Sociedad De Profesionales Al Sur Abogados Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto: Uno) La prestación de servicios profesionales en asesorías legales y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido. Dos) La factura, realización y ejecución de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías legales. Tres) Prestar servicios, representaciones y asesorías a empresas, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en todos los campos relacionados con actividad de la abogacía. Cuatro) El asesoramiento y consultoría a personas naturales y jurídicas, sea del sector público o privado en términos generales; pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y solicitar la inscripción en todo registro que se requiera para tal efecto, incluso en las empresas o servicios del sector público. También podrá contratar a los profesionales y/o especialistas en las diversas áreas relacionadas con el objeto de la sociedad, administrar bienes muebles e inmuebles, edificios, departamentos, oficinas, casas habitación y todas aquellas actividades relacionadas con la administración de bienes físicos e intelectuales, software y hardware de propiedad de terceros y en general realizar todos los actos que sean conducentes a realizar el objeto social así como otras actividades relacionadas o afines con las anteriores ya enumeradas que los socios de común acuerdo determinen
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Yesica Andrea Soto Vargas Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 50% | $500.000 |
Nicolás Fernando Theil Navarrete Socio 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
Yesica Andrea Soto Vargas
Nicolás Fernando Theil Navarrete
Official extract text
CLAUDIO ALEJANDRO CABELLO OLAVARRIA, Abogado, Notario Público Titular de la comuna de Quellón, con Oficio en Avenida La Paz N°302, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, de ésta fecha, repertorio N°1216-2022, doña YESICA ANDREA SOTO VARGAS, chilena, soltera, abogada, C.I.N°18.730.083-5, domiciliada en calle Prolongación Agustín Gómez García N°498, de la ciudad y comuna de Quellón, y don NICOLÁS FERNANDO THEIL NAVARRETE, chileno, soltero, abogado, C.I.N°17.946.445-4, domiciliado en calle 22 de Mayo N°276, de ciudad y comuna de Quellón, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. 1) Nombre o Razón social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES AL SUR ABOGADOS LIMITADA”. 2) Domicilio: ciudad de Quellón, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. 3) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La prestación de servicios profesionales en asesorías legales y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido. Dos) La factura, realización y ejecución de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías legales. Tres) Prestar servicios, representaciones y asesorías a empresas, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en todos los campos relacionados con actividad de la abogacía. Cuatro) El asesoramiento y consultoría a personas naturales y jurídicas, sea del sector público o privado en términos generales; pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y solicitar la inscripción en todo registro que se requiera para tal efecto, incluso en las empresas o servicios del sector público. También podrá contratar a los profesionales y/o especialistas en las diversas áreas relacionadas con el objeto de la sociedad, administrar bienes muebles e inmuebles, edificios, departamentos, oficinas, casas habitación y todas aquellas actividades relacionadas con la administración de bienes físicos e intelectuales, software y hardware de propiedad de terceros y en general realizar todos los actos que sean conducentes a realizar el objeto social así como otras actividades relacionadas o afines con las anteriores ya enumeradas que los socios de común acuerdo determinen 4) Duración: A contar de la presente escritura, por un plazo indefinido. 5) Capital social: $1.000.000.- que los socios aportan por partes iguales, $500.000.- cada uno, íntegramente suscrito y pagado. 6) Administración y uso de razón social: corresponderá, indistintamente a Yesica Andrea Soto Vargas y a don Nicolás Fernando Theil Navarrete, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, conforme cláusula octava pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quellón, a 25 de Agosto de 2.022.-
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- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES AL SUR ABOGADOS LIMITADA
CVE 2179352
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