Limited liability company

Sociedad Villablanca Y Sandoval Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — Dec 22, 2021

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2021-12-22View PDF (CVE 2059774)

Corporate information

Ltda
Punta Arenas, Magallanes
Duration: Cinco años, prorrogables de manera automática si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su vigencia
Administration: Corresponderá indistintamente a cualquiera de ambos socios anteponiendo siempre a su firma personal un timbre con la razón social indicada. Será necesario el consentimiento unánime de los socios para enajenar bienes raíces, para autocontratar y para otorgar fianzas, avales y toda clase de cauciones y garantías, incluyendo la constitución de la sociedad en codeudora solidaria

Corporate purpose

comprar, vender, arrendar, administrar, explotar toda clase de bienes inmuebles, sean estos por naturaleza, adherencia o destinación; urbanos y rurales, de agrado, industriales, comerciales, habitaciones; de arriendo permanente, temporales o de época y períodos determinados; pudiendo hacerlo ya con bienes propios o de terceros, sea por cuenta propia o en nombre de terceros; además, podrán efectuar toda clase de negocios u actividades propias del giro y otras diferentes, previo acuerdo de los socios En general todas aquellas actividades que se relacionen con el giro social. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la empresa

Capital

Total capital

$44.000.000

Paid-in capital

$44.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

JUAN CARLOS VILLABLANCA ROMERO

Socio

13.xxx.xxx-8

50%

GABRIELA BERNARDA SANDOVAL DIAZ

Socio

12.xxx.xxx-k

50%

Official extract text

PABLO VALENZUELA PEREZ, Notario Público Tercera Notaría de Punta Arenas, calle Lautaro Navarro 1.048, Certifica: Por escritura pública de fecha de fecha 03.12.2021, repertorio N° 4512/2021, ante mí, comparecieron don JUAN CARLOS VILLABLANCA ROMERO, chileno, administrativo, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos dieciocho mil doscientos doce guion ocho y doña GABRIELA BERNARDA SANDOVAL DIAZ, chilena, empleada, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos treinta y siete mil seiscientos treinta y ocho guion K, ambos domiciliados en Pasaje Rio Santa María número cero mil ciento cuarenta, Población Las Vertientes de esta ciudad, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en conformidad a la ley 3918 y sus modificaciones. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD VILLABLANCA Y SANDOVAL COMPAÑÍA LIMITADA" pudiendo usar como nombre de fantasía el de VILLABLANCA Y SANDOVAL CIA LTDA.” OBJETO. El objeto de la sociedad será comprar, vender, arrendar, administrar, explotar toda clase de bienes inmuebles, sean estos por naturaleza, adherencia o destinación; urbanos y rurales, de agrado, industriales, comerciales, habitaciones; de arriendo permanente, temporales o de época y períodos determinados; pudiendo hacerlo ya con bienes propios o de terceros, sea por cuenta propia o en nombre de terceros; además, podrán efectuar toda clase de negocios u actividades propias del giro y otras diferentes, previo acuerdo de los socios En general todas aquellas actividades que se relacionen con el giro social. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la empresa. CAPITAL: El capital social será la suma de $44.000.000 (Cuarenta y cuatro Millones de Pesos), cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) JUAN CARLOS VILLABLANCA ROMERO aportará el equivalente a un cincuenta por ciento del capital social a través del siguiente aporte. Un inmueble ubicado en esta ciudad, en Pasaje Rio Santa María número cero mil ciento cuarenta, que corresponde al Lote número veinte de la Manzana B de la Población Las Vertientes, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE, con área verde, SUR, con Pasaje A, ORIENTE, lote diecinueve de la Manzana B y PONIENTE, lote veintiuno de la Manzana B. Adquirió el dominio de este inmueble por compra que le hizo a la Inmobiliaria Prohogar S.A, domiciliada en Santiago, según consta de escritura pública otorgada en Santiago, en la Notaría de don Alberto Eduardo Rojas López, el veinte de Diciembre de dos mil dieciocho. El título de dominio rola inscrito a fojas cuatrocientos setenta y tres vuelta número ochocientos uno del Registro de Propiedad del año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. El avalúo del inmueble corresponde a la suma de $22.000.000 (Veintidós Millones de pesos), avalúo efectuado por los socios de común acuerdo por los socios tomando en consideración el avalúo fiscal del inmueble, Rol cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve guión veintiuno del Servicio de Impuestos de Internos de la comuna de Punta Arenas para los efectos del impuesto territorial, suma que corresponde al valor del inmueble que en este acto se aporta a la sociedad b) y doña GABRIELA BERNARDA SANDOVAL DIAZ, aportará la suma de $22.000.000 (Veintidós millones de pesos) equivalente al cincuenta por ciento del capital social mediante los siguientes aportes 1) La suma de ($15.000.000) quince millones de pesos que ha sido enterada a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento en dinero efectivo y al contado otorgándose las partes el más amplio y completo finiquito a este respecto y 2) Mediante el aporte de un vehículo tipo Station wagon, año dos mil dos, Marca Ssanyong, Modelo Rexton 4x4 2.9, Color dorado gris, PPU GJCL.31-9 y que las partes avalúan de común acuerdo en la suma de ($7.000.000) siete millones de pesos.. ADMINISTRACION Y USO DE RAZÓN SOCIAL. Corresponderá indistintamente a cualquiera de ambos socios anteponiendo siempre a su firma personal un timbre con la razón social indicada. Será necesario el consentimiento unánime de los socios para enajenar bienes raíces, para autocontratar y para otorgar fianzas, avales y toda clase de cauciones y garantías, incluyendo la constitución de la sociedad en codeudora solidaria.- DURACIÓN: Cinco años, prorrogables de manera automática si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su vigencia. RESPONSABILIDAD: Los socios Limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. DOMICILIO. Punta Arenas sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada, Punta Arenas 17 de Diciembre de 2021.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD VILLABLANCA Y SANDOVAL COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2059774

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