Société à responsabilité limitée

Labbé Montero Asesorías Jurídicas Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 nov. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-11-11Voir le PDF (CVE 2215619)

Informations sociétaires

Ltda
calle Las Nieves n°3570, piso 1
Durée: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de tiempo de cinco años cada uno
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán separada e indistintamente a uno cualquiera de los socios, con amplias facultades.

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento del ejercicio libre de la profesión de abogado, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios, asociados y demás abogados que trabajen para ella y sus dependientes, en los términos que establezca la legislación aplicable; el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía; y, en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de la abogacía. La Sociedad no podrá realizar otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de la profesión de abogado, sin perjuicio de las inversiones y gastos necesarios para el ejercicio de la misma y mantener el capital de trabajo necesario. La Sociedad podrá participar en otras sociedades únicamente cuando estas tengan el mismo objeto y éste se explote a través de sus socios.

Capital

Capital total

$500.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

José Tomás Labbé Figueroa

Socio

16.xxx.xxx-5

50%

María Paz Montero Ochagavía

Socio

16.xxx.xxx-8

50%

Administrateurs (2)

José Tomás Labbé Figueroa

16.xxx.xxx-5Administrador

María Paz Montero Ochagavía

16.xxx.xxx-8Administrador

Texte officiel de l’extrait

PATRICIO RABY BENAVENTE, abogado, Notario Público, Titular Quinta Notaría de Santiago, calle Gertrudis Echenique Nº30 oficina 32, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 26 de octubre de 2022, Repertorio 11603-2022, ante mí, María Paz Montero Ochagavía, RUT 16.608.221-8, y José Tomás Labbé Figueroa, RUT 16.365.908-5, ambos con domicilio en calle Las Nieves n°3570, piso 1, comuna de Vitacura, Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: 1. Razón Social: El nombre de la sociedad es “LABBÉ MONTERO ASESORÍAS JURÍDICAS LIMITADA”, nombre comercial “LABBÉ MONTERO LTDA.” o “LM ABOGADOS LTDA.”; 2. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento del ejercicio libre de la profesión de abogado, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios (en adelante cada uno denominado como un "Socio" o "Socia" y todos conjuntamente, los "Socios"), asociados y demás abogados que trabajen para ella y sus dependientes, en los términos que establezca la legislación aplicable; el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de la abogacía; y, en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de la abogacía.- La Sociedad no podrá realizar otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de la profesión de abogado, sin perjuicio de las inversiones y gastos necesarios para el ejercicio de la misma y mantener el capital de trabajo necesario.- La Sociedad podrá participar en otras sociedades únicamente cuando estas tengan el mismo objeto y éste se explote a través de sus socios.-; 3. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de quinientos mil pesos en la forma y condiciones que se exponen a continuación: a) José Tomás Labbé Figueroa aporta la cantidad de $250.000 que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción; y, b) María Paz Montero Ochagavía aporta la cantidad de $250.000 que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad haber recibido dicha suma a su más entera y total satisfacción. En consecuencia el capital de $500.000, se encuentra íntegramente pagado y aportado por los socios; 4. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores José Tomás Labbé Figueroa y María Paz Montero Ochagavía, con amplias facultades, las que se encuentran en la escritura extractada. 5. Plazo: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de tiempo de cinco años cada uno, en los términos descritos en la escritura extractada. Caso terminación, disolución o liquidación sociedad o fallecimiento persona natural socias o llegaren a serlo, sociedad no se disolverá y continuará vigente socios existentes o sobrevivientes excluyéndose sucesión socio fallecido o sociedad en liquidación o comunidad, a quienes se pagarán derechos sociales a valor libro forma y condiciones estipulen partes. Sociedad no se disolverá por quiebra, incapacidad legal sobreviniente o insolvencia alguno los socios, ni por su propia quiebra o insolvencia. 6. Limitación de Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en la escritura extractada. Santiago, 09 de Noviembre de 2022.- P. Raby B. Not. Púb.-

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