Import Export Se Gue Trading Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
US$50.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | 50% | $11.082.700 |
Socio 48.xxx.xxx-9 | 48.xxx.xxx-9 | 50% | $11.082.700 |
Administrators (1)
Legal representation (1)
Corporate history on record
- Incorporation· December 31, 2018
Se constituyó la sociedad IMPORT EXPORT SE GUE TRADING LIMITADA.
- Transfer of rights· July 2, 2019
Myunghwa Moon cede el 50% de sus derechos sociales a Daniel Castro Santiago y el 50% a Carlos Manuel Borja Maldonado.
MYUNGHWA MOON · DANIEL CASTRO SANTIAGO · CARLOS MANUEL BORJA MALDONADO
- Transfer of rights· July 2, 2019
Myunghwa Moon, en representación de Dong Hwan Ahn, cede los derechos sociales de su representado a Daniel Castro Santiago y Carlos Manuel Borja Maldonado.
MYUNGHWA MOON · DONG HWAN AHN · DANIEL CASTRO SANTIAGO · CARLOS MANUEL BORJA MALDONADO
- Change of administrator· July 2, 2019
La administración y uso de la razón social pasa a Daniel Castro Santiago.
Official extract text
CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, Notario Público, Patricio Lynch Nº 525: Por escritura el 02 Julio de 2019, ante mí: doña MYUNGHWA MOON, coreana, empresaria, por si y en representación de DONG HWAN AHN, don DANIEL CASTRO SANTIAGO, peruano, comerciante, y don CARLOS MANUEL BORJA MALDONADO, peruano, comerciante: complementan y rectifican escritura pública de modificación de fecha 31 de diciembre de 2018, suscrita ante Notario Público Mónica Gómez Pino, Suplente del Titular Carlos Vila Molina, repertorio Nº4.935 del 2018, de sociedad “IMPORT EXPORT SE GUE TRADING LIMITADA” o "SE GUE TRADING LTDA.”, capital vigente de US$50.000 dólares americanos, que al día de constitución de la sociedad equivalieron a $23.332.000, y R.U.T. Nº 76.016.251-5; complementan en la escritura pública señalada la individualización del socio Carlos Manuel Borja Maldonado, incorporando el número de su R.U.T. Nº 48.172.394-9, quedando de la siguiente manera: “don CARLOS MANUEL BORJA MALDONADO, peruano, soltero, comerciante, Pasaporte de le República del Perú Nº216209861, y R.U.T. Nº 48.172.394-9, con domicilio en Santa Marta número cuatro mil ciento setenta y cinco, de la comuna de Alto Hospicio y de paso en esta”; rectifican cláusulas segunda, tercera y quinta de la escritura púbica de modificación señalada, quedando estas de la siguiente forma: “SEGUNDO: Por el presente instrumento doña MYUNGHWA MOON, vende, cede y transfiere sus derechos sociales de la siguiente forma: a) el 50% de sus derechos sociales, que equivalen al 47,5% del capital social a don DANIEL CASTRO SANTIAGO, quien los compra y acepta, en la suma de $11.082.700 pesos que se pagan por el cesionario en dinero efectivo y de contado a la cedente quien los recibe conforme y declara en consecuencia pagado el precio de la cesión; b) el 50% de sus derechos sociales, que equivalen al 47,5% del capital social a don CARLOS MANUEL BORJA MALDONADO, quien los compra y acepta, en la suma $11.082.700 pesos que se pagan por el cesionario en dinero efectivo y de contado a la cedente quien los recibe conforme y declara en consecuencia pagado el precio de la cesión”; “TERCERO: Por el presente instrumento doña MYUNGHWA MOON, en la representación que inviste de don DONG HWAN AHN vende, cede y transfiere los derechos sociales que le corresponden a su representado en la sociedad “IMPORT EXPORT SE GUE TRADING LIMITADA”, de la siguiente forma: a) el 50% de sus derechos sociales, que equivalen al 2,5% del capital social a don DANIEL CASTRO SANTIAGO, quien los compra y acepta, en la suma de $583.300 pesos que se pagan por el cesionario en dinero efectivo y de contado al cedente quien los recibe conforme y declara en consecuencia pagado el precio de la cesión; b) el 50% de sus derechos sociales, que equivalen al 2,5% del capital social a don CARLOS MANUEL BORJA MALDONADO, quien los compra y acepta, en la suma de $583.300 pesos que se pagan por el cesionario en dinero efectivo y de contado al cedente quien los recibe conforme y CARLOS ERNESTO VILA MOLINA NOTARIO PÚBLICO IQUIQUE declara en consecuencia pagado el precio de la cesión”, y “QUINTO: Los actuales socios vienen en modificar la cláusula Cuarta del pacto social primitivo en el sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio DANIEL CASTRO SANTIAGO quien anteponiendo a la razón social su firma, la representará y obligara con las mismas facultades establecidas en el pacto social primitivo, sin ningún tipo de limitación”. En todo lo no modificado por el presente instrumento, rigen en todas sus partes las estipulaciones contenidas en las escritura de constitución social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- IQUIQUE, 08 julio de 2019.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
IMPORT EXPORT SE GUE TRADING LIMITADA
CVE 1621595
