Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | 99% | $4.500.000 |
VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 1% | $500.000 |
Official extract text
Ministerio del Interior PAULINA VALENZUELA VALDÉS, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt número setenta y cinco guión D. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 04 de abril de 2025 repertorio 430-2025, otorgada en esta misma notaría y ante la Notario Público Suplente Karina Andrea Fuenzalida Duque, doña MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos cinco guión tres, chilena, soltera, trabajadora independiente, con domicilio en Valentín Zúñiga número setenta y seis, comuna de Requínoa, don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos ochenta y tres mil trescientos setenta guion dos, chileno, Agricultor, casado y separados de bienes, con domicilio en Pablo Rubio número setenta y seis, comuna de Requínoa y doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos dos mil ciento treinta y ocho guion tres, chilena, jubilada, casada y separada de bienes, con domicilio en Pablo Rubio número setenta y seis, comuna de Requínoa y modifican la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda., RUT cincuenta millones setenta y cuatro mil quinientos setenta guion tres, inscrita a fojas veintisiete vuelta número veinticuatro del Registro de Comercio del año mil novecientos ochenta y dos del Conservador de Comercio Rengo, saneada según consta a fojas nueve, número ocho, del Registro de Comercio del año dos mil diez del Conservador de Comercio de Rengo, modificada según consta a fojas tres, número tres, del Registro de Comercio del año dos mil veinticuatro del Conservador de Comercio de Rengo, en los siguientes términos: doña MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, cede y transfiere a doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS y don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, el 1% y 99% de sus derechos sociales, respectivamente, en los precios de $500.000 y $4.500.000, retirándose de la sociedad, quedando como únicos socios don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA y doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. En lo no modificado queda vigente pacto social primitivo y sus respectivos modificaciones y saneamiento.- RENGO, 21 DE ABRIL DE 2025.
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | 99% | - |
VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 1% | $500.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· August 2, 1982
Se constituye la sociedad Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda.
- Other act· January 7, 2010
Se practica saneamiento e inscripción en el Registro de Comercio.
- Death· January 26, 2010
Fallece María Magdalena Miranda Rojas.
- Death· June 9, 2019
Fallece Mario Luis Valdivia Cornejo.
- Succession· September 1, 2020
Se concede posesión efectiva de las herencias de María Magdalena Miranda Rojas y Mario Luis Valdivia Cornejo a sus herederos.
Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda · Mario Luis Valdivia Cornejo · María Magdalena Miranda Rojas
- Other act· October 18, 2021
Se practica anotación marginal a nombre de los herederos respecto de los derechos sociales.
Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda
- Transfer of rights· November 8, 2023
Gustavo Hernán Cabezas Díaz, como administrador de la sociedad conyugal, cede derechos sociales a Mario Fernando Valdivia Miranda.
Gustavo Hernán Cabezas Díaz · María Virginia Valdivia Miranda · Mario Fernando Valdivia Miranda
- Other act· January 4, 2024
Se complementa la cesión de derechos sociales anterior.
Gustavo Hernán Cabezas Díaz · Mario Fernando Valdivia Miranda
- Other act· January 18, 2024
Se inscribe la cesión de derechos sociales en el Registro de Comercio.
Mario Fernando Valdivia Miranda
- Transfer of rights· September 10, 2024
María Irma Valdivia Miranda cede a Mario Fernando Valdivia Miranda el 100% de sus derechos sociales.
María Irma Valdivia Miranda · Mario Fernando Valdivia Miranda
- Transfer of rights· December 19, 2024
Mario Fernando Valdivia Miranda cede a Viviana Ivette Bruna Vásquez Lagos el 1% de sus derechos sociales por $500.000.
