Sotrafer SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La empresa tendrá por objeto: a) El transporte de personas o pasajeros y de carga terrestre en general. b) La compraventa, arrendamiento, administración y explotación de todo tipo de vehículos motorizados, en especial buses, minibuses, camiones, camionetas y automóviles, propios o ajenos, destinados al transporte de pasajeros y carga. c) La compra, venta, importaciones, exportaciones y comercialización de cualquier clase de maquinarias, vehículos motorizados y de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales. d) La explotación de estaciones de servicios y/o bombas de bencina, como también la compra, ventas, importación, exportación y comercialización de combustibles, aceites, lubricantes, repuestos y accesorios, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas de vehículos motorizados de cualquier especie. e) Participar en todo tipo de negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con los antes dichos, y cualquier otro negocios que el socio acordara. f) Para el cumplimiento de sus fines, la empresa podrá participar como accionista, socia gestora o partícipe en sociedades de cualquier naturaleza.
Capital
Total capital
$5.000.000
Paid-in capital
$5.000.000
Pending capital
$0
Shares
1,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
FERNANDO IGNACIO VALLEJOS GUÍÑEZ Accionista 19.xxx.xxx-2 | 19.xxx.xxx-2 | 100% | $5.000.000 |
Administrators (1)
FERNANDO IGNACIO VALLEJOS GUÍÑEZ
Official extract text
HECTOR ALEJANDRO OLALDE FUENTES Notario Suplente del Titular don LUIS EDUARDO ÁLVAREZ DÍAZ, El Roble N° 515, Chillán, certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 24-11-2016, don FERNANDO IGNACIO VALLEJOS GUÍÑEZ, soltero, estudiante, domiciliado en Chillán, en calle Yerbas Buenas, número ciento sesenta y siete, cédula de identidad Nº 19.089.736-2, constituyó una sociedad por acciones. Nombre: El nombre de la sociedad será “SOTRAFER SpA”, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio.- Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Chillán, dentro del territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras en lo civil con asiento en la comuna de Chillán, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto: La empresa tendrá por objeto: a) El transporte de personas o pasajeros y de carga terrestre en general. b) La compraventa, arrendamiento, administración y explotación de todo tipo de vehículos motorizados, en especial buses, minibuses, camiones, camionetas y automóviles, propios o ajenos, destinados al transporte de pasajeros y carga. c) La compra, venta, importaciones, exportaciones y comercialización de cualquier clase de maquinarias, vehículos motorizados y de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales. d) La explotación de estaciones de servicios y/o bombas de bencina, como también la compra, ventas, importación, exportación y comercialización de combustibles, aceites, lubricantes, repuestos y accesorios, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas de vehículos motorizados de cualquier especie. e) Participar en todo tipo de negocios que estén directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con los antes dichos, y cualquier otro negocios que el socio acordara. f) Para el cumplimiento de sus fines, la empresa podrá participar como accionista, socia gestora o partícipe en sociedades de cualquier naturaleza.- Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscrita por FERNANDO IGNACIO VALLEJOS GUÍÑEZ e íntegramente pagadas en el acto en dinero en efectivo. Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, mientras no conste una nueva designación según los estatutos, la administradora será el constituyente don FERNANDO IGNACIO VALLEJOS GUÍÑEZ, el que podrá ejercer por sí solo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Chillán, 09 de diciembre de 2016.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
SOTRAFER SPA
CVE 1148948
