Constructora CCRSI Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JOSE LUIS EDUARDO YAGUI OSORIO Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administrators (1)
JOSE LUIS EDUARDO YAGUI OSORIO
Corporate history on record
- Other act· June 12, 2014
Osvaldo Marcelo Contreras Reitter se adjudica el 50% de los derechos sociales por liquidación de sociedad conyugal y separación de bienes.
- Incorporation· September 13, 2007
Constitución original de CONSTRUCTORA CCRSI LIMITADA.
Official extract text
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública 14 Marzo 2018, repertorio 16483, ante mí, JOSE LUIS EDUARDO YAGUI OSORIO, con domicilio en Parcelación Millaray 1-E, Malloco, Peñaflor, Región Metropolitana; OSVALDO MARCELO CONTRERAS REITTER, con domicilio en Rosales 1802, Malloco, Peñaflor, Región Metropolitana; y, JAIME ALBERTO TORRES FLORES, con domicilio Avenida Cristóbal Colón 550, Las Praderas II, Peñaflor, Región Metropolitana; modifican sociedad de responsabilidad limitada “ CONSTRUCTORA CCRSI LIMITADA ”, constituida por escritura pública de fecha 13 de Septiembre del año 2007, ante don Mauricio Javier Bertolino Rendic, Notario Público de la Cuadragésima Quinta Notaria de Santiago, suplente del titular René Benavente Cash; inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 43.027, número 30.791, año 2007, publicada en el Diario Oficial 15.704 de fecha 6 de Noviembre del año 2007. Y, por escritura de fecha 12 de Junio del año 2014, otorgada en la Notaria de Santiago de Juan Ricardo San Martín Urrejola, don Osvaldo Marcelo Contreras Reitter mediante liquidación de sociedad conyugal y separación de bienes se adjudicó el cincuenta por ciento de los derechos sociales. Modificación consiste: Don OSVALDO MARCELO CONTRERAS REITTER, cede y transfiere a don JAIME ALBERTO TORRES FLORES, la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad. El precio de esta cesión es de $1.000.000.- que paga en dinero efectivo en este acto al cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción. Quedan como únicos socios don JOSE LUIS EDUARDO YAGUI OSORIO, con el 50% de los derechos sociales, y don JAIME ALBERTO TORRES FLORES, con el 50% de los derechos sociales de la sociedad, respectivamente. Los socios acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio JOSE LUIS EDUARDO YAGUI OSORIO, con las mismas facultades contenidas en el pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de Abril de 2018.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Constructora CCRSI Limitada
CVE 1380046