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS
Official extract text
BARBARA PERRY ESPINOSA, Abogado, Notario Público de la 2da. Notaria de Rengo Suplente del Titular doña PAULINA VALENZUELA VALDES, según Decreto Económico N°14-2025, emitido por el Primer Juzgado de Letras de Rengo, protocolizado bajo el repertorio N°145-2025, con oficio en Avenida José Bisquertt N°75-d, primer piso, CERTIFICÓ: Por escritura pública de complementaria de ratificación de 28/01/2025, Repertorio N°124-2025, otorgada en esta misma Notaria y ante la Notaria Público Titular doña Paulina Valenzuela Valdés, MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, C.N.I. N°5.582.405-3, chilena, soltera, trabajadora independiente, domiciliada en Valentín Zúñiga N°76, comuna de Requinoa, a fin de ratificar la escritura pública de saneamiento y modificación, de fecha 19/12/2024, Repertorio N°1575-2024, otorgada por doña Karina Fuenzalida Duque, Notario Público de la Segunda Notaría de Rengo, Suplente del Titular doña Paulina Valenzuela Valdés, celebrada entre doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, C.N.I. N°7.302.138-3, chilena, jubilada, casada y separada de bienes, con domicilio en Pablo Rubio N°76, comuna de Requinoa y don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, C.N.I. N°5.283.370-2, chileno, Agricultor, casado y separados de bienes, con domicilio en Pablo Rubio N°76, comuna de Requinoa.- Ratifica expresamente el saneamiento y la modificación a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda., RUT N°50.074.570-3, persona jurídica constituida por escritura pública de 2/08/1982 otorgada ante la Notario Público de Santiago doña Ana María Sepúlveda Fuentes, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 27 vuelta número 24 del Registro de Comercio del año 1982 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego mediante escritura pública de fecha 7/01/2010 otorgada ante el Notario Público de don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto de saneamiento, fue inscrito a fojas 9, número 8, del Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, N°5.573 de fecha 1/09/2020, inscrita en el Registro Nacional bajo el N°33.406 de 2020, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de doña María Magdalena Miranda Rojas, ocurrido el 26/01/2010, a sus herederos, su cónyuge Mario Luis Valdivia Cornejo, y sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda y por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, N°5.574 de fecha 1/09/2020, inscrita en el Registro Nacional bajo el N°33.461 de 2020, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Mario Luis Valdivia Cornejo, ocurrido el 9/06/2019, a sus herederos, sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda, producto de lo anterior, se procedió a efectuar anotación marginal, de fecha 18/10/2021, a nombre de los herederos anteriormente mencionados, respecto de los derechos sociales que a los causantes correspondían en la persona jurídica señalada. Conforme consta en las escrituras públicas de 8/11/2023, Repertorio N°1228, complementada mediante escritura pública de fecha 4/01/2024, Repertorio N°9-2024, GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ en su calidad de administrador de la sociedad conyugal conformada con doña MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para si, todos los derechos, cuotas y acciones que esta posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, todo lo anterior consentido y ratificado por MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA. Dando origen a la inscripción de fojas 3, número 3, del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego, mediante la escritura pública de 10/09/2024, Repertorio N°1145, otorgada ante esta Ministro de Fe, doña MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para si, todos los derechos, cuotas y acciones que esta poseía sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada. De esa forma, modificaban la sociedad, en el sentido de que quedó conformada únicamente por el socio MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA. Lo anterior no fue publicado en extracto ni menos inscrito en el respectivo Registro de Comercio, razón por la cual esta disconformidad se viene a sanear, mediante el presente instrumento. Conforme con ello, lo dispuesto en la Ley 3918, del Código Civil y el Código de Comercio, los socios de la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada sanean los vicios formales en que se incurrió, señalados en el apartado precedente, declarando que no existe sentencia ejecutoriada que, previo a este acto se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad señalado. En mismo sentido, por medio de la escritura pública de saneamiento y modificación, de fecha 19/12/2024, Repertorio N°1575-2024, MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, quien compra, acepta y adquiere para si, el 1% de los derechos, cuotas y acciones que este posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada. El precio de esta cesión fue el valor de $500.000, que la cesionaria pagó en efectivo, en el acto, declarando el cedente que lo recibió a su entera satisfacción. En mérito de la cesión señalada en el párrafo anterior, que da cuenta de modificación a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, esta quedó integrada por los siguientes socios, en razón del siguiente porcentaje de partición: MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, con un 99% y VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, con un 1%. En lo no modificado quedó vigente pacto social primitivo y sus respectivos modificaciones y saneamiento.- RENGO, 10 FEBRERO DE 2025.
Corporate information
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | 99% | - |
VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 1% | $500.000 |
Corporate history on record
- Incorporation· August 2, 1982
Se constituye la sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada.
- Other act· January 7, 2010
Se otorga saneamiento de la sociedad.
- Death· January 26, 2010
Fallece María Magdalena Miranda Rojas.
- Death· June 9, 2019
Fallece Mario Luis Valdivia Cornejo.
- Succession· September 1, 2020
Se concede la posesión efectiva de la herencia de María Magdalena Miranda Rojas a sus herederos.
