Transportes Maco Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o ajenos
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shares
1,000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $500.000 |
Accionista | - | 50% | $500.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· May 23, 2008
Se constituye TRANSPORTES MACO LIMITADA.
AGUSTÍN ARTURO ERNESTO MARÍN GOYCOOLEA · AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL · MARÍA PAZ COBO GUEVARA
- Transfer of rights· November 4, 2022
AGUSTÍN ARTURO ERNESTO MARÍN GOYCOOLEA cede la totalidad de sus derechos sociales a AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL.
AGUSTÍN ARTURO ERNESTO MARÍN GOYCOOLEA · AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL
- Transformation· November 4, 2022
TRANSPORTES MACO LIMITADA se transforma en una sociedad por acciones.
Official extract text
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura de fecha 04 de Noviembre de 2022, repertorio 13.017/2022, ante mí: AGUSTÍN ARTURO ERNESTO MARÍN GOYCOOLEA, chileno, viudo, agricultor, C.I N° 3.227.792-6, domiciliado en Avenida Camino Central 2450, B 103, Lo Barnechea, AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero, C.I Nº 7.022.008-3 y MARÍA PAZ COBO GUEVARA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, labores, C.I Nº 8.822.740-9, ambos domiciliados en Camino Las Liebres N° 1.500, casa 5, Lo Barnechea, modifican TRANSPORTES MACO LIMITADA, Rut N° 76.021.845-6, constituida por escritura pública de fecha 23/5/2008, otorgada en la Notaría de Santiago de Iván Torrealba Acevedo. Sociedad inscrita a fojas 24176 N°16553 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008. MODIFICACION. Socio AGUSTÍN ARTURO ERNESTO MARÍN GOYCOOLEA, vende, cede y transfiere, en este acto a AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL, la totalidad de sus derechos sociales que posee en la sociedad “Transportes Maco Limitada”, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social en $900.000, que se paga en la forma indicada en la escritura extractada. Como consecuencia se retira AGUSTÍN ARTURO ERNESTO MARÍN GOYCOOLEA, y quedan como únicos socios MARÍA PAZ COBO GUEVARA y AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL, cada uno con el cincuenta por ciento de derechos en capital social. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. TRANSFORMACIÓN: MARÍA PAZ COBO GUEVARA y AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL, ya individualizados, en su calidad de únicos y actuales socios de TRANSPORTES MACO LIMITADA, transformaron dicha sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, que se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: Nombre: TRANSPORTES MACO SpA, pudiendo usar, para todos los efectos legales y comerciales, incluso antes banco e instituciones financieras el de TRANSMACO SpA; Objeto: El objeto de la sociedad será el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o ajenos; Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga íntegramente de la siguiente manera: a) MARÍA PAZ COBO GUEVARA, suscribe en este acto 500 acciones, por un valor de $500.000 pesos, pagadas con anterioridad a esta fecha; b) AGUSTÍN ARTURO MARÍN PAUL suscribe en este acto 500 acciones, por un valor de $500.000 pesos, pagadas con anterioridad a esta fecha. Duración: cinco años, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales si ninguno de los socios manifestaré su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo. Administración y uso de razón social: La administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que los accionistas designen por medio de escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con excepción de aquellos designados en los artículos transitorios de la escritura extractada, quienes la ejercerán con facultades indicadas en escritura que extracto. Demás estipulaciones, escritura extractada. SANTIAGO, 09 de Noviembre de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES MACO LIMITADA
CVE 2216283
