Inversiones Rosende Jurgensen y Cia. Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad es la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, dentro y fuera de Chile, incluyendo acciones, bonos, títulos, depósitos a plazo y valores de toda clase, y la obtención de rentas del capital de toda clase y naturaleza disponible en los mercados de capitales de Chile y el exterior.
资本
总资本
$687.000.000
实缴资本
$625.000.000
待缴资本
$62.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Francisco Javier Rosende Ramírez Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 90.97% | $625.000.000 |
Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 9.03% | $62.000.000 |
摘要官方正文
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular, 5ª Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique N°30, oficina 44, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de agosto de 2016, ante mí, Francisco Javier Rosende Ramírez, economista, cédula de identidad número siete millones veinticuatro mil sesenta y tres guion siete, y doña Karin Franzi Jurgensen Elbo, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho guion siete; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Golf Lomas de la Dehesa número ocho cuatro siete siete, Lo Barnechea, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y demás leyes pertinentes y por estos estatutos y cuya razón social será INVERSIONES ROSENDE JURGENSEN Y CIA. LIMITADA . Objeto de la Sociedad: El objeto de la sociedad es la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, dentro y fuera de Chile, incluyendo acciones, bonos, títulos, depósitos a plazo y valores de toda clase, y la obtención de rentas del capital de toda clase y naturaleza disponible en los mercados de capitales de Chile y el exterior. Domicilio social: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas, o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Capital: El capital social inicial de la sociedad es la suma de seiscientos ochenta y siete millones de pesos, moneda chilena de curso legal, que se paga como sigue: uno) don Francisco Javier Rosende Ramírez en este acto aporta en dominio una cartera de inversiones que a la fecha es administrada por Moneda Corredores de Bolsa S.A., más activos en Banchile S.A., depósitos a plazo y otros activos financieros detallados en documento protocolizado con esta misma fecha en esta notaría en instrumento separado. Las partes evalúan todos los activos aportados por el socio Francisco Javier Rosende Ramírez en la suma de seiscientos veinticinco millones de pesos, moneda chilena de curso legal. Dicha cartera se aporta en dominio, en este acto, y a contar de esta fecha, todos los títulos, valores, instrumentos financieros, cuotas de fondos mutuos, de fondos de inversión nacionales y extranjero de toda clase, depósitos a plazo y sus frutos devengados y por devengar, pertenecerán en dominio a la sociedad; y dos) doña Karin Franzi Jurgensen Elbo aporta la suma única y total de sesenta y dos millones de pesos, moneda chilena de curso legal, que enterara en arcas sociales dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha. Las partes acuerdan que don Francisco Javier Rosende Ramírez detentará el noventa coma noventa y siete por ciento de los derechos sociales en la sociedad, y doña Karin Franzi Jurgensen Elbo detenta el nueve coma cero tres por ciento restante de los mismos. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social, corresponderá a uno cualquiera de los socios, actuando por sí o a través de uno o más mandatarios debidamente autorizados. Para hacer uso de la razón social de la sociedad, el o los mandatarios correspondientes deberán anteponer la razón social a su firma. Actuando en la forma indicada, y con todas las facultades indicadas en escritura extractada, uno cualquiera de los socios administradores podrá actuar con amplios poderes en todo lo relativo al giro social. Los socios administradores no revisten la calidad de administradores estatutarios. Duracion: La sociedad tendrá una duración de cincuenta años a contar de la fecha de la escritura extractada, y se renovará tácita y sucesivamente por períodos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a los menos seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo. Responsabilidad de los socios: limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras cláusulas no son materia de extracto. Santiago, 18 de agosto de 2016.- P. Raby B. N. P.
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- CONSTITUCIÓN
Inversiones Rosende Jurgensen y Cia. Limitada
CVE 1102311