María Magdalena Miranda Rojas · Mario Luis Valdivia Cornejo · Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda
- Succession· September 1, 2020
Se concede la posesión efectiva de la herencia de Mario Luis Valdivia Cornejo a sus hijos.
Mario Luis Valdivia Cornejo · Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda
- Transfer of rights· November 8, 2023
Gustavo Hernán Cabezas Díaz cede derechos sociales a Mario Fernando Valdivia Miranda, con ratificación de María Irma Valdivia Miranda.
Gustavo Hernán Cabezas Díaz · MARIA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA
- Transfer of rights· January 4, 2024
Complementación de la cesión de derechos sociales a Mario Fernando Valdivia Miranda.
Gustavo Hernán Cabezas Díaz · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA
- Transfer of rights· September 10, 2024
María Irma Valdivia Miranda cede a Mario Fernando Valdivia Miranda el 100% de los derechos sociales que poseía.
MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA
- Transfer of rights· December 19, 2024
Mario Fernando Valdivia Miranda cede un 1% de sus derechos a Viviana Ivette Bruna Vásquez Lagos.
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS
Official extract text
PAULINA VALENZUELA VALDÉS, Notario Público Titular de la 2da. Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt N°75-d, primer piso, CERTIFICÓ: Por escritura pública de fecha 19/12/2024, Repertorio N°1575-2024, otorgada en esta misma Notaria y ante la Notario Público Suplente doña Karina Andrea Fuenzalida Duque; don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, C.N.I. N°5.583.370-2, chileno, Agricultor, casado y separados de bienes, con domicilio en Pablo Rubio N°76, comuna de Requinoa y doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, C.N.I. N°7.302.138-3, chilena, jubilada, casada y separada de bienes, con domicilio en Pablo Rubio N°76, comuna de Requinoa; Sanean y modifican la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda., RUT 50.074.570-3, por escritura de fecha 2/08/1982, ante la Notario Público de Santiago doña Ana María Sepúlveda Fuentes, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 27 vuelta número 24 del Registro de Comercio del año 1982 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego mediante escritura pública de fecha 7/01/2010 ante el Notario Público de don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto de saneamiento, fue inscrito a fojas 9, número 8, del Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, N°5.573 de fecha 1/09/2020, inscrita en el Registro Nacional bajo el N°33.406 de 2020, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de doña María Magdalena Miranda Rojas, ocurrido el 26/01/2010, a sus herederos, su cónyuge Mario Luis Valdivia Cornejo, y sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda y por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, N°5.574 de fecha 1/09/2020, inscrita en el Registro Nacional bajo el N°33.461 de 2020, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Mario Luis Valdivia Cornejo, ocurrido el 9/06/2019, a sus herederos, sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda, producto de lo anterior, se procedió a efectuar anotación marginal, de fecha 18/10/2021, a nombre de los herederos anteriormente mencionados, respecto de los derechos sociales que a los causantes correspondían en la persona jurídica señalada. Conforme consta en las escrituras públicas de 8/11/2023, Repertorio N° 1228, complementada mediante escritura pública de fecha 4/01/2024, Repertorio N° 9-2024, GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ en su calidad de administrador de la sociedad conyugal conformada con doña MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para si, todos los derechos, cuotas y acciones que esta posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, todo lo anterior consentido y ratificado por MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA. Dando origen a la inscripción de fojas 3, número 3, del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego, mediante escritura pública de 10/09/2024, Repertorio N° 1145, otorgada ante esta Ministro de Fe, doña MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para si, todos los derechos, cuotas y acciones que esta poseía sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada. De esa forma, modificaban la sociedad, en el sentido de que quedó conformada únicamente por el socio MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA. Lo anterior no fue publicado en extracto ni menos inscrito en el respectivo Registro de Comercio, razón por la cual esta disconformidad se viene a sanear, mediante el presente instrumento. Conforme con ello, lo dispuesto en la Ley 3.918, del Código Civil y el Código de Comercio, los socios de la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada sanean los vicios formales en que se incurrió, señalados en el apartado precedente, declarando que no existe sentencia ejecutoriada que, previo a este acto se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad señalado. En mismo sentido, MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, vende, cede y transfiere a doña VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, quien compra, acepta y adquiere para si, el 1% de los derechos, cuotas y acciones que este posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada. El precio de esta cesión es el valor de $500.000, que la cesionaria paga en efectivo, en este acto, declarando el cedente que lo recibe a su entera satisfacción. En mérito de la cesión señalada en el párrafo anterior, que da cuenta de modificación a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, esta queda integrada por los siguientes socios, en razón del siguientes porcentaje de partición: MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, con un 99% y VIVIANA IVETTE BRUNA VÁSQUEZ LAGOS, con un 1%. En lo no modificado queda vigente pacto social primitivo y sus respectivos modificaciones y saneamiento.- RENGO, 27 DE DICIEMBRE DE 2024.
