Limited liability company76.043.607-0

Comercial Torres & Villanueva Limitada

MODIFICACIÓN — May 16, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-05-16View PDF (CVE 1590852)

Corporate information

Ltda
Ovalle, Coquimbo
Administration: La administración, el uso de la razón social y representación corresponderá a dos socios actuando conjuntamente, con autorizaciones específicas para uno de ellos

Capital

Total capital

$70.000.000

Paid-in capital

$70.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

JORGE ROBERTO TORRES TORRES

Socio

10.xxx.xxx-1

45%

BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS

Socio

9.xxx.xxx-5

45%

BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA

Socio

15.xxx.xxx-3

10%

Administrators (2)

JORGE ROBERTO TORRES TORRES

10.xxx.xxx-1Administrador

BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS

9.xxx.xxx-5Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 16, 2008

    Constitución original de Comercial Torres & Villanueva Limitada.

    JORGE ROBERTO TORRES TORRES · BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS

Official extract text

Mario Patricio Aburto Contardo, Notario Público de la Sexta Notaría de Concepción, oficio Colo Colo 304, certifica: Por escritura 16 abril del 2019, rep. 1572/2019, ante mi, JORGE ROBERTO TORRES TORRES, chileno, comerciante, casado y separado legalmente de bienes, C.I. 10.094.425- 1; BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS, chilena, comerciante, casada y separada legalmente de bienes, C.I. 9.865.167-5; ambos domiciliados Alonso de Ovalle Nro. 196, Lomas de San Andrés, Concepción; y BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA, chilena, ingeniero comercial, casada, C.I. 15.519.553-3, domiciliada en calle B N° 1.223, Condominio Las Vertientes de la Merced, casa N° 5, Lomas de San Andrés, Concepción; modificaron COMERCIAL TORRES & VILLANUEVA LIMITADA, RUT 76.043.607-0, Capital Inicial $50.000.000; constituida escritura pública 16 Octubre 2008, otorgada Notario Público Concepción Francisco Javier Santibañez Yáñez, adjunto del titular Ramón García Carrasco, según decreto Ilustre Corte de Apelaciones Concepción, repertorio N° 9.396- 2008, cuyo extracto fue inscrito 1.897, N° 1.887 Registro de Comercio año 2008, Conservador Bienes Raíces Concepción y publicado Diario Oficial N° 39.197 fecha 25 Octubre 2008. Socios acuerdan: A) AUMENTO DE CAPITAL: JORGE ROBERTO TORRES TORRES, aporta suma $1.500.000; doña BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS, aporta suma $16.500.000; y doña BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA, aporta suma $2.000.000. Aportes enterados en caja social. B) MODIFICAN LA ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD: La administración, el uso de la razón social y representación corresponderá en el futuro a los socios JORGE ROBERTO TORRES TORRES y doña BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS, quienes deberán actuar de manera conjunta, sin perjuicio de las autorizaciones expresas al final de esta cláusula, y anteponer ambos su firma a la razón social, en todos los actos relativos y ordinarios con las facultades que se indican en el pacto social y sus respectivas modificaciones. Sin perjuicio de lo anterior, los socios, autorizan expresamente, a don JORGE ROBERTO TORRES TORRES a realizar única y exclusivamente las siguientes actuaciones, sin la necesidad de actuar en conjunto con la socia BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS: A) girar, depositar, endosar, cobrar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago, y hacer protestar cheques y otros documentos; B) retirar talonarios de cheques, en cualquier banco en el cual la sociedad tenga cuenta bancaria actualmente o la tenga en el futuro; C) retirar bienes y/o mercancías de aduanas. Entregar y retirar bienes en custodia. D) Celebrar, modificar y poner término a toda clase de contratos de trabajo y de prestación de servicios sean ellos profesionales o no. Celebrar y modificar contratos o convenios colectivos. Firmar actas de avenimiento y otorgar finiquitos. E) Realizar toda clase de compra y venta de productos con proveedores y clientes de la sociedad, en específico, suscribir contratos con proveedores y clientes. En particular, huevos, quesos, alimento para mascotas y otros productos de los que comercializa día a día. Para toda otra actuación no detallada específicamente en los numerales A a E precedentes, deberán actuar en forma conjunta.- Atendida la modificación en la participación social, los aportes y participaciones quedan de la siguiente manera: don JORGE ROBERTO TORRES TORRES con un 45% de la participación social, doña BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS con un 45% de la participación social; y doña BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA con un 10% por ciento de la participación social. Para lo futuro, las utilidades y pérdidas se distribuirán en la proporción de participación social que tiene cada socio. La sociedad así modificada asume solidariamente el pago de las obligaciones tributarias devengadas con antelación a esta fecha, conforme al artículo 69 del Código Tributario. En todo lo no modificado en el presente instrumento, queda vigente el estatuto social de la escritura constitutiva y sus modificaciones. Concepción, 13 mayo 2019.mjs.

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