Limited liability company65.145.908-7

Sociedad Educacional Humanista Integrada Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 21, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-01-21View PDF (CVE 2757737)

Corporate information

Ltda

Shareholders (7)

NameParticipation

RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO

Socio

10.xxx.xxx-2

-

CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO

Socio

18.xxx.xxx-k

-

CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO

Socio

20.xxx.xxx-5

-

MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO

Socio

21.xxx.xxx-3

-

SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY

Socio

11.xxx.xxx-6

-

BERTA IRIS GONZÁLEZ REY

Socio

11.xxx.xxx-k

-

CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA

Socio

11.xxx.xxx-6

-

Corporate history on record

  1. Incorporation· August 27, 2025

    Constitución de la sociedad SOCIEDAD EDUCACIONAL HUMANISTA INTEGRADA LIMITADA.

    RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO · CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO · CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO · MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO · SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY · BERTA IRIS GONZÁLEZ REY · CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA

  2. Transfer of rights· August 28, 2025

    RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO, CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO, CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO y MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO ceden sus derechos sociales a SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY, BERTA IRIS GONZÁLEZ REY y CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA.

    RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO · CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO · CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO · MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO · SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY · BERTA IRIS GONZÁLEZ REY · CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA

Official extract text

Ministerio del Interior JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ, Notario Público de la Cuarta Notaría de Valdivia, con oficio en Camilo Henríquez 540, local 3, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 01 de diciembre de 2025, repertorio 3858, comparece doña VERÓNICA ANDREA SOTO MEZA, chilena, abogada, viuda, cédula nacional de identidad y RUT trece millones seiscientos noventa y ocho mil novecientos ochenta y nueve guion ocho, domiciliada para estos efectos en Pasaje La Huella, lote tres, sector Cabo Blanco, comuna de Valdivia, mayor de edad, expone que por escritura pública de fecha veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, suscrita ante doña CARLA SILVA ACHAYAN, Abogada, Notario Público de la Sexta Notaría de Machalí, comparecen don RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO, quien declara ser chileno, viudo, guardia de seguridad, cédula de identidad número diez millones setecientos treinta y seis mil novecientos cuarenta y dos guión dos; CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO, quien declara ser chilena, soltera, Ingeniera en Prevención de Riesgos, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos setenta y seis mil cuatrocientos once guión K.; CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO, quien declara ser chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número veinte millones setecientos veintisiete mil ciento setenta guión cinco; MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO, quien declara ser chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número veintiún millones doscientos sesenta mil seiscientos ochenta y seis guión tres, todos con domicilio en Coronel Samuel Román Rojas número mil doscientos cuarenta y nueve, Villa el Sol, comuna de Rancagua; doña SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY, quien declara ser chilena, soltera, profesora educación diferencial, cédula nacional de identidad número 11.275.592-6, domiciliada Avenida San Juan 1847-A, Machalí; doña BERTA IRIS GONZÁLEZ REY, quién declara ser chilena, casada, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad número 11.889.006-K, domiciliada en Pasaje Los Reyes 1639 Fernando de Aragón, Rancagua, y doña CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA, quien declara ser chilena, soltera, profesora educación diferencial, cédula nacional de identidad número 11.671.702-6, domiciliada en calle Balmaceda 628 Población Williams Braden, Rancagua quienes modificaron el pacto social de la sociedad referida en cuanto a que los comparecientes de común acuerdo y con consentimiento libre y espontáneo, modificaron esta sociedad cediendo sus derechos; don RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO, CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO, CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO y MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO, quienes cedieron el cien por ciento de sus derechos sociales que equivalen a un 25% de los derechos sociales (veinticinco por ciento) a doña SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY, a doña BERTA IRIS GONZÁLEZ REY y doña CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA, quienes adquirieron en 8,33% (ocho coma treinta y tres por ciento) cada una de ellas y aceptaron para sí en la suma de ciento veinte millones de pesos ($120.000.000.-), valor que se paga a los cedentes, bajo la siguiente modalidad: a) $60.000.000 (sesenta millones) pagados a través de vale vista que se entrega en el acto de la firma de la escritura, y b) El saldo de precio de $60.000.000,. (sesenta millones) serán pagados en cuarenta cuotas mensuales y consecutivas, por un monto de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos), que se deberán pagar a través de transferencia bancaria a la cuenta rut número 18376422 del Banco Estado, los días cinco de cada mes, correspondiendo la primera cuota el día 05 de octubre del año dos mil veinticinco, una vez que la presente escritura se encuentre inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Que el extracto de esta sociedad se publicó en el Diario Oficial el día miércoles ocho de octubre de dos mil veinticinco, es decir, dentro de los plazos estipulados por ley para dicha publicación; sin embargo, no se inscribió la misma en el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, por encontrarse fuera del plazo de sesenta días contados desde la fecha de suscripción de la escritura púbica de cesión y modificación de la sociedad de fecha veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, existiendo por lo tanto un vicio en cuanto su modificación, que se pretende subsanar en este acto. SEGUNDO: Que, por el presente acto e instrumento, y conforme lo autoriza la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, la compareciente, con plenas facultades, según consta de escritura pública de Cesión y modificación de los Estatutos Sociedad de Responsabilidad Limitada de “SOCIEDAD EDUCACIONAL HUMANISTA INTEGRADA LIMITADA”, de fecha veintisiete de agosto de dos mil veinticinco, en su cláusula décimo primero establece que “Poder Especial y Legalización: Las partes confieren poder especial en favor de doña VERÓNICA ANDREA SOTO MEZA, abogada, a fin de que pueda otorgar las escrituras rectificatorias, aclaratorias y modificatorias que fueren pertinentes a fin de corregir o saneamiento de cualquier vicio o error de la presente escritura o de la escritura de constitución de la Sociedad o de cualquiera de sus modificaciones”; que, en este sentido se viene mediante la presente escritura a sanear un vicio respecto de la cesión y modificación de la sociedad, consistente en que primero, por motivos ajenos a la suscrita, se solicito la inscripción al conservador de Bienes Raíces de Rancagua con fecha siete de noviembre de dos mil veinticinco, la cual se informa fue rechazada con fecha diez de noviembre del presente, por encontrarse fuera de plazo de sesenta días a contar de la suscripción de la escritura de cesión y modificación. TERCERO: Que, asimismo con la finalidad de salvar errores formales no esenciales, según lo permitido por la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y que pudieren acarrear la nulidad, se suscribe la presente minuta de saneamiento de la sociedad Humanista Integrada Limitada, con la finalidad de aclarar lo ocurrido en la modificación de la sociedad y una vez publicada, poder inscribir en el conservador de bienes raíces de Rancagua.- En lo demás la sociedad se rige por escritura extractada y por el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valdivia, 17 de enero de 2026.

