Limited liability company76.044.276-3

Redelek Limitada

MODIFICACIÓN — Dec 16, 2020

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2020-12-16View PDF (CVE 1865282)

Corporate information

Ltda
Laja, Biobío
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponde única y exclusivamente a un socio

Capital

Total capital

$2.500.000

Shareholders (2)

NameParticipation

LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO

Socio

16.xxx.xxx-6

99%

BERTA LEONOR CHAMORRO BAEZA

Socio

7.xxx.xxx-4

1%

Administrators (1)

LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO

16.xxx.xxx-6Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· December 22, 2008

    Se constituyó REDELEK LIMITADA en Laja, con RUT 76.044.276-3.

    NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO · LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO

  2. Transfer of rights· November 24, 2020

    NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO cede el 40% de sus derechos sociales a LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO y a BERTA LEONOR CHAMORRO BAEZA.

    NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO · LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO · BERTA LEONOR CHAMORRO BAEZA

Official extract text

CESIÓN DE DERECHOS Y MODIFICACIÓN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “REDELEK LIMITADA” RUTH ALEJANDRA VILLALOBOS GUTIÉRREZ, NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA SEGUNDA NOTARÍA DE YUNGAY, con oficio en calle Independencia Nº362, Huépil, comuna Tucapel; certifica que, por escritura pública, de fecha 24 de noviembre de 2020, celebró contrato de CESIÓN DE DERECHOS Y MODIFICACIÓN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, repertorio 654-20; que es del siguiente tenor; comparecen: don NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO, cedula nacional de identidad N°15.167.748-7, quien declara que es chileno, Técnico Eléctrico, soltero, domiciliado en calle Arturo Prat S/N, Campanario, comuna de Yungay; don LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO, cedula nacional de identidad N°16.506.189-6, quien declara que es chileno, soltero, Técnico Eléctrico, domiciliado en calle Angamos N°0204, ciudad, y comuna de Yungay; y doña BERTA LEONOR CHAMORRO BAEZA, cedula nacional de identidad N°7.375.002-4, quien declara que es chilena, dueña de casa, casada, domiciliada en calle Angamos cero doscientos cuatro, ciudad, y comuna de Yungay. PRIMERO: don NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO, y don LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO, son actualmente los únicos socios accionistas de la sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social es “REDELEK LIMITADA” con domicilio en la ciudad de Laja, sin perjuicio otros Chile o extranjeros. Esta persona jurídica se constituyó por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2008, ante don Juan Antonio Puga Lozano, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces, Archivero Judicial, Titular de Laja, debidamente inscrita a fojas 1, número 1, en el Registro de Comercio del año 2009, correspondiente al Conservador de Bienes Raíces de Laja; Rol Único Tributario N°76.044.276-3. SEGUNDO: Conforme al pacto social la participación en el haber de la sociedad que a cada uno de los actuales socios corresponde es el siguiente: a) don NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO, titular del cuarenta por ciento (40%) de los derechos sociales; y b) don LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO, titular del sesenta por ciento (60%) de los derechos sociales. TERCERO: CESIÓN: Por el presente instrumento, don NABOR ANDRÉS SAÉZ CARRASCO, viene en vender, ceder y transferir el cuarenta por ciento de los derechos sociales, que le corresponden, con respecto a la sociedad precedentemente individualizada, a don LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO, en un porcentaje equivalente al treinta y nueve por ciento de sus acciones, y a doña BERTA LEONOR CHAMORRO BAEZA, en un porcentaje equivalente al uno por ciento, quienes las compran, aceptan y adquieren para sí, la totalidad de las acciones y derechos sociales. CUARTO: En consecuencia, la sociedad queda ahora conformada por los socios don LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO, titular del noventa y nueve por ciento (99%) de los derechos sociales, y el noventa y nueve por ciento (99%) de las utilidades y pérdidas en la sociedad; y doña BERTA LEONOR CHAMORRO BAEZA, titular del uno por ciento (1%) de los derechos sociales, y el uno por ciento (1%) de las utilidades y pérdidas en la sociedad. QUINTO: El precio de la venta o cesión de los derechos sociales, es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, a prorrata de sus respectivos porcentajes, precio que la parte cesionaria pagan a la parte cedente al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, declarando la parte cedente haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio renunciando a la acción resolutoria que por dicho concepto pudiere emanar. SEXTO: CAPITAL: El capital estatutario asciende a la suma de dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000). SÉPTIMO: ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social, le corresponderá única y exclusivamente a don LUIS FRANCO PEZOA CHAMORRO, y operará con el rol único tributario número setenta y seis millones cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y seis guion tres, y opera con el Rol Único Tributario N°76.044.276-3. Demás estipulaciones en escritura extractada. Huépil a 24 de noviembre de 2020.

Recent filings

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Corporate relationships

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