Inmobiliaria E Inversiones Gutierrez Y Gonzalez Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rústicos, la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derechos o cuotas en ellos, pisos oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, la construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, la comercialización, arriendo o explotación hotelera o turística de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento y leasing de todo tipo de bienes inmuebles, asimismo, podrá realizar inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean éstas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para el cumplimiento del objeto social, pudiendo tomar la representación de todo tipo de empresas nacionales o extranjeras; y cualquier otro negocio que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con el giro principal.
Capital
Total capital
$160.000.000
Paid-in capital
$160.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
DARÍO ANTONIO GUTIÉRREZ CONTRERAS Socio 11.xxx.xxx-4 | 11.xxx.xxx-4 | 60% | $96.000.000 |
VIVIANA JACQUELINE GONZALEZ BARRERA Socio 10.xxx.xxx-3 | 10.xxx.xxx-3 | 40% | $64.000.000 |
Administrators (1)
DARÍO ANTONIO GUTIÉRREZ CONTRERAS
Official extract text
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 03 de Noviembre 2023, Repertorio N°6330/2023, ante mí, DARÍO ANTONIO GUTIÉRREZ CONTRERAS, chileno, empresario, casado, C.I. 11.565.218-4, domiciliado en calle Bio Bio número 800, casa 31, del Condominio Bio Bio, comuna de Chiguayante, de paso en ésta; y doña VIVIANA JACQUELINE GONZALEZ BARRERA, chilena, enfermera, casada, C.I. 10.604.190-3, con domicilio en calle Bio Bio número 800, casa 31, del Condominio Bio Bio, comuna de Chiguayante; los comparecientes mayores de edad constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.Razón social: será “INMOBILIARIA E INVERSIONES GUTIERREZ Y GONZALEZ LIMITADA", y tendrá por nombre de fantasía “INMOBILIARIA G Y G LIMITADA”, pudiendo emplear la palabra "LIMITADA" abreviada por "LTDA.".Objeto: El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rústicos, la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derechos o cuotas en ellos, pisos oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, la construcción de toda clase de obras y edificios en predios propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, la comercialización, arriendo o explotación hotelera o turística de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento y leasing de todo tipo de bienes inmuebles, asimismo, podrá realizar inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean éstas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para el cumplimiento del objeto social, pudiendo tomar la representación de todo tipo de empresas nacionales o extranjeras; y cualquier otro negocio que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con el giro principal. Capital social: $160.000.000.- UNO) El socio DARÍO ANTONIO GUTIÉRREZ CONTRERAS aporta la cantidad de $96.000.000, equivalente al 60% del capital social, que el referido socio paga y entera mediante el aporte en dominio que efectúa a la sociedad que por este acto se constituye del bien raíz que a continuación se singulariza: Inmueble que consiste en el Lote número Uno resultante de la subdivisión del Lote 16 de la Parcela 47 ubicada en la comuna de Chiguayante, sector Manquimávida, hoy calle Coquimbo número 732 (ex seis). El Lote número Uno resultante de la subdivisión del Lote número 16, aprobada por Resolución número 266- G 89 de fecha 27 de junio del año 1994, otorgada por la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de Concepción, que junto con el plano de subdivisión y memoria explicativa se encuentran agregados al final del Registro de propiedad del Conservador de Bienes raíces de Concepción bajo el número 1805 del año 1996, según dicho plano el Lote número Uno tiene una superficie de 368,50 metros cuadrados y los siguientes deslindes: NORTE, con Lote Doce en 12,20 metros; SUR, con calle Coquimbo, en 12,20 metros; ORIENTE, con Lote Diecisiete en 30,30 metros; y, PONIENTE, en 30 metros con Lote propuesto número Dos de la subdivisión. El socio aportante adquirió el dominio por compra efectuada a don CESAR ANTONIO SOLIMANO MEDEL, celebrada por escritura pública de fecha 16 de septiembre del año 2020, otorgada ante la Notario Público de Chiguayante doña Guacolda Elizabeth Aedo Ormeño. El dominio a su nombre se encuentra inscrito a fojas 3728 vuelta, número 2147, del Registro Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante del año 2020. Para efectos del pago del impuesto territorial el inmueble tiene el rol de avalúo número 3117-155 de la comuna de Chiguayante. El inmueble recién singularizado se aporta como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentra, que es conocido de las partes, con todos sus usos, derechos, costumbres y servidumbres activas y pasivas. En la forma referida, el aportante DARÍO ANTONIO GUTIÉRREZ CONTRERAS, cede y transfiere, mediante este aporte a la sociedad que se constituye, el dominio y posesión que por sí y sus antecesores ha tenido hasta ahora sobre el inmueble antes individualizado. El presente aporte no queda afecto al Impuesto al Valor Agregado, por no existir hecho gravado de conformidad con lo dispuesto en la ley 18.630 u otras disposiciones legales. Para los efectos del aporte que por este acto se efectúa, las partes avalúan de común acuerdo el inmueble singularizado en $96.000.000. La sociedad que por este acto se constituye acepta el aporte del inmueble recién singularizado, en la suma indicada. DOS) La socia VIVIANA JACQUELINE GONZÁLEZ BARRERA aporta la cantidad de $64.000.000, equivalente al 40% del capital social, que la referida socia paga y entera mediante el aporte en dominio que efectúa a la sociedad que por este acto se constituye de los bienes raíces que a continuación se singularizan: