Limited liability company76.030.691-6

Inversiones Magnolio Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 27, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-04-27View PDF (CVE 1390675)

Corporate information

Ltda
Navidad, O'Higgins
Administration: Administración conjunta de al menos dos administradores designados entre los socios, con reemplazos previstos en caso de ausencia o incapacidad

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (5)

NameParticipation

María Teresa Leonvendagar Hurtado

Socio

-

Paula Leonvendagar Hurtado

Socio

-

María Loreto Leonvendagar Hurtado

Socio

-

María Pía Leonvendagar Hurtado

Socio

-

Diego Leonvendagar Hurtado

Socio

-

Corporate history on record

  1. Incorporation· August 6, 2008

    Se constituyó Inversiones Magnolio Limitada.

  2. Transfer of rights

    José Miguel Leonvendagar Hurtado cede el 100% de sus derechos equivalentes al 16,665% de la sociedad a María Teresa Leonvendagar Hurtado.

    José Miguel Leonvendagar Hurtado · María Teresa Leonvendagar Hurtado

Official extract text

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de Santiago 43 Notaría, Paseo Huérfanos Nº 835, Piso 18, certifica: Ante mí, por escritura fecha 13 de Abril del año 2018, señores María Teresa Leonvendagar Hurtado, don José Miguel Leonvendagar Hurtado, doña María Loreto Leonvendagar Hurtado, doña María Pía Leonvendagar Hurtado, y don Miguel Luis Leonvendagar Valenzuela este último en representación de don Diego Leonvendagar Hurtado y de doña Paula Leonvendagar Hurtado, todos domiciliados en esta ciudad, Navidad Nº 1427, departamento Nº 112, comuna de Vitacura, modificaron sociedad “INVERSIONES MAGNOLIO LIMITADA”, constituida por escritura pública otorgada ante el Notario de esta ciudad don Alberto Mozo Aguilar de fecha 6 de Agosto del 2008, cuyo extracto se inscribió a fojas 38.898, Nº 26.786 del Registro de Comercio de ese año de Santiago. Modificaciones consisten: A) Don José Miguel Leonvendagar Hurtado vende, cede y transfiere a doña María Teresa Leonvendagar Hurtado, quien compra y acepta para sí, el cien por ciento de sus derechos en la sociedad que corresponden al dieciséis coma seiscientos sesenta y cinco por ciento de los derechos sociales totales. Precio de la cesión es la suma de $38.000.000.- que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo al cedente. B) Se mantiene el capital social en la suma de un millón de pesos reemplazando la cláusula Sexta del pacto social por la siguiente : “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos aportados y enterados por los socios de la siguiente manera: a) Doña María Teresa Leonvendagar Hurtado aporta la suma de trescientos treinta y tres mil cuatrocientos pesos que entera en dinero efectivo ya ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; b) Doña Paula Leonvendagar Hurtado aporta la suma ciento sesenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos que entera en dinero efectivo ya ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; c) doña María Loreto Leonvendagar Hurtado aporta la suma ciento sesenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos que entera en dinero efectivo ya ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; d)doña María Pía Leonvendagar Hurtado aporta la suma ciento sesenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos que entera en dinero efectivo ya ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; y e) don Diego Leonvendagar Hurtado aporta la suma ciento sesenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos que entera en dinero efectivo ya ingresado a la caja social con anterioridad a este acto. Los socios limitan expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes de capital; C) Se modifica y reemplaza el Artículo Octavo del pacto social sobre la administración de la sociedad el cual queda como se indica a continuación: ARTICULO OCTAVO: ADMINISTRADORES. El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a los socios quienes la ejercerán exclusivamente a través de doña María Teresa Leonvendagar Hurtado, de María Pía Leonvendagar Hurtado y de María Loreto Leonvendagar Hurtado, quienes obrando a lo menos dos de ellos de manera conjunta y anteponiendo sus firmas a la razón social, podrán celebrar todos los actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. En caso de ausencia o incapacidad de dos o más de los administradores mencionados, lo cual será necesario acreditar ante terceros, los administradores ausentes o incapacitados podrán ser reemplazados en el uso de la razón social y la administración de la sociedad por dos cualesquiera de las siguientes personas: Paula Leonvendagar Hurtado y Diego Leonvendagar Hurtado, quienes junto al administrador aun en ejercicio si lo hubiere, y actuando conjuntamente al menos dos cualesquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, podrán celebrar todos los actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Sin perjuicio de lo antes señalado, los administradores conjuntos, antes indicados, no estarán facultados para constituir u otorgar garantías personales o reales a favor de obligaciones de terceros distintos a la sociedad “Inversiones Magnolio Limitada”. D) Se modifica y reemplaza el artículo Noveno estableciendo las facultades de los administradores que se indican en escritura que extracto. E) En lo no modificado continúa vigente el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 23 de Abril del año 2018. JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, NOTARIO PUBLICO.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES MAGNOLIO LIMITADA

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Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)