Inmobiliaria Y Comercializadora Recreacional El Roble Huacho Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$140.000.000
摘要官方正文
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 30 de Noviembre de 2023, ante mí, Repertorio Nº6930/2023, don MARCELO PATRICIO GABRIEL FERREIRA BIZAMA, cédula de identidad número 3.939.331-K, domiciliado en San Martín 668, departamento 2 A, Concepción, realizó rectificación del Extracto de fecha 2 de noviembre del año 2023, publicado en el Diario Oficial N° 43.695, CVE 2402064, de fecha 8 de noviembre de 2023 e inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción a fojas 2012 vuelta número 1359 año 2023, señalando que de acuerdo a escritura de constitución de sociedad el CAPITAL asciende a la suma de $140.000.000.-, y no $200.000.000.-, como erróneamente se señaló en el extracto publicado e inscrito. respecto de la sociedad cuya razón social es "INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA RECREACIONAL EL ROBLE HUACHO LIMITADA". Nombre de Fantasía: “INMOBILIARIA EL ROBLE HUACHO LTDA.", Capital $140.000.000, constituida por escritura pública de fecha 16 de septiembre 2023, Primera Notaria de Concepción, ante el notario interino don Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, cuyo extracto se inscribió a fojas 2012 vuelta número 1359 año 2023 Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Concepción, publicada en el Diario Oficial número 43.695, con fecha 8 de noviembre de 2023. En lo no rectificado rige en su totalidad el pacto social.- CONCEPCIÓN, a 04 de Diciembre de 2023.
公司信息
公司目的
a) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, distribución y comercialización de toda clase de bienes, tanto muebles como inmuebles, por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos. b) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. c)La adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, corretaje y en general cualquier forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar, por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas. d) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios, pudiendo adquirirlos y enajenarlos, a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. y e) El desarrollo de la actividad agrícola en su más amplio sentido, incluyendo la compra y venta de inmuebles de uso preferentemente agrícolas, la compra y venta, importación y exportación de productos, frutos e insumos del giro, incluyendo maquinarías y vehículos, sea por cuenta propia o ajena y su comercialización, y toda actividad relacionada con el giro social.
资本
总资本
$200.000.000
实缴资本
$140.000.000
待缴资本
$60.000.000
股东(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI AGURTO Socio | - | 25% | $35.000.000 |
Socio | - | 25% | $35.000.000 |
Socio | - | 10% | $14.000.000 |
GLADYS DEL CARMEN ANFOSSI RIVERA Socio | - | 10% | $14.000.000 |
Socio | - | 10% | $14.000.000 |
Socio | - | 10% | $14.000.000 |
FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI RIVERA Socio | - | 10% | $14.000.000 |
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FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI AGURTO
摘要官方正文
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de Septiembre de de 2023, ante el Notario Interino que fue de esta ciudad don Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, Repertorio Nº5320/2023, don FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI AGURTO, domiciliado en calle Los Castaños número 227, Chiguayante; doña NANCY ESTER RIVERA HERNANDEZ, domiciliada en calle Los Castaños número 227, Chiguayante; doña NANCY OLIVIA ANFOSSI RIVERA, domiciliada en Curapalihue, kilómetro 2, Concepción; doña GLADYS DEL CARMEN ANFOSSI RIVERA, domiciliada en Avenida Andrés Bello 1.411, casa 2, Chillán; doña LAURA ESTER ANFOSSI RIVERA, domiciliada en Camino La Bodega 47, Colina, Región Metropolitana; doña LUCIA BEATRIZ ANFOSSI RIVERA, domiciliada en San Pedro Nolasco 229, Concepción; y don FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI RIVERA, domiciliado en Los Castaños 227, Chiguayante, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, monto respectivos aportes.- Razón social: "INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA RECREACIONAL EL ROBLE HUACHO LIMITADA", pudiendo abreviar la palabra Limitada por “LTDA”.- Nombre de fantasía: “INMOBILIARIA EL ROBLE HUACHO LTDA." Objeto: a) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, distribución y comercialización de toda clase de bienes, tanto muebles como inmuebles, por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos. b) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. c)La adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, corretaje y en general cualquier forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar, por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas. d) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios, pudiendo adquirirlos y enajenarlos, a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. y e) El desarrollo de la actividad agrícola en su más amplio sentido, incluyendo la compra y venta de inmuebles de uso preferentemente agrícolas, la compra y venta, importación y exportación de productos, frutos e insumos del giro, incluyendo maquinarías y vehículos, sea por cuenta propia o ajena y su comercialización, y toda actividad relacionada con el giro social. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a don FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI AGURTO y/o a doña LAURA ESTER ANFOSSI RIVERA, quienes actuando indistintamente, conjunta y o separadamente y anteponiendo sus firmas a la razón social la representarán y obligará con las más amplias facultades. Capital: $200.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente forma: $140.000.000.