Individual limited liability company

Transportes Javier Mamani Castro E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — Mar 10, 2017

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2017-03-10View PDF (CVE 1191817)

Corporate information

E.I.R.L.
Iquique, Tarapacá
Duration: cinco años contados desde la fecha del presente contrato
Administration: Corresponderá exclusivamente al titular

Corporate purpose

la prestación de servicios de transporte de carga, terrestre, nacional o internacional, de todo tipo de mercaderías ya sean a granel o envasados; maquinarias; muebles ya sea de oficina u hogar nuevos o usados, Minerales y sus derivados, etc. Pudiendo actuar dentro de los regímenes generales y especiales para Zonas Francas del país o extranjeras, cumpliendo con las disposiciones legales en vigor, b) El arriendo y subarriendo de camiones, ramplas, sean estas bajas, frigoríficas o planas, cargadores frontales, grúas, motoniveladoras, camionetas y automóviles ya sean propias o ajenas; c); En General, el empresario individual podrá realizar cualquier otro negocio que estime conveniente en el futuro y que se relacione directa o indirectamente con el objeto ya mencionado. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones pudiendo ejecutar cualquier acto o contrato que no este prohibido por la ley.

Capital

Total capital

$20.000.000.-

Paid-in capital

$17.500.000

Pending capital

$2.500.000

Administrators (1)

JAVIER SIXTO MAMANI CASTRO

15.xxx.xxx-7Titular

Official extract text

NÉSTOR ARAYA BLAZINA, abogado, Notario Público Iquique, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: JAVIER SIXTO MAMANI CASTRO, chileno, soltero, comerciante, C.N.I. N° 15.687.321-7, domiciliado en Monte Los Olivos N° 2951, Alto Hospicio, 33 años de edad; constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, conforme a los siguientes estatutos: NOMBRE: "TRANSPORTES JAVIER MAMANI CASTRO E.I.R.L." y su nombre de fantasía "TRANSPORTES SAN SANTIAGO E.I.R.L" ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá exclusivamente al titular . CAPITAL: $20.000.000.-, que entera mediante la entrega en dominio de los siguientes vehículos de su propiedad; a) Un tracto camión, marca Volvo, modelo FH13, Año dos mil seis, color Azul, carga veinticinco toneladas, motor número D uno tres guion cero dos seis nueve dos cinco, chasis número Y V dos A S W cero C siete seis A seis dos seis tres ocho ocho, combustible diesel, placa patente e inscripción J F Z Z tres tres guión siete, con circulación restringida a Zona Franca de Extensión, que el empresario individual valora en la suma de doce millones de pesos; y b) Un SEMIREMOLQUE, marca randon, modelo S R P T C S cero tres tres cero, Año dos mil once, color negro, chasis número nueve A D P uno cuatro cuatro tres A A M tres uno uno cinco cuatro seis, placa patente e inscripción JE tres nueve ocho cinco guión cuatro, liberado, que el empresario individual valoran en la suma de cinco millones quinientos mil pesos; y c) la suma de $2.500.000, en dinero en efectivo que el empresario individual ingresara a la caja social en la medida que las necesidades así lo requieran, plazo este, que en ningún caso excederá de los tres años.- OBJETO:- a) la prestación de servicios de transporte de carga, terrestre, nacional o internacional, de todo tipo de mercaderías ya sean a granel o envasados; maquinarias; muebles ya sea de oficina u hogar nuevos o usados, Minerales y sus derivados, etc. Pudiendo actuar dentro de los regímenes generales y especiales para Zonas Francas del país o extranjeras, cumpliendo con las disposiciones legales en vigor, b) El arriendo y subarriendo de camiones, ramplas, sean estas bajas, frigoríficas o planas, cargadores frontales, grúas, motoniveladoras, camionetas y automóviles ya sean propias o ajenas; c); En General, el empresario individual podrá realizar cualquier otro negocio que estime conveniente en el futuro y que se relacione directa o indirectamente con el objeto ya mencionado. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones pudiendo ejecutar cualquier acto o contrato que no este prohibido por la ley.- DOMICILIO: Iquique.- DURACIÓN: La empresa durará cinco años contados desde la fecha del presente contrato. Dicho plazo se prorrogará en periodos y formas señaladas en el contrato extractado.- Iquique 27 de Febrero de 2017.

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    TRANSPORTES JAVIER MAMANI CASTRO E.I.R.L.

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