Sociedad Inmobiliaria Almirante Lynch Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con tercero y, en general podrá ejecutar todo tipo de acto, actividad o contrato licito necesario para la ejecución de los objetos sociales señalados, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
资本
总资本
$50.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $25.000.000 |
HUGO JAVIER SEBASTIÁN GODOY RODRÍGUEZ Socio | - | 50% | $25.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí; GONZALO ANDRÉS PEÑA MARCHANT, domiciliado Temuco, Arturo Prat N° 620, Of. 507 y HUGO JAVIER SEBASTIÁN GODOY RODRÍGUEZ, domiciliado El Mirador N° 02839; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Nombre: " SOCIEDAD INMOBILIARIA ALMIRANTE LYNCH LIMITADA ", nombre fantasía “INMOBILIARIA ALMIRANTE LYNCH". Objeto: será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con tercero y, en general podrá ejecutar todo tipo de acto, actividad o contrato licito necesario para la ejecución de los objetos sociales señalados, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Domicilio: Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá al socio GONZALO ANDRÉS PEÑA MARCHANT, facultades indicadas en escritura social. Capital: $50.000.000.-, que se aportan de la siguiente forma: a) Gonzalo Andrés Peña Marchant, aporta $25.000.000.-, los cuales se enterarán a la sociedad en un plazo de 3 años contados a partir de la suscripción escritura, a medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero efectivo y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales; y b) Hugo Javier Sebastián Godoy Rodríguez aporta $25.000.000.-, los cuales se enterarán a la sociedad en un plazo de 3 años contados a partir de la suscripción escritura, a medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero efectivo y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales. Utilidades y Pérdidas: 50% Gonzalo Andrés Peña Marchant, y 50% Hugo Javier Sebastián Godoy Rodríguez. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. Duración: 5 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de 2 años, forma señalada escritura.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 22 de Agosto de 2017.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA ALMIRANTE LYNCH LIMITADA
CVE 1277298
