Edelec Chile Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$2.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Rommina Evelyn Arteaga Manríquez Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administrators (1)
Corporate history on record
- Incorporation· November 2, 2007
Constitución de EDELEC CHILE Y COMPAÑÍA LIMITADA con capital inicial de $2.000.000.
- Other act· November 2, 2007
Modificación previa de la sociedad inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Laja.
Official extract text
LUIS EDUARDO SOLAR BACH, Abogado, Notario Público Titular de este territorio jurisdiccional, con domicilio en esta ciudad, calle Lautaro 325 oficinas 4 y 5, certifico: por escritura pública de fecha 28 de Noviembre del año en curso ante mí, ante mi se modificó sociedad EDELEC CHILE Y COMPAÑÍA LIMITADA , nombre fantasía EDELEC CHILE LTDA, RUT: 76.002.229-2, constituida escritura 2 de noviembre 2007, en Laja, ante notario JUAN ANTONIO PUGA LOZANO, inscrita fojas 21 N°29 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Laja, año 2007, publicado diario oficial N°38.911 de 14 de noviembre 2007, con un capital inicial de $2.000.000.-. Modificada por escritura 2 de noviembre 2007, en Laja, ante Notario Público Suplente CRISTINA EDITH VELOSO CONTRERAS, inscrita fojas 9 N°12 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Laja, año 2009, publicado diario oficial N°39.367 de 14 de noviembre 2007. Socios ROMMINA EVELYN ARTEAGA MANRÍQUEZ, Country Santa Eliana parcela O-1 y EDUVINA AMALIA MANRÍQUEZ SOTO del mismo domicilio, en cuanto: Rommina Evelyn Arteaga Manríquez con expreso consentimiento de la socia Eduvina Amalia Manríquez Soto, cede y transfiere a don DANIEL ENRIQUE ARTEAGA MUÑOZ, el 50 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad EDELEC CHILE LTDA. Cláusula Sexta: La representación legal y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Don DANIEL ENRIQUE ARTEAGA MUÑOZ, quien gozará de las facultades otorgadas en la cláusula quinta de la escritura social, el que se entiende otorgado con todas y cada una de las facultades señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por íntegramente reproducidas en este acto, incluidas las de avenir, percibir y transigir. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo. Los Ángeles, 28 de Noviembre de 2016.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
EDELEC CHILE Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1145813