Corporate information
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA Socio 50.074.570-3 | 50.074.570-3 | - | - |
Corporate history on record
- Incorporation· August 2, 1982
Constitución de la sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada.
- Other act· January 7, 2010
Saneamiento de la sociedad.
- Succession· September 1, 2020
Se concede la posesión efectiva de la herencia de María Magdalena Miranda Rojas a sus herederos.
María Magdalena Miranda Rojas · Mario Luis Valdivia Cornejo · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA · MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA
- Succession· September 1, 2020
Se concede la posesión efectiva de la herencia de Mario Luis Valdivia Cornejo a sus herederos.
Mario Luis Valdivia Cornejo · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA · MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA
- Transfer of rights· November 8, 2023
Gustavo Hernán Cabezas Díaz cede sus derechos sobre la sociedad a Mario Fernando Valdivia Miranda.
GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA
Official extract text
PAULINA VALENZUELA VALDÉS, Abogado. Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt número setenta y cinco guión D primer piso. Por escritura pública de diez de septiembre de dos mil veinticuatro, Repertorio N° mil ciento cuarenta y cinco guion dos mil veinticuatro, comparecen MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos cinco guión tres, chilena, soltera, trabajadora independiente, con domicilio en Valentín Zúñiga número setenta y seis, comuna de Requinoa y don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos ochenta y tres mil trescientos setenta guion dos, chileno, Agricultor, casado y separados de bienes, con domicilio en Pablo Rubio número setenta y seis, comuna de Requinoa. Modifican la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda., RUT cincuenta millones setenta y cuatro mil quinientos setenta guion tres, persona jurídica constituida por escritura pública de dos de agosto de mil novecientos ochenta y dos otorgada ante la Notario Público de Santiago doña Ana María Sepúlveda Fuentes, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas veintisiete vuelta número veinticuatro del Registro de Comercio del año mil novecientos ochenta y dos del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego mediante escritura pública de fecha siete de enero de dos mil diez otorgada ante el Notario Público de don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto de saneamiento, fue inscrito a fojas nueve, número ocho, del Registro de Comercio del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, número cinco mil quinientos setenta y tres de fecha uno de septiembre del año dos mil veinte, inscrita en el Registro Nacional bajo el número treinta y tres mil cuatrocientos seis de dos mil veinte, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de doña María Magdalena Miranda Rojas, ocurrido el veintiséis de enero de dos mil diez, a sus herederos, su cónyuge Mario Luis Valdivia Cornejo, y sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda y por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, número cinco mil quinientos setenta y cuatro de fecha uno de septiembre del año dos mil veinte, inscrita en el Registro Nacional bajo el número treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y uno de dos mil veinte, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Mario Luis Valdivia Cornejo, ocurrido el nueve de junio de dos mil diecinueve, a sus herederos, sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda, producto de lo anterior, se procedió a efectuar anotación marginal, de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, a nombre de los herederos anteriormente mencionados, respecto de los derechos sociales que a los causantes correspondían en la persona jurídica señalada. Conforme consta en las escrituras públicas de ocho de noviembre de dos mil veintitrés, Repertorio N° mil doscientos veintiocho, complementada mediante escritura pública de fecha de enero de dos mil veinticuatro, Repertorio N° nueve guion dos mil veinticuatro, GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ en su calidad de administrador de la sociedad conyugal conformada con doña MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para si, todos los derechos, cuotas y acciones que esta posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, todo lo anterior consentido y ratificado por MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA. Dando origen a la inscripción de fojas tres, número tres, del Registro de Comercio del año dos mil veinticuatro del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. De esta forma, se modifica la sociedad, en el sentido de que queda conformada actualmente por el socio MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA. En lo no modificado queda vigente pacto social primitivo y sus respectivos saneamiento. Rengo 02 de octubre de 2024.
