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Sociedad de Inversiones Curarrehue SpA

CONSTITUCIÓN — Sep 26, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-09-26View PDF (CVE 2549743)

Corporate information

SpA
Temuco, Araucanía

Capital

Total capital

$84.500.000

Paid-in capital

$84.500.000

Pending capital

$0

Shares

100

Shareholders (1)

NameParticipation

SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE

Accionista

100%

Official extract text

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2024, Repertorio N° 10.259-24, otorgada ante mí, ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA, domiciliada para estos efectos, en calle General Aldunate número 719, oficina 902, noveno piso, de la ciudad y comuna de Temuco, expuso: ANTECEDENTES: UNO) Con fecha 18 de agosto del año 2023, ante la Notario Público de Temuco, doña Esmirna Vidal Moraga, anotada en su repertorio bajo el número 9545-23, compareció doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien suscribió escritura pública de constitución de sociedad por acciones, cuya razón social es “Sociedad de Inversiones Curarrehue SpA”, con domicilio en la ciudad de Temuco. El capital de la sociedad asciende a $84.500.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Se establece en la constitución social que el capital se compone del aporte de dos inmuebles y un bien mueble, consistente en un automóvil, demás estipulaciones constan en estatuto social antes individualizado. El extracto de la constitución de sociedad antes mencionada se publicó en el Diario Oficial con fecha 12 de octubre del año 2023, en la edición número 43.674. CVE 2389265. DOS) Posteriormente, por escritura pública de fecha 14 de septiembre del año 2023, celebrada ante la Notario Público de Temuco, doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, suplente de la Notario Público Titular doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número 10.887-23, don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO y doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, rectificaron y complementaron la escritura pública singularizada en el número UNO) precedente, el que para efectos de la presente rectificación, es pertinente hacer mención a la cláusula Tercera de dicha escritura pública, en el sentido de que, “para efectos de la autorización del Conservador de Bienes Raíces se viene en complementar la escritura pública de constitución de sociedad, singularizada en la cláusula primera para que, en este acto y por el presente instrumento se aclare que el cónyuge ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, administrador de la sociedad conyugal viene en consentir en todas sus partes los aportes de bienes muebles e inmuebles, que realizó su cónyuge a la sociedad antes citada”. El extracto de dicha escritura pública se publicó en el Diario Oficial con fecha 12 de octubre del año dos mil 2023, en la edición número 43.674. CVE 2389556. Complementación. Se complementa que doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, adquirió los bienes muebles e inmuebles cuyo aporte se realiza a la “Sociedad de Inversiones Curarrehue SpA”, estando casada bajo el régimen de sociedad conyugal. Modificación.- Se modifica ARTÍCULO QUINTO del estatuto social de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Por el presente acto e instrumento, el compareciente, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, viene en realizar los siguientes aportes: A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guión trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semi-recta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloísa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guión doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS 1.6 AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos”. Se modifica ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS CHILENOS, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que el accionista doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE suscribe en este acto cien acciones, las que se encuentran totalmente pagadas en virtud de los aportes señalados en el artículo quinto del presente estatuto”. Se modifica CLAUSULA PRIMERA de la escritura pública de rectificación, modificación y saneamiento de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “PRIMERO: ANTECEDENTES: UNO) Con fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, ante Notario Público Titular de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve de doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número nueve mil quinientos cuarenta y cinco guión veintitrés, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, ya individualizada, suscribió escritura de constitución de sociedad donde aporta los siguientes bienes: A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal,a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guiones trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semirecta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloísa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guión doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS uno. seis AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos. DOS) Doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE y don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, contrajeron matrimonio con fecha dieciséis de enero del año mil novecientos setenta y seis bajo el régimen de sociedad conyugal; posteriormente, con fecha catorce de diciembre del año dos mil dieciocho se subinscribió la escritura pública de separación total de bienes, en dicha escritura no se efectúa la liquidación de la sociedad conyugal”. Se modifica CLAUSULA SEGUNDA de la escritura pública de rectificación, modificación y saneamiento de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “SEGUNDO: Se deja expresa constancia que al momento de la adquisición de los bienes muebles e inmuebles doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE adquirió dichos bienes bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal”.- Sanemiento. Se sanea la escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA”, y su rectificación, modificación y saneamiento, ya que el repertorio de ambas escrituras se encuentra vencido y además, sanear, en el sentido de salvar la omisión de inscripción dentro del plazo legal en el registro de comercio respectivo, no habiéndose cumplido con lo prescrito en el artículo 426 del Código de Comercio.En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se deja sin efecto. Se deja sin efecto la escritura de RATIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y SANEAMIENTO otorgada el 01 de diciembre del año 2023, celebrada ante doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, abogado y Notaría suplente de la Notario Público Titular de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número 13.926-23. Se deja sin efecto la escritura de RATIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y SANEAMIENTO otorgada el 31 de julio del año 2024 celebrada ante la Notario Público Titular de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número 8.530-24. CAPITAL: $84.500.000.- Temuco, 24 de septiembre de 2024.

