistas de la mencionada sociedad, ahora socios de la sociedad transformada son don Víctor Aguayo Henríquez, don Jorge Astudillo López, don Freddy Lizana Salazar, y doña Carolina Aguayo Vargas, todos con domicilio en calle Don Carlos 2939, Oficina 403, Las Condes, Región Metropolitana. La Sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país o en el extranjero. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de auditoría y asesoría financiera; auditoría y asesoría tributaria, laboral, seguros y económica; asesorías administrativas y contables; capacitación ocupacional y la ejecución de todas las actividades que se relacionen con las citadas, además la realización de inversiones de cualquier tipo y los demás negocios que acuerden los socios. La administración de la sociedad, representación y uso de la razón social, le corresponderá a don VICTOR TULIO AGUAYO HENRÍQUEZ, el cual, actuando individualmente, dispondrá de las más amplias facultades. En caso de ausencia o impedimento del administrador don Victor Tulio Aguayo Henríquez deberá actuar individualmente en nombre y en representación de la sociedad, con las mismas facultades con las que se ha premunido al administrador, doña CAROLINA SUSANA AGUAYO VARGAS, quién no tendrá la obligación de acreditar dicha ausencia o impedimento ante terceros. El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.-, que se entera y paga de la siguiente manera: a) Don don Victor Tulio Aguayo Henríquez, aporta la suma de $320.000.-, equivalentes al 32% por ciento del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social; b) Don Jorge Stalin del Carmen Astudillo López, aporta la suma de $120.000.-, equivalentes al 12% del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social; c) Don Freddy Ignacio Lizana Salazar, aporta la suma de $100.000.-, equivalentes al 10% del capital social, los que se encuentran pagados con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social; y d) Doña Carolina Susana Aguayo Vargas, aporta la suma de $460.000.- equivalentes al 46% por ciento del capital social, los que se encuentran pagados Ext.Acta.Kam/MGH39 con anterioridad a este acto e ingresados en la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura social y tendrá una duración de 10 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, a menos que la unanimidad de los socios manifiesten su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 28 de Noviembre de 2023.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
KAM AUDITORES CONSULTORES LIMITADA
CVE 2521885
- MODIFICACIÓN
KAM AUDITORES CONSULTORES SpA
CVE 2473652
- MODIFICACIÓN
KAM AUDITORES CONSULTORES SpA
CVE 2423707