Corporate information
Capital
Total capital
$2.133.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 5.xxx.xxx-3 | 5.xxx.xxx-3 | - | - |
Administrators (1)
GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ
Corporate history on record
- Incorporation· August 2, 1982
Constitución de la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada.
- Other act· January 7, 2010
Saneamiento de la sociedad con capital social de $2.133.000.
- Death· January 26, 2010
Fallecimiento de María Magdalena Miranda Rojas.
- Death· June 9, 2019
Fallecimiento de Mario Luis Valdivia Cornejo.
- Succession· September 1, 2020
Se concede posesión efectiva de María Magdalena Miranda Rojas a su cónyuge e hijos.
María Magdalena Miranda Rojas · Mario Luis Valdivia Cornejo · Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda
- Succession· September 1, 2020
Se concede posesión efectiva de Mario Luis Valdivia Cornejo a sus hijos.
Mario Luis Valdivia Cornejo · Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda
- Succession· October 18, 2021
Se practica anotación marginal a nombre de los herederos sobre los derechos sociales de los causantes.
Mario Fernando Valdivia Miranda · María Irma Valdivia Miranda · María Virginia Valdivia Miranda
- Transfer of rights· January 4, 2024
Gustavo Hernán Cabezas Díaz cede y transfiere sus derechos sociales a Mario Fernando Valdivia Miranda, con consentimiento de María Irma Valdivia Miranda.
GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ · MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA · MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA
Official extract text
PAULINA VALENZUELA VALDÉS, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt N°75-d, CERTIFICÓ: Por escrituras públicas otorgadas en esta misma notaria, de fecha 8/11/2023, Repertorio N° 1228-2023, otorgada ante la Notario Suplente Constanza Macaya Danús, y complementada mediante escritura pública de fecha 4/1/2024, Repertorio N° 9-2024, otorgada ante la Notario titular Paulina Valenzuela Valdés, GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ, C.N.I. N°7.666.334-3, chileno, transportista, casado con MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA, C.N.I. N°5.582.406-1, chilena, dueña de casa, quien también comparece, ambos con domicilio en Valentín Zúñiga N°76, comuna de Requinoa, MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, C.N.I. N°5.582.405-3, chilena, soltera, trabajadora independiente, con domicilio en Valentín Zúñiga N°76, comuna de Requinoa y don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, C.N.I. N°5.583.370-2, chileno, Agricultor, casado y separados de bienes, con domicilio en Pablo Rubio N°76, comuna de Requinoa. Modifican la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda., RUT 50.074.570-3, persona jurídica constituida por escritura pública de 2/8/1982, otorgada ante la Notario Público de Santiago doña Ana María Sepúlveda Fuentes, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 27 vuelta N° 24 del Registro de Comercio del año 1982 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego mediante escritura pública de fecha 7/1/2010, otorgada ante el Notario Público de don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto de saneamiento, fue inscrito a fojas 9, N° 8, del Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, con un capital social de $2.133.000. Por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, N°5.573 de fecha 1/9/2020, inscrita en el Registro Nacional bajo el N°33.406 de 2020, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de doña María Magdalena Miranda Rojas, ocurrido el 26/1/2010, a sus herederos, su cónyuge Mario Luis Valdivia Cornejo, y sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda y por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, N°5.574 de fecha 1/9/2020, inscrita en el Registro Nacional bajo el N°33.461 de 2020, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Mario Luis Valdivia Cornejo, ocurrido el 9/6/2019, a sus herederos, sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda, producto de lo anterior, se procedió a efectuar anotación marginal, de fecha 18/10/2021, a nombre de los herederos anteriormente mencionados, respecto de los derechos sociales que a los causantes correspondían en la persona jurídica señalada. Conforme consta en las escrituras públicas de 8/11/2023, Rep. N° 1228, complementada mediante escritura pública de fecha 4/1/2024, Repertorio N°9-2024, GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ en su calidad de administrador de la sociedad conyugal conformada con doña MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para sí, todos los derechos, cuotas y acciones que esta posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, todo lo anterior consentido y ratificado por MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA. De forma tal que, modifican la sociedad, en el sentido de que queda conformada actualmente por los socios MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA y MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA. En lo no modificado queda vigente pacto social primitivo y sus respectivo saneamiento.- RENGO, 4 DE ENERO DE 2024.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
CVE 2639053
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
CVE 2610412
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
CVE 2590775
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Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
CVE 2553034
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Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
CVE 2433919
