Cooperativa Campesina Polul Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$730.000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
ABEL ADALBERTO MATAMALA MEDINA Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 100% | - |
Corporate history on record
- Incorporation· November 10, 2008
Se constituye la sociedad "COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA", luego denominada "Cooperativa Agrícola Polul Limitada" y posteriormente "Agropolul".
- Name change· April 20, 2018
Se modifica la razón social de "Cooperativa Agrícola Polul Limitada" a "Agropolul".
- Transfer of rights· October 18, 2024
ABEL SEGUNDO MATAMALA ALVARADO vende, cede y transfiere a ABEL ADALBERTO MATAMALA MEDINA la totalidad de sus cuotas de participación, equivalente al 100%.
ABEL SEGUNDO MATAMALA ALVARADO · ABEL ADALBERTO MATAMALA MEDINA
Official extract text
(MODIFICACION).- DANIELA ABARZUA FERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público, Temuco, oficio en calle Arturo Prat N°815, Suplente del Titular don JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18 octubre de 2024, Rep. N°3733, ante mí, señores ABEL SEGUNDO MATAMALA ALVARADO, chileno, viudo, agricultor, cédula de identidad N°3.114.378-0, y don ABEL ADALBERTO MATAMALA MEDINA, chileno, casado y separado de bienes, agricultor, cédula de identidad N°9.522.469-5, ambos domiciliados en sector faja 5, km. 24, Comuna de Pitrufquén; Modificarón Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya Razón Social es: "COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA”, inscrita a fs. 36 vta. N°32 del Registro de Comercio de Pitrufquén del año 2008; Cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su Edición N°39.208, del 10 de noviembre del año 2008.- Con posterioridad se efectuó una nueva Modificación de la Asamblea de la Junta General de Socios, de fecha 20 de abril del año dos 2018, modificando la Razón Social de “Cooperativa Agrícola Polul Limitada”, a “Agropolul”.- UNO) don ABEL SEGUNDO MATAMALA ALVARADO, vende, cede y transfiere a don ABEL ADALBERTO MATAMALA MEDINA, quien compra la totalidad de las cuotas de participación del cedente, es decir el 100%.- El precio de la cesión es la suma de $4.000.000, que el comprador paga al vendedor, al contado y en dinero efectivo.- A) Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- B) El cesionario pasa a ocupar el lugar jurídico del cedente para todos los efectos legales.- C) Domicilio: Sector Polul, sin perjuicio de las sucursales en el país o en el extranjero.- En lo demás ratifican en todas sus partes las cláusulas del estatuto social primitivo.- Capital social: $730.000.- RUT: Nº71.956.700-2.- Temuco, 28 de octubre de 2024.
Corporate information
Capital
Total capital
$511.000
Paid-in capital
$511.000
Pending capital
$0
Shares
700
Official extract text
Carlos Alarcón Ramírez, Notario Público Titular, calle Andrés Bello Nº 991, Temuco, Certifico: Por Escritura Pública de fecha 17 de Mayo del 2018, Repertorio Nº3423-2018 se redujo acta de Junta General de Socios de la “COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA” de fecha 20 de abril del 2018, con la asistencia de 7 socios, que reforman el Estatuto Social de la Cooperativa, que se encuentra inscrita a fojas 36 vuelta Nº 32, en el Registro de Comercio del año 2008, Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquen; quedando estos como sigue: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Agrícola Polul Limitada”, su sigla (o nombre de fantasía) será “AGROPOLUL” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $511.000.- pesos, dividido en 700 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $730 pesos cada una. ARTICULO 9°: CORRECCIÓN MONETARIA: Para efectos tributarios La Cooperativa corregirá monetariamente sus activos y pasivos de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley N° 824, de 1974. ARTICULO 13°: RESERVAS: Las Reservas son incrementos efectivos de Patrimonio y tienen su origen en disposiciones legales, el presente Estatuto Social, y en acuerdos de la Junta General Obligatoria. Los Fondos de Reserva tienen por objeto proporcionar una mayor estabilidad económica a la Cooperativa, conservar su Capital Social y dar una mayor garantía a los acreedores y a quienes son parte de la cooperativa. ARTICULO 38°: DE LA JUNTA GENERAL OBLIGATORIA: A lo menos una Junta General de Socios y Socias se realizará obligatoriamente dentro del primer semestre de cada año y en ella deberán tratarse las materias establecidas en el artículo 23 letras a), b), c) y d) de la Ley General de Cooperativas. ARTICULO 44°: DE LA CITACIÓN: La citación a las Juntas Generales se hará por medio de un aviso de citación, que se publicará, en un medio de comunicación social, con una anticipación de no más de 15 días ni menos de 5 días de la fecha en que se realizará la Junta respectiva. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 29 de junio del 2018.
Corporate information
Capital
Total capital
$511.000
Paid-in capital
$511.000
Pending capital
$0
Shares
700
Official extract text
CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular Temuco, A. Bello 911, certifico: Por escritura pública otorgada ante mi, con fecha diecisiete de mayo del año 2018, repertorio número tres mil cuatrocientos veintitrés guión dos mil dieciocho, se redujo acta de Junta General de Socios de la “COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA” de fecha 20 de abril del 2018, con la asistencia de 7 socios, que reforman el Estatuto Social de la Cooperativa, que se encuentra inscrita a fojas 36 vuelta Nº 32, en el Registro de Comercio del año 2008, Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquen; quedando estos como sigue: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Agrícola Polul Limitada”, su sigla (o nombre de fantasía) será “AGROPOUL” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $511.000.- pesos, dividido en 700 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $730 pesos cada una. ARTICULO 9°: CORRECCIÓN MONETARIA: Para efectos tributarios La Cooperativa corregirá monetariamente sus activos y pasivos de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley N° 824, de 1974. ARTICULO 13°: RESERVAS: Las Reservas son incrementos efectivos de Patrimonio y tienen su origen en disposiciones legales, el presente Estatuto Social, y en acuerdos de la Junta General Obligatoria. Los Fondos de Reserva tienen por objeto proporcionar una mayor estabilidad económica a la Cooperativa, conservar su Capital Social y dar una mayor garantía a los acreedores y a quienes son parte de la cooperativa. ARTICULO 38°: DE LA JUNTA GENERAL OBLIGATORIA: A lo menos una Junta General de Socios y Socias se realizará obligatoriamente dentro del primer semestre de cada año y en ella deberán tratarse las materias establecidas en el artículo 23 letras a), b), c) y d) de la Ley General de Cooperativas. ARTICULO 44°: DE LA CITACIÓN: La citación a las Juntas Generales se hará por medio de un aviso de citación, que se publicará, en un medio de comunicación social, con una anticipación de no más de 15 días ni menos de 5 días de la fecha en que se realizará la Junta respectiva. Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 11 de Junio del año 2018.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA
CVE 2565705
- MODIFICACIÓN
COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA
CVE 1424819
- MODIFICACIÓN
COOPERATIVA CAMPESINA POLUL LIMITADA
CVE 1413413