IncorporationDiario Oficial · 2024-08-16View PDF (CVE 2532710)

Corporate information

SpA
Temuco, Araucanía

Capital

Total capital

$84.500.000

Paid-in capital

$84.500.000

Pending capital

$0

Shares

100

Shareholders (1)

NameParticipation

SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE

Accionista

100%

Official extract text

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2024, Repertorio N° 8530-24, otorgada ante mí, ROXANA BEATRIZ OBREQUE ESPINOZA, domiciliada para estos efectos, en calle General Aldunate número 719, oficina 902, noveno piso, de la ciudad y comuna de Temuco, expuso: ANTECEDENTES: UNO) Con fecha 18 de agosto del año 2023, ante la Notario Público de Temuco, doña Esmirna Vidal Moraga, anotada en su repertorio bajo el número 9545-23, compareció doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien suscribió escritura pública de constitución de sociedad por acciones, cuya razón social es “Sociedad de Inversiones Curarrehue SpA”, con domicilio en la ciudad de Temuco. El capital de la sociedad asciende a $84.500.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Se establece en la constitución social que el capital se compone del aporte de dos inmuebles y un bien mueble, consistente en un automóvil, demás estipulaciones constan en estatuto social antes individualizado. El extracto de la constitución de sociedad antes mencionada se publicó en el Diario Oficial con fecha 12 de octubre del año 2023, en la edición número 43.674. CVE 2389265. DOS) Posteriormente, por escritura pública de fecha 17 de septiembre del año 2023, celebrada ante la Notario Público de Temuco, doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, suplente de la Notario Público Titular doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número 10.888-23, don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO y doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, rectificaron y complementaron la escritura pública singularizada en el número UNO) precedente, el que para efectos de la presente rectificación, es pertinente hacer mención a la cláusula Tercera de dicha escritura pública, en el sentido de que, “para efectos de la autorización del Conservador de Bienes Raíces se viene en complementar la escritura pública de constitución de sociedad, singularizada en la cláusula primera para que, en este acto y por el presente instrumento se aclare que el cónyuge ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, administrador de la sociedad conyugal viene en consentir en todas sus partes los aportes de bienes muebles e inmuebles, que realizó su cónyuge a la sociedad antes citada”. El extracto de dicha escritura pública se publicó en el Diario Oficial con fecha 12 de octubre del año dos mil 2023, en la edición número 43.674. CVE 2389556. Complementación. Se complementa que doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, adquirió los bienes muebles e inmuebles cuyo aporte se realiza a la “Sociedad de Inversiones Curarrehue SpA”, estando casada bajo el régimen de sociedad conyugal. Modificación.- Se modifica ARTÍCULO QUINTO del estatuto social de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Por el presente acto e instrumento, el compareciente, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, viene en realizar los siguientes aportes: A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guión trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semi-recta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloísa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guión doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS 1.6 AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos”. Se modifica ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS CHILENOS, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que el accionista doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE suscribe en este acto cien acciones, las que se encuentran totalmente pagadas en virtud de los aportes señalados en el artículo quinto del presente estatuto”. Se modifica CLAUSULA PRIMERA de la escritura pública de rectificación, modificación y saneamiento de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “PRIMERO: ANTECEDENTES: UNO) Con fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, ante Notario Público Titular de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve de doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número nueve mil quinientos cuarenta y cinco guión veintitrés, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, ya individualizada, suscribió escritura de constitución de sociedad donde aporta los siguientes bienes: A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal,a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guiones trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semirecta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloísa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble bajo el régimen matrimonial de sociedad conyugal, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guión doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS uno. seis AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos. DOS) Doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE y don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, contrajeron matrimonio con fecha dieciséis de enero del año mil novecientos setenta y seis bajo el régimen de sociedad conyugal; posteriormente, con fecha catorce de diciembre del año dos mil dieciocho se subinscribió la escritura pública de separación total de bienes, en dicha escritura no se efectúa la liquidación de la sociedad conyugal”. Se modifica CLAUSULA SEGUNDA de la escritura pública de rectificación, modificación y saneamiento de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE Spa” quedando con el siguiente tenor: “SEGUNDO: Se deja expresa constancia que al momento de la adquisición de los bienes muebles e inmuebles doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE adquirió dichos bienes bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal”.- Sanemiento. Se sanea la escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA”, y su rectificación, modificación y saneamiento, ya que el repertorio de ambas escrituras se encuentra vencido y además, sanear, en el sentido de salvar la omisión de inscripción dentro del plazo legal en el registro de comercio respectivo, no habiéndose cumplido con lo prescrito en el artículo 426 del Código de Comercio.En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CAPITAL: $84.500.000.- Temuco, 08 de agosto de 2024.

