Inversiones La Pastora Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
A) Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general; B) La realización de inversiones en toda clase de bienes, sean éstos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, bienes raíces urbanos o agrícolas, y la administración, arrendamiento o explotación de estas inversiones y sus frutos. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar directa o indirectamente a través de otras sociedades, las actividades que se encuentren relacionadas con los objetos antes señalados.
Capital
Capital total
$100.000
Capital integralizado
$2.000
Capital pendente
$98.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
BERNARDITA DEL ROSARIO CORREA DÍAZ Socio 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | 50% | $50.000 |
Socio 14.xxx.xxx-8 | 14.xxx.xxx-8 | 50% | $50.000 |
Administradores (2)
BERNARDITA DEL ROSARIO CORREA DÍAZ
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Bernardita Del Rosario Correa Díaz, RUN: 14.122.917-6, con domicilio en: ISIDORA GOYENECHEA N° 3162, LAS CONDES, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Antonio Serrano Reyes, RUN: 14.118.798- 8, con domicilio en: ISIDORA GOYENECHEA N° 3162, LAS CONDES, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 19 de febrero del 2014, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Inversiones La Pastora Limitada OBJETO: A) Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general; B) La realización de inversiones en toda clase de bienes, sean éstos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, bienes raíces urbanos o agrícolas, y la administración, arrendamiento o explotación de estas inversiones y sus frutos. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar directa o indirectamente a través de otras sociedades, las actividades que se encuentren relacionadas con los objetos antes señalados. DOMICILIO: Comuna de, región, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio, La sociedad no se disolverá como consecuencia del fallecimiento, disolución, quiebra, insolvencia, convenio judicial o prejudicial de alguno de los socios, continuando con los restantes socios de la sociedad y los herederos o legatarios del socio difunto, los continuadores legales o los que fueron socios de la sociedad disuelta o, los acreedores del socio fallido, insolvente o respecto del cual se ha aprobado un convenio judicial o prejudicial. Ocurrida alguna de las circunstancias mencionadas, los sucesores a cualquier título del socio, según corresponda, deberán designar un apoderado común que los represente en la sociedad. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $100.000 pesos, de los cuales se han enterado $2.000 pesos y quedan por enterar $98.000 pesos; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) BERNARDITA DEL ROSARIO CORREA DÍAZ se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $1.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y $49.000 pesos que enterará en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 3 mes(es) contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) ANTONIO SERRANO REYES se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $1.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y $49.000 pesos que enterará en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 3 mes(es) contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: BERNARDITA DEL ROSARIO CORREA DÍAZ, ANTONIO SERRANO REYES, cualquiera indistintamente. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.
Atuações recentes
- MIGRACIÓN
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CVE 2647298