A) Inmueble consistente en el lote diecisiete guion A, ubicado en calle Coquimbo número 724, de una superficie de 591,20 metros cuadrados. Y los siguientes deslindes particulares: NORTE, 29,34 metros con lote doce rol de avalúo 3117-144, lote trece rol de avalúo 3117-143, y lote catorce rol de avalúo 3117-142; SUR, en 14.67 metros con Calle Coquimbo y en 14.67 metros con Lote Dieciocho guion C de Propiedad de Luis Ernesto Holzapfel Nesbet rol de avalúo 3.117-153; ORIENTE, en 10 metros con lote Diecinueve y en 20,30 metros con Lote Dieciocho guion C, de propiedad de Luis Ernesto Holzapfel Nesbet rol de avalúo 3117-153; y PONIENTE, en 30,30 metros con lote dieciséis rol de avalúo 3117-155. El lote referido se originó de la fusión de los siguientes lotes a) Inmueble denominado lote diecisiete de la subdivisión de la parcela número cuarenta y siete, actualmente Calle Coquimbo número 724 (ex 536), ubicada en la comuna de Chiguayante, sector Manquimavida, Provincia de Concepción. El lote número diecisiete tiene una superficie de 444,50 metros cuadrados y los siguientes deslindes: NORTE, lote doce y trece, en 14,67 metros; SUR, calle Coquimbo, en 14,67 metros; ORIENTE, lote dieciocho, en 30,30 metros; PONIENTE, lote dieciséis, en 30,30 metros. y b) Lote Dieciocho guión B de la comuna de Chiguayante que tiene una superficie de 146,70 metros cuadrados, y con los siguientes deslindes particulares: NORTE: en 14,67 metros con Lote trece rol de avalúo 3117-143 y lote catorce rol de avalúo 3117-142; SUR, en 14,67 metros con lote dieciocho guion A propuesto; ORIENTE, en 10 metros con Lote Diecinueve rol de avalúo 3117-152; y PONIENTE: en 10 metros con lote diecisiete rol de avalúo 3117-154 de propiedad de Viviana Jacqueline González Barrera. El dominio a nombre de la aportante se encuentra inscrito a fojas 1164 vuelta, número 977, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante correspondiente al año 2020. Para efectos del pago del impuesto territorial, el inmueble tiene el rol de avalúo 3117-154 de la comuna de Chiguayante. El inmueble recién singularizado se aporta como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentra, que es conocido de las partes, con todos sus usos, derechos, costumbres y servidumbres activas y pasivas. En la forma referida, la aportante VIVIANA JACQUELINE GONZALEZ BARRERA, cede y transfiere, mediante este aporte a la sociedad que se constituye, el dominio y posesión que por sí y sus antecesores ha tenido hasta ahora sobre el inmueble antes individualizado. El presente aporte no queda afecto al Impuesto al Valor Agregado, por no existir hecho gravado de conformidad con lo dispuesto en la ley dieciocho mil seiscientos treinta u otras disposiciones legales. Para los efectos del aporte que por este acto se efectúa, las partes avalúan de común acuerdo el inmueble singularizado en la suma de $31.000.000; La sociedad que por este acto se constituye acepta el aporte de los inmuebles recién singularizados, en las sumas indicadas. B) Inmueble consistente en el Lote número trece de la subdivisión de la Parcela cuarenta y siete, Sector Manquimávida de la comuna de Chiguayante. Dicho inmueble tiene una superficie de 440,19 metros cuadrados y los siguientes deslindes: NORTE, calle Nueva, hoy pasaje Galvarino, en 14,48 metros; SUR, lotes diecisiete y dieciocho, en 14,48 metros; ORIENTE, lote catorce, en 30,40 metros; PONIENTE, lote doce, en 30,40 metros. El título de dominio a nombre de la aportante se encuentra inscrito a fojas 1920 vuelta, número 1246, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante correspondiente al año 2016. Adquirió el dominio por compra efectuada a don Rodemil del Carmen Córdova Salazar, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de fecha 16 de mayo del año 2016, otorgada en la Notaría de Chiguayante de doña Guacolda Elizabeth Aedo Ormeño. En la forma referida, la aportante doña VIVIANA JACQUELINE GONZÁLEZ BARRERA cede y transfiere, mediante este aporte a la sociedad que se constituye, el dominio y posesión que por sí y sus antecesores ha tenido hasta ahora sobre los inmuebles antes individualizados. Para efectos del pago del impuesto territorial, el inmueble tiene el rol de avalúo 3117-143 de la comuna de Chiguayante. El inmueble recién singularizado se aporta como cuerpo cierto, en el estado en que se encuentra, que es conocido de las partes, con todos sus usos, derechos, costumbres y servidumbres activas y pasivas. El presente aporte no queda afecto al Impuesto al Valor Agregado, por no existir hecho gravado de conformidad con lo dispuesto en la ley dieciocho mil seiscientos treinta u otras disposiciones legales. Para los efectos del aporte que por este acto se efectúa, las partes avalúan de común acuerdo el inmueble singularizado en $33.000.000. La sociedad que por este acto se constituye acepta el aporte del inmueble recién singularizado, en la suma indicadas. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don DARÍO ANTONIO GUTIÉRREZ CONTRERAS. Amplias facultades en escritura extractada.- Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años a partir de la fecha de esta escritura. Vencido este término, la sociedad se entenderá renovada en forma tácita y automática por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública cuyo contenido deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de esta escritura en el Registro de Comercio correspondiente, con una anticipación no inferior a sesenta corridos días al vencimiento del plazo antes indicado, o de la última prórroga que hubiere operado. Domicilio: Chiguayante, sin perjuicio de las agencias que pueda establecer en otras comunas. Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada. En Concepción, 07 de Noviembre de 2023.-
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- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES GUTIERREZ Y GONZALEZ LIMITADA
CVE 2403791