IncorporationDiario Oficial · 2023-12-21View PDF (CVE 2424971)

Corporate information

SpA
Temuco, Araucanía

Capital

Total capital

$84.500.000

Shareholders (2)

NameParticipation

SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE

Accionista

6.xxx.xxx-1

-

ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO

Accionista

6.xxx.xxx-7

-

Official extract text

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público, de la agrupación de comunas de Temuco, Padre las casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve, ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, CERTIFICA: Por escritura pública fecha 01 de diciembre de 2023, ante mí, Rep. N°13926-2023, ante mi Suplente doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, comparecen: doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos noventa y cuatro mil novecientos cuarenta y nueve guión uno y don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad seis millones trescientos treinta y siete mil doscientos treinta guión siete, ambos domiciliados en Pasaje Los Ciervos número dos mil sesenta y cinco, de PRIMERO: ANTECEDENTES: UNO) Con fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, ante Notario Público Titular de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve de doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número nueve mil quinientos cuarenta y cinco guión veintitrés, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, ya individualizada, suscribió escritura de constitución de sociedad donde aportó los siguientes bienes: A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guiones trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semi-recta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloisa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guion doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS uno. seis AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos. DOS) Posteriormente, por escritura pública de fecha catorce de septiembre del año dos mil veintitrés, celebrada ante Eliana Andrea Martínez Cárdenas, abogado y Notaría suplente de la Notario Público Titular de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire doña Esmirna Vidal Moraga, anotada bajo el repertorio número diez mil ochocientos ochenta y siete guión veintitrés, don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO y doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, ambos ya individualizados, don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO y doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, ambos ya individualizados, rectificaron la escritura pública singularizada en el número UNO) precedente, en el sentido de dejar constancia de que doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, adquirió dichos bienes muebles e inmueble bajo el régimen del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal, contenido en el artículo ciento cincuenta del Código Civil. Y en el sentido de que el compareciente, don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, como administrador de la extinta sociedad conyugal, consintió y ratificó en todas sus partes, y sobre todo en los aportes de bienes muebles e inmuebles, que realizó su cónyuge a la sociedad que constituyó. SEGUNDO: Se deja expresa constancia que doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, adquirió los bienes muebles e inmuebles singularizados precedentemente, bajo el régimen del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil. TERCERO: Que, por medio del presente acto, don ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, viene en ratificar, aceptar y consentir expresamente, el traspaso mediante aporte por parte de su cónyuge, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, de los siguientes bienes: A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guiones trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semi-recta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloisa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guion doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS uno. seis AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos. Aportes que realizó mediante escritura pública de constitución de sociedad, singularizada en la cláusula primera número UNO) y su rectificación singularizada en el número DOS) de la misma cláusula, para todos los efectos legales. Lo anterior, con el objeto de que el Conservador de Bienes Raíces respectivo, tenga a bien realizar la inscripción de los inmuebles aportados a la sociedad. CUARTO: Que, por este acto los comparecientes vienen a modificar el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO, donde dice que “el capital de la sociedad es la suma de OCHENTA MILLONES DE PESOS CHILENOS”, y lo correcto es que sea de la siguiente forma: “el capital de la sociedad es la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS CHILENOS.”. QUINTO: Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en sanear la escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA”, y su rectificación, ambas escrituras singularizadas en los números UNO) y DOS), respectivamente, de la cláusula primera precedente, ya que el repertorio de ambas escrituras se encuentra vencido. A su vez, los comparecientes vienen en sanear la escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA”, y su rectificación, ambas ya singularizada en los números UNO) y DOS), respectivamente, de la cláusula primera precedente, en el sentido de salvar la omisión de inscripción dentro del plazo legal en el registro de comercio respectivo, no habiéndose cumplido con lo prescrito en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio, pero si, dejando expresa constancia, de haberse publicado en tiempo y forma en el Diario Oficial el respectivo extracto. SEXTO: Los comparecientes dejan expresa constancia de que la presente escritura pública forma parte integrante de la escritura de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA”, y su rectificación, ambas escrituras singularizadas en los números UNO) y DOS), respectivamente, de la cláusula primera precedente; las que, en lo no innovado, permanecen inalterables. Capital: 84.500.000- Demás estipulaciones en escritura social. Temuco, 18 de diciembre 2023.-

