Limited liability company

Sociedad Valle Limitada

CONSTITUCIÓN — Mar 16, 2017

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2017-03-16View PDF (CVE 1193940)

Corporate information

Ltda
Combarbalá, Coquimbo
Duration: 30 años desde la fecha de esta escritura, pudiendo renovarse por períodos iguales de 10 años
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la socia NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS, quien actuando por y a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades. Además, la socia NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS designa como su apoderado en la administración de la sociedad al socio CAMILO ANDRÉS CARVAJAL VALLE, quien actuando individual y separadamente podrá ejercer todas y cada una de las atribuciones establecidas en la cláusula séptima.

Corporate purpose

Desarrollar, por cuenta propia y/o terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro o fuera de la república, actividades de prestación de servicios de alimentación; instalación, administración, concesión y explotación de casinos industriales; distribución y representación de artículos y firmas de maquinarias, herramientas, instrumentos y amoblados relacionados; arriendo y administración de casinos alimenticios; compra y venta de maquinarias e insumos; servicios de alimentación a gran escala; explotación de restaurantes, casinos o clubes sociales; transporte de personal; colocación y arrendamiento de personal; inversión en bienes muebles e inmuebles; adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y explotación de bienes raíces; arriendo de locales comerciales; actividades inmobiliarias con bienes propios o arrendados; hospedaje temporal; servicios de establecimientos que expenden comidas y bebidas; explotación y administración de servicios de hotelería, hospedaje, residencial, pensión y alojamiento; constituir y/o participar de toda clase de sociedades; y, en general, toda otra actividad lícita conexa o no con las anteriores.

Capital

Total capital

$20.000.000

Paid-in capital

$12.000.000

Pending capital

$8.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS

Socio

90%

CAMILO ANDRÉS CARVAJAL VALLE

Socio

10%

Administrators (2)

Official extract text

ALEJANDRO VIADA OVALLE, Abogado, Titular de la Notaría de Combarbalá, con domicilio en Plaza de Armas N° 110, Certifica: Por escritura pública hoy ante mi don CAMILO ANDRÉS CARVAJAL VALLE, domiciliado en calle Unión número trescientos cinco, ciudad y comuna de Combarbalá, Región de Coquimbo y doña NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS, domiciliada en calle Unión número trescientos cinco, ciudad y comuna de Combarbalá, Región de Coquimbo, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, en conformidad ley 3.918, SOCIEDAD VALLE LIMITADA, pudiendo también actuar con el nombre comercial VALLE LTDA. incluso ante los bancos. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a la socia NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS, quien actuando por y a nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades. OBJETO: El objeto de la sociedad será desarrollar, por cuenta propia y/o terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto con particulares, instituciones privadas, fiscales o semifiscales, tanto dentro como fuera de la república, las siguientes actividades: a) la prestación de servicios de alimentación, que comprendan el procesamiento, elaboración, producción, catalogación, venta, importación y exportación de alimentos; su comercialización en casinos, establecimientos educacionales, a hogares particulares, a empresas, instituciones públicas o privadas, en eventos, etc.; b) la prestación de servicios, por cuenta propia o ajena, en materia de instalación, administración, concesión y explotación de casinos industriales y que presten servicios al público en general, en el estilo de los restaurantes o fuentes de soda y clubes sociales; c) la distribución y representación de artículos y firmas de maquinarias, herramientas, instrumentos y amoblados relacionados a tal rubro; d) la sociedad podrá también dedicarse por cuenta propia o ajena al servicio de arriendo y administración de casinos alimenticios; e) compra y venta de maquinarias e insumos para la ejecución de tal servicio; f) en general, todo lo que dice relación con la prestación de servicios alimenticios a gran escala, estilo banquetes o recepciones de matrimonios, cócteles y colaciones, por cuenta privada o por medio de convenios con entidades públicas o privadas dedicadas a dicho tema; g) La explotación de restaurantes, casinos o clubes sociales, para lo cual la sociedad podrá elaborar y vender toda clase de alimentos, refrescos y productos alimenticios para consumo inmediato semielaborados o envasados, etc.; la compra de los artículos necesarios para la elaboración de los mismos; la compra venta de refrescos embotellados, cervezas, bebidas alcohólicas, y toda clase de artículos similares o conexos con los anteriores, pudiendo también producir, comprar, vender y comerciar con cualesquiera otros productos que la Administración considere convenientes fabricar y explotar, además de los enumerados o en vez de ellos ejecutar por cuenta propia o ajena; h)transporte de personal, mediante vehículos propios, arrendados o de terceros, desde o hacia cualquier parte del país; i)dedicarse por cuenta propia o ajena a la prestación de servicios de colocación y arrendamiento de personal relacionado con el rubro como garzones u otro tipo de trabajadores a tiempo completo, media jornada o a tratos, y de mano de obra para la realización de labores agrícolas, a la prestación de servicios anexos o conexos al servicio de alimentación; j)la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de cualquier naturaleza que estos fueren, administrarlos, arrendarlos y percibir sus frutos; k) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces; l) tomar en arriendo locales comerciales de cualesquier giro comercial, casas, departamentos ubicados o no en condominios; m) actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados, residenciales; otros tipos de hospedaje temporal como camping, albergues, posadas, refugios y similares; n) servicios de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas; ñ) la explotación y administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de servicios de hotelería, hospedaje, residencial, pensión, y alojamiento; o) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden los socios o accionistas como también asociarse en distintas actividades que se acuerden de acuerdo al objeto social; y; p) en general; toda otra materia o actividad lícita, conexa o no, con las anteriores y que los socios acuerden. La sociedad podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalizados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la Sociedad y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos y llevar a cabo por si misma o a través de terceros cualquier negocio que los socios acuerden.- CAPITAL: $20.000.000, que los socios se aportan a la caja social y pagan en las proporciones y de la forma siguiente: Doña NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS, se obliga a enterar el equivalente al noventa por ciento del capital social, ascendente a dieciocho millones de pesos, los que entera de la siguiente manera: A) aporta en dominio al capital social la suma de diez millones de pesos, de contado, ingresados al capital social en este acto y B) el aporte de ocho millones de pesos, que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; y Don CAMILO ANDRÉS CARVAJAL VALLE, aporta en dominio al capital social la suma de dos millones de pesos, de contado, ingresados al capital social en este acto, suma que representa el diez por ciento del capital social.- RESPONSABILIDAD: Limitada al monto respectivos aportes. PLAZO: 30 años desde la fecha de esta escritura, pudiendo renovarse por períodos iguales de 10 años, cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de seis meses antes del fin del primitivo período o sus prolongaciones. Renovaciones operarán automática y sucesivamente de la manera señalada precedentemente. DOMICILIO: Comuna de Combarbalá, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. UTILIDADES: ganancias o pérdidas se distribuirán en proporción a los aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. APODERADO: Doña NATALIA JANETH VALLE CONTRERAS, designa como su apoderado en la administración de la Sociedad al socio CAMILO ANDRÉS CARVAJAL VALLE, quien actuando individual y separadamente podrá ejercer todas y cada una de las atribuciones establecidas en la cláusula séptima, COMBARBALÁ, 09 de marzo de 2017.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD VALLE LIMITADA

    CVE 1193940

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