Société par actions

Inversiones Casvic SpA

CONSTITUCIÓN — 1 sept. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-09-01Voir le PDF (CVE 2370800)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b/ Efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de Norte América, Euro, Yen y en general en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile; /c/ El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; /d/ El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; /e/ La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones, la realización de obras en general, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines señalados anteriormente; y, /f/ En general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. En el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, de capital, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

Diego José Castillo Labbé

Accionista

-

Margarita María Vicuña Tagle

Accionista

-

Texte officiel de l’extrait

HUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público, Titular de la vigésima sexta Notaría de Santiago, con oficio en avenida Apoquindo número 3196, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 25 de agosto de 2023, Rep. N°7.063, ante mí: /i/ don Diego José Castillo Labbé, y; /ii/ doña Margarita María Vicuña Tagle, ambos domiciliados para estos efectos en calle Iguazú número 5869, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyen una sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Social: La razón social será “INVERSIONES CASVIC SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “CASVIC SpA”, en adelante, la "Sociedad". Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b/ Efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de Norte América, Euro, Yen y en general en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile; /c/ El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; /d/ El estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; /e/ La ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones, la realización de obras en general, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines señalados anteriormente; y, /f/ En general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. En el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, de capital, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un $2.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga totalmente en este acto, de la manera establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. El capital social en sus posteriores aumentos deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de tres años contados desde la escritura de aumento de capital, según corresponda, salvo que en el respectivo aumento los accionistas pactaren un plazo diferente. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2023. HQM. Not. Pub.

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