Inversiones La Laguna Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La inversión en todo tipo de activos, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, ya sea en Chile o en el extranjero; y el desarrollo, realización o celebración, a nombre propio o de terceros, cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios al fin señalado en el número (Uno) anterior.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
Ministerio del Interior VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2025, ante mí, Trinidad Vial Lecaros y Joaquín González Lira, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Norte N° 500, piso 11, oficina 1101, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “INVERSIONES LA LAGUNA LIMITADA”. Administración y uso razón social: Corresponde, individual e indistintamente, a Trinidad Vial Lecaros y a Joaquín Gonzalez Lira. Objeto social: (Uno) La inversión en todo tipo de activos, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, ya sea en Chile o en el extranjero; y (Dos) El desarrollo, realización o celebración, a nombre propio o de terceros, cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios al fin señalado en el número (Uno) anterior. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, monto que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: (Uno) Trinidad Vial Lecaros aporta la suma de quinientos mil pesos, que paga y entera en arcas sociales, en dinero efectivo en el acto de constitución; y (Dos) Joaquín González Lira aporta la suma de quinientos mil pesos, que paga y entera en arcas sociales, en dinero efectivo, en el acto de constitución. Duración: La Sociedad durará cinco años a contar de la fecha de constitución de la Sociedad, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años, cada uno, salvo que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad al final del período original o de cualquier prórroga que se encuentre vigente, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio competente, con a lo menos sesenta días de anticipación a la fecha prevista para la expiración del período original o de la prórroga respectiva, según corresponda. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de diciembre de 2025.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES LA LAGUNA LIMITADA
CVE 2742119