AmendmentDiario Oficial · 2025-12-29View PDF (CVE 2748392)

Corporate information

Ltda

Official extract text

Ministerio del Interior JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ, Notario Público de la Cuarta Notaría de Valdivia, con oficio en Camilo Henríquez 540, local 3, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 01 de diciembre de 2025, repertorio 3858, ante mí, doña VERÓNICA ANDREA SOTO MEZA, chilena, abogada, viuda, cédula nacional de identidad 13.698.989-8, domiciliada para estos efectos en Pasaje La Huella, lote 3, sector Cabo Blanco, comuna de Valdivia, mayor de edad, en representación de doña CARLA SILVA ACHAYAN, Abogada, Notario Público de la Sexta Notaría de Machalí, comparecen don RICARDO ENRIQUE MARDONES PIZARRO, chileno, viudo, guardia de seguridad, cédula de identidad número 10.736.942-2, CAMILA VERÓNICA MARDONES CASTILLO, chilena, soltera, Ingeniera en Prevención de Riesgos, cédula de identidad número 18.376.411-K, CAROLINA ALEJANDRA MARDONES CASTILLO, chilena, cédula de identidad número 20.727.170-5, soltera, estudiante, MARÍA JOSÉ MARDONES CASTILLO, chilena, cédula de identidad número 21.260.686-3, soltera, estudiante, todos con domicilio en Coronel Samuel Román Rojas número mil doscientos cuarenta y nueve, Villa el Sol, comuna de Rancagua, doña SILVIA ISABEL GONZÁLEZ REY, chilena, soltera, profesora educación diferencial, cédula nacional de identidad número 11.275.592-6, domiciliada Avenida San Juan 1847-A, Machali, doña BERTA IRIS GONZÁLEZ REY, chilena, casada, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad número 11.889.006-K, domiciliada en Pasaje Los Reyes 1639 Fernando de Aragón, Rancagua, y doña CECILIA SOFÍA GUAJARDO CONCHA, quien declara ser chilena, soltera, profesora educación diferencial, cédula nacional de identidad número 11.671.702-6, domiciliada en calle Balmaceda 628 Población Williams Braden, Rancagua, procedió a sanear vicio de cesión y modificación de SOCIEDAD EDUCACIONAL HUMANISTA INTEGRADA LIMITADA, suscrita por Escritura pública de fecha 27 de agosto del año 2025, ante doña Carla Silva Acharan, Notario Público de la Sexta Notaría de Machali, Repertorio número 1887-2025. SANEAMIENTO. Atendido lo expuesto, la compareciente, en virtud de lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve procede a sanear el vicio de nulidad que afecta a la escritura pública que modificó la sociedad SOCIEDAD EDUCACIONAL HUMANISTA INTEGRADA LIMITADA, consistente en la no inscripción del extracto el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo fijado por la ley.- El compareciente acogiéndose a la ley referida, da por saneado cualquier vicio de nulidad que pudiere afectar a la escritura señalada. Valdivia, a 09 de diciembre de 2025.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD EDUCACIONAL HUMANISTA INTEGRADA LIMITADA

    CVE 2757737

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD EDUCACIONAL HUMANISTA INTEGRADA LIMITADA

    CVE 2748392

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