- que se aportan y aportarán de la siguiente manera: Uno) El socio don FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI AGURTO, la suma equivalente de $35.000.000.- que se ingresan mediante el dominio en propiedad de la nuda propiedad de las acciones y derechos que le corresponden en el predio agrícola ubicado en la Comuna de Florida , Provincia de Concepción, Región del Bíobío, de una extensión de más menos noventa y nueve coma cinco hectáreas y que deslinda: NORTE, con Fundo Curapalihue abajo; SUR, con Fundo La Greda y El Manzano, hoy propiedad de don Rolando Merino Reyes, como consecuencia de la venta que de una parte de su predio hizo a éste don Alberto Brieva; ORIENTE, con Fundo El Peral de don Rolando Merino Reyes; y, PONIENTE, con Hijuela Número Dos del antiguo Fundo Curapalihue, río o estero Curapalihue por medio, hoy de propiedad de don Serafín Méndez Brañas. La inscripción de dominio rola inscrita a fojas once número diez del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Florida, correspondiente al año mil novecientos noventa y seis. Rol de Avalúo Fiscal 219-01, comuna de Florida. Acciones y derechos valoradas en $35.000.000.- que han sido valorizadas de común acuerdo por los socios, de acuerdo a valores de referencia de predios vecinos y de tasadores de predios rústicos, reservándose el usufructo por el periodo de 15 años, y que en el caso de fallecimiento, este pasará a su cónyuge doña Nancy Ester Rivera Hernández, por el periodo que reste dicho usufructo. Dos) La socia doña NANCY ESTER RIVERA HERNANDEZ, la suma equivalente de $35.000.000.- que se ingresan mediante el dominio en propiedad de la nuda propiedad de las acciones y derechos que le corresponden en el predio agrícola ubicado en la Comuna de Florida , Provincia de Concepción, Región del Bíobío, de una extensión de más menos noventa y nueve coma cinco hectáreas y que deslinda: NORTE, con Fundo Curapalihue abajo; SUR, con Fundo La Greda y El Manzano, hoy propiedad de don Rolando Merino Reyes, como consecuencia de la venta que de una parte de su predio hizo a éste don Alberto Brieva; ORIENTE, con Fundo El Peral de don Rolando Merino Reyes; y, PONIENTE, con Hijuela Número Dos del antiguo Fundo Curapalihue, río o estero Curapalihue por medio, hoy de propiedad de don Serafín Méndez Brañas. La inscripción de dominio rola inscrita a fojas once número diez del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Florida, correspondiente al año mil novecientos noventa y seis. Rol de Avalúo Fiscal 219-01, comuna de Florida. Acciones y derechos valoradas en $35.000.000.- que han sido valorizadas de común acuerdo por los socios, de acuerdo a valores de referencia de predios vecinos y de tasadores de predios rústicos, reservándose el usufructo por el periodo de 15 años, y que, en el caso de fallecimiento, este pasará a su cónyuge don Fernando Enrique Anfossi Agurto, por el periodo que reste dicho usufructo. A mayor abundamiento se deja constancia que el referido predio agrícola individualizado precedentemente, se encuentra inscrito actualmente a nombre de don FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI AGURTO, en el Conservador de Bienes Raíces de Florida, el que fue adquirido durante la vigencia de la sociedad conyugal habida con doña Nancy Ester Rivera Hernández, sociedad conyugal que se le puso término por escritura pública debidamente subinscrita al margen de la correspondiente partida matrimonial. La liquidación de bienes no se ha sido practicada, razón por la cual se ha operado de la forma dicha. Tres) La socia doña NANCY OLIVIA ANFOSSI RIVERA, la suma de $14.000.000.- que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) La cantidad de $4.000.000.-, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y b) El saldo de $10.000.000.- en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades. Cuatro) La socia doña GLADYS DEL CARMEN ANFOSSI RIVERA, la suma de $14.000.000.- que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) La cantidad de $4.000.000.-, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y b) El saldo de $10.000.000.- en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades. Cinco) La socia doña LAURA ESTER ANFOSSI RIVERA, la suma de $14.000.000.- que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) La cantidad de $4.000.000.-, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y b) El saldo de $10.000.000.- en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades. Seis) La socia doña LUCIA BEATRIZ ANFOSSI RIVERA, la suma de $14.000.000.- que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) La cantidad de $4.000.000.-, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y b) El saldo de $10.000.000.- en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades. y Siete) El socio don FERNANDO ENRIQUE ANFOSSI RIVERA, la suma de $14.000.000.- que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) La cantidad de $4.000.000.-, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y b) El saldo de $10.000.000.- en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades. Domicilio: Concepción.- Duración: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de 15 años, renovándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses del término del período que estuviere en curso. Caso fallecimiento: continuará.- Arbitro Arbitrador: Abogado Marcelo Ferreira Bizama.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Se faculto para inscribir. CONCEPCION, 02 de Noviembre de 2023.-
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA RECREACIONAL EL ROBLE HUACHO LIMITADA
CVE 2418674
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA RECREACIONAL EL ROBLE HUACHO LIMITADA
CVE 2402064