IncorporationDiario Oficial · 2023-10-12View PDF (CVE 2389265)

Corporate information

SpA
Temuco, Araucanía
Duration: Comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, que se prorrogará tácitamente por igual término, salvo que el o los accionistas manifestaren, de la forma indicada en los estatutos, su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso.
Administration: Administrada por un administrador que actúa individualmente, con uso de la razón social y representación judicial y extrajudicial.

Corporate purpose

a) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, sólo a modo ejemplar: derechos, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, bienes raíces, etc.; b) Adquirir o enajenar, a cualquier título, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos; c) La ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario en sus distintas formas, comprendiendo en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación en cualquier forma, de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; d) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas; e) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas.

Capital

Total capital

$84.500.000

Shares

100

Shareholders (1)

NameParticipation

SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE

Accionista

6.xxx.xxx-1

-

Administrators (1)

LILIANA ANDREA VALDEBENITO ELGUETA

10.xxx.xxx-9Administrador

Official extract text

ELIANA ANDREA MARTÍNEZ CÁRDENAS, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas 979, Temuco, certifica: Que por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2023, Rep. N° 9545-2023, ante la notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga: SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, factor de comercio, 6.894.949-1, domicilio Pasaje Los Ciervos 2065, Temuco. Constituyó sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, por las disposiciones de la ley 20190 y 18046, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. NOMBRE: “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA”. Nombre de fantasía “CURARREHUE SpA. DOMICILIO: TEMUCO, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, que se prorrogará tácitamente por igual término, salvo que el o los accionistas manifestaren, de la forma indicada en los estatutos, su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. OBJETO: a) La inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, sólo a modo ejemplar: derechos, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, bienes raíces, etc.; b) Adquirir o enajenar, a cualquier título, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos; c) La ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario en sus distintas formas, comprendiendo en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación en cualquier forma, de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; d) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas; e) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. CAPITAL: $84.500.000.-, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá, en todos los casos, poseer acciones de su propia emisión. El capital se materializa, mediante el aporte de los siguientes muebles e inmuebles A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guion trece de la comuna de Temuco. MB) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semi-recta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloisa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guion doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS uno. seis AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por doña LILIANA ANDREA VALDEBENITO ELGUETA, ingeniera comercial, 10.080.664-9, con domicilio Hernán Cortez 1671, Temuco. Actuará individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, facultades amplias señaladas en los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco 25 de agosto 2023.

IncorporationDiario Oficial · 2023-10-12View PDF (CVE 2389556)

Corporate information

SpA
Temuco, Araucanía

Capital

Total capital

$84.500.000

Shareholders (1)

NameParticipation

SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE

Accionista

-

Administrators (1)

