Limited liability company

Sociedad Médica San Martin Salomone Limitada

CONSTITUCIÓN — Dec 30, 2020

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2020-12-30View PDF (CVE 1873147)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 5 años contados desde la fecha de a escritura extractada, prorrogable automáticamente por periodos iguales, salvo que algún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo
Administration: uso de la razón social y la representación legal corresponderá a José Alejandro San Martín Prieto y/o Claudia Salomone Bustamante, amplias facultades establecida en pacto social

Corporate purpose

La prestación de toda clase de servicios de consultas médicas, procedimientos quirúrgicos, tratamientos, exámenes de laboratorio, relacionados con dermatología y otorrinolaringología, asistencia técnica a entidades públicas o privadas, personas naturales o jurídicas, así como también, la organización, desarrollo y administración de un sistema destinado a la prestación de estos servicios en favor del público en general mediante un procedimiento que habilite a los usuarios para requerir servicios vinculados con la salud en el área de la dermatología y otorrinolaringología. Con el objeto señalado, la sociedad estará facultada para realizar todo tipo de actos y contratos, tanto en el mercado nacional como internacional vinculado con tal actividad; Dos) La realización de estudios de investigación, capacitación, dictación de cursos de postgrados en el área de la salud; Tres) La inversión de todo tipo de bienes y valores y, en particular, adquirir toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, con el propósito de inversión y renta y demás actividades vinculadas con el rubro; Cuatro) La representación de firmas extranjeras, la prestación de toda clase de servicios y asesorías en el área de la salud, por cuenta propia o ajena; Cinco) La participación a cualquier título, en toda clase de personas jurídicas y sociedades, cualquiera fuere su naturaleza u objeto; Seis) La adquisición y enajenación, explotación y comercialización, en cualquier forma, de toda clase de bienes raíces destinadas al desarrollo del área de la salud, en cualquiera de sus formas, por cuenta propia o ajena; Siete) En general, toda actividad que los socios acuerden.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

José Alejandro San Martín Prieto

Socio

13.xxx.xxx-0

50%

Claudia Salomone Bustamante

Socio

10.xxx.xxx-2

50%

Administrators (2)

José Alejandro San Martín Prieto

13.xxx.xxx-0Administrador

Claudia Salomone Bustamante

10.xxx.xxx-2Administrador

Official extract text

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular, 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de Diciembre de 2020, ante mí, don JOSÉ ALEJANDRO SAN MARTÍN PRIETO, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos ochenta y tres mil ciento cincuenta y ocho guion cero; y doña CLAUDIA SALOMONE BUSTAMANTE, cédula nacional de identidad número diez millones trecientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y cuatro guion dos, ambos domiciliados en calle Presidente Ovalle seis mil cuatrocientos noventa y cinco, comuna de La Reina, constituyen sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, Razón social: “SOCIEDAD MÉDICA SAN MARTIN SALOMONE LIMITADA”. Objeto social: Uno) La prestación de toda clase de servicios de consultas médicas, procedimientos quirúrgicos, tratamientos, exámenes de laboratorio, relacionados con dermatología y otorrinolaringología, asistencia técnica a entidades públicas o privadas, personas naturales o jurídicas, así como también, la organización, desarrollo y administración de un sistema destinado a la prestación de estos servicios en favor del público en general mediante un procedimiento que habilite a los usuarios para requerir servicios vinculados con la salud en el área de la dermatología y otorrinolaringología. Con el objeto señalado, la sociedad estará facultada para realizar todo tipo de actos y contratos, tanto en el mercado nacional como internacional vinculado con tal actividad; Dos) La realización de estudios de investigación, capacitación, dictación de cursos de postgrados en el área de la salud; Tres) La inversión de todo tipo de bienes y valores y, en particular, adquirir toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, con el propósito de inversión y renta y demás actividades vinculadas con el rubro; Cuatro) La representación de firmas extranjeras, la prestación de toda clase de servicios y asesorías en el área de la salud, por cuenta propia o ajena; Cinco) La participación a cualquier título, en toda clase de personas jurídicas y sociedades, cualquiera fuere su naturaleza u objeto; Seis) La adquisición y enajenación, explotación y comercialización, en cualquier forma, de toda clase de bienes raíces destinadas al desarrollo del área de la salud, en cualquiera de sus formas, por cuenta propia o ajena; Siete) En general, toda actividad que los socios acuerden.. Capital: $1.000.000.- pesos que los socios aportan y enteran: Uno) don José Alejandro San Martín Prieto aporta $500.000 ya ingresados a caja social Dos) doña Claudia Salomone Bustamante aporta $500.000 ya ingresados a caja social. Domicilio: ciudad de Santiago sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o el extranjero. Administración: uso de la razón social y la representación legal corresponderá a José Alejandro San Martín Prieto y/o Claudia Salomone Bustamante, amplias facultades establecida en pacto social. Duración: 5 años contados desde la fecha de a escritura extractada, prorrogable automáticamente por periodos iguales, salvo que algún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo. Demás estipulaciones pacto social. Santiago 24 de diciembre de 2020.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD MÉDICA SAN MARTIN SALOMONE LIMITADA

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