Inmobiliaria Orange Blossom Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La inversión, directa o a través de otras sociedades, personas o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, tales como acciones, bonos, cuotas de participación, letras hipotecarias, pagarés u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, como asimismo en bienes inmuebles; c) La participación, también como forma de participación, en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en estas últimas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión en fondos disponibles de la sociedad. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
Official extract text
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Público interino de la Séptima Notaría de Santiago, Agustinas 1161, entrepisos, comuna y ciudad de Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 12 de junio de 2024, bajo repertorio Nº5.463-2024, ante mí: doña Carla Macarena Piedra Fuentealba, en representación de doña ROSALIA ROMAN URCUYO, ambas domiciliadas en calle Camino de Las Nieves 1.458, Las Condes, Región Metropolitana, y don MARCIAL GONZALES PEREZ, domiciliado en calle Paris 824, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, conforme Ley N°3.918 y modificaciones, con siguientes menciones: RAZON SOCIAL: "INMOBILIARIA ORANGE BLOSSOM LIMITADA" pudiendo utilizar como nombre de fantasía el de “ORANGE BLOSSOM LTDA.”, para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante bancos comerciales y organismos públicos y privados. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a los socios de manera individual, separada e indistintamente, con la excepción y limitación de actuación conjunta en la forma y facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000.-, enterados y pagados por los socios en la proporción de un cincuenta por ciento cada uno. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) La inversión, directa o a través de otras sociedades, personas o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, tales como acciones, bonos, cuotas de participación, letras hipotecarias, pagarés u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, como asimismo en bienes inmuebles; c) La participación, también como forma de participación, en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en estas últimas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión en fondos disponibles de la sociedad. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. DURACION: 20 años contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante una escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de 6 meses, al menos, de anticipación al vencimiento del periodo inicial o de la respectiva prórroga. RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna de Frutillar de la Región de Los Lagos, sin perjuicio de poder abrir oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones pacto social. Santiago, 03 de julio de 2024.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA ORANGE BLOSSOM LIMITADA
CVE 2516001