Official extract text

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Cas Melipeuco, Cunco Vilcún y Freire, con domicilio en calle Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública de fecha 14 de septiembre del año 2023, repertorio Nº 10.887-23, otorgada ante mi Suplente Eliana Andrea Martínez Cárdenas, SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, factor de comercio y ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, factor de comercio, ambos con domicilio en Pasaje Los Ciervos 2065, comuna y ciudad de Temuco, Región de la Araucanía. UNO) por Escritura Pública de 18 agosto del 2023, otorgada en la Notaría de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, constituyó una sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES CURARREHUE SpA” en la que aportó los siguientes bienes; A) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, la vivienda ubicada en Temuco calle Pasaje Nuevo uno número cero dos mil sesenta y cinco que corresponde al sitio cuatro, manzana G del plano de loteo Villa Trianón, archivado bajo el número trescientos cincuenta y siete en el año mil novecientos ochenta y cuatro y deslinda: NORTE, en doce metros con otros propietarios; SUR, en doce metros con Pasaje Uno; ORIENTE, en veinte metros con lote cinco; PONIENTE, en veinte metros con lote cuatro. Lo adquirió por compra a don Marcelo Fourcade Nombrand y doña María Luisa Magofke Jouannet, debidamente representados, según consta en escritura de fecha treinta y uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco, ante el Notario Público de Temuco, don Claudio González Rosas. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas trescientos trece, bajo el número trescientos cincuenta y cinco, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis, que el constituyente avalúa en la suma de setenta y cuatro millones de pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal mil ochocientos setenta y dos guion trece de la comuna de Temuco. B) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el resto del predio denominado como LOTE I, de una superficie actual de dos hectáreas, y deslinda especialmente: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina; y en parte con Escuela Fiscal, en línea quebrada; SUR, con resto del mismo Lote I, vendido al Vicariato Apostólico de La Araucanía; ORIENTE, en parte con Escuela Fiscal y en parte con Escuela Particular, en línea quebrada; y PONIENTE, con el Lote H, vendido al Vicariato Apóstólico de La Araucanía. Los deslindes generales del citado Lote I son los siguientes según sus títulos: NORTE, en parte con camino internacional a la República Argentina y en parte con escuela fiscal y escuela particular en línea quebrada; SUR, con terrenos de la sucesión de Benjamín Cea Elgueta; ORIENTE, con Reserva Indígena de Antonio Catriquir, estero Chihuaihue de por medio y en parte con Población Curarrehue; y PONIENTE, en línea semi-recta con Lote H del plano de división. Se incluyen los derechos de aguas con que estuviere dotado el predio. Adquirió dicho resto por compra a doña Eloisa Lilia Cañete Vallejos, según consta en escritura pública de fecha dos de junio del año mil novecientos noventa y cinco, ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina. Este inmueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante doña SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, quien adquirió el inmueble en virtud del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo ciento cincuenta del Código Civil, a fojas ochocientos cincuenta y cinco, bajo el número setecientos catorce, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, que el constituyente avalúa en la suma de seis millones quinientos mil pesos chilenos. Rol de avalúo Fiscal ciento cincuenta y seis guion doce de la comuna de Curarrehue. Se deja constancia que la presente propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes: a) HIPOTECA, inscrita a fojas cuatrocientos once, bajo el número ochocientos veinte, en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; y b) PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, inscrita a fojas trescientos veintiséis, bajo el número seiscientos cuarenta y nueve, en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Pucón, correspondiente al año dos mil veintitrés; ambas que la aportante declara reconocer en favor de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA y que se aportan con dichos gravámenes. C) En propiedad plena y en el estado en que actualmente se encuentra, el AUTOMÓVIL inscripción C D V B OCHO DOS guion K. Año DOS MIL DIEZ. Marca HYUNDAI. Modelo ELANTRA GLS uno. seis AUT. Número de Motor G CUATRO F C NUEVE U SIETE CINCO CINCO TRES NUEVE SIETE. Número de Chasis K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Número Vin K M H D U CUATRO UNO B B A U OCHO NUEVE NUEVE UNO CERO UNO. Color PLATEADO. Combustible GASOLINA. Peso Bruto Vehicular MIL SEISCIENTOS OCHENTA COMA CERO CERO KILOS. Adquirió dicho bien mueble el treinta de noviembre del año dos mil nueve, bajo el repertorio PADRE LAS CASAS número seis mil cuarenta y ocho de fecha uno de diciembre del año dos mil nueve. Este mueble se encuentra actualmente inscrito a nombre del compareciente y aportante SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, que el constituyente avalúa en la suma de cuatro millones de pesos chilenos. DOS) SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE, factor de comercio y ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, contrajeron matrimonio el 16 de enero de 1976, bajo el régimen de sociedad conyugal; posteriormente con fecha 14 de diciembre de 2018 se subinscribió la escritura pública de separación total de bienes, en dicha escritura no se efectúa la liquidación de la sociedad conyugal. Se deja expresa constancia que al momento de la adquisición de los bienes muebles e inmuebles SYLVIA LILIA ELGUETA CAÑETE adquirió dichos bienes bajo el régimen del patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal del artículo 150 del Código Civil. Que para efectos de la autorización del Conservador de Bienes Raíces se viene en complementar la escritura pública de constitución de sociedad, singularizada en la cláusula primera para que, en este acto y por el presente instrumento se aclare que el cónyuge ABEL DEL CARMEN VALDEBENITO CARRASCO, administrador de la sociedad conyugal viene en consentir en todas sus partes los aportes de los bienes muebles e inmuebles a la sociedad antes citada. En todo lo que no se rectifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Capital: $84.500.000.- Demás estipulaciones en escritura social. Temuco, 10 octubre 2023.-

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