Hotelera Santa María Limitada
Tax information (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Start of activities
No start of activities reported by the SII
Business cessation date
March 18, 2026
Economic activities
No economic activities registered in the SII
Stamped documents
No stamped documents registered in the SII
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La realización de las siguientes actividades: a) la explotación y administración de hoteles, resorts, hosterías, cabañas, centros vacacionales y complejos turísticos; b) la explotación y administración de restaurantes, salones de té, cafés, bares, confiterías y toda otra clase de establecimientos y negocios de expendio de alimentos, comidas y bebidas; c) la explotación del turismo como agente de viajes y del transporte, ya sea por vía aérea, terrestre, marítima o lacustre; d) la realización y organización de eventos, fiestas, espectáculos, manifestaciones, convenciones, exposiciones, congresos, seminarios, reuniones y junta; e) la compra, venta, exportación, importación y comercialización de toda clase de bienes muebles; y, f) las demás actividades relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Todas las actividades que constituyen el objeto social pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Bárbara Winifred Karkling Meza Socio | - | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
Bárbara Winifred Karkling Meza
Official extract text
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2017, ante mí, Víctor Manuel Araneda Veliz y Bárbara Winifred Karkling Meza, ambos Arquitecto Herbage 6142, departamento 304, Vitacura, Santiago, en su calidad de únicos socios de sociedad de hecho KARKLING MEZA BÁRBARA WINIFRED Y OTRO, transformaron dicha sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas estipulaciones extracto: Razón social: “HOTELERA SANTA MARÍA LIMITADA”; nombre de fantasía “HOSTAL SANTA MARÍA LTDA.”. Objeto: La realización de las siguientes actividades: a) la explotación y administración de hoteles, resorts, hosterías, cabañas, centros vacacionales y complejos turísticos; b) la explotación y administración de restaurantes, salones de té, cafés, bares, confiterías y toda otra clase de establecimientos y negocios de expendio de alimentos, comidas y bebidas; c) la explotación del turismo como agente de viajes y del transporte, ya sea por vía aérea, terrestre, marítima o lacustre; d) la realización y organización de eventos, fiestas, espectáculos, manifestaciones, convenciones, exposiciones, congresos, seminarios, reuniones y junta; e) la compra, venta, exportación, importación y comercialización de toda clase de bienes muebles; y, f) las demás actividades relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Todas las actividades que constituyen el objeto social pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros. Capital: $1.000.000, que socios aportan de siguiente forma: a) Víctor Manuel Araneda Véliz aporta $500.000, equivalentes al 50 % del capital y derechos sociales, ya enterados en la caja social; y, b) Bárbara Winifred Karkling Meza aporta $500.000, equivalentes al 50 % del capital y derechos sociales, ya enterados en la caja social. Socios limitan responsabilidad a montos de sus respectivos aportes. Administración sociedad y uso razón social: Corresponderán a Víctor Manuel Araneda Veliz y Bárbara Winifred Karkling Meza, actuando individual y separadamente. Duración: 5 años a contar del 12 de febrero de 2010, renovándose automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 01 de septiembre de 2017.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
HOTELERA SANTA MARÍA LIMITADA
CVE 1277842
