Inmobiliaria Bl Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La adquisición, enajenación, administración y explotación de bienes raíces propios o de terceros, urbanos o rurales, por cualquier título, incluyendo la compraventa, permuta, adjudicación, aporte y cualquier otra forma de adquisición o transferencia de dominio; el arrendamiento de dichos inmuebles sin amoblar, así como la celebración de contratos de comodato, uso y cualquier otro acto o contrato que implique la cesión del uso o goce de los mismos; la realización de obras de mejoramiento, reparación, ampliación, remodelación y, en general, la mantención de los inmuebles sociales; y, en general, la ejecución de todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes para la administración y explotación del patrimonio inmobiliario de la Sociedad.
资本
总资本
$811.662.924
实缴资本
$811.662.924
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | 50% | $405.831.462 |
María José Magdalena López Reitze Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 50% | $405.831.462 |
管理人(2)
María José Magdalena López Reitze
摘要官方正文
Ministerio del Interior JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N°222, piso 11, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de junio de 2026, Repertorio N°16.322-2026, otorgada ante mí, don Jaime Andrés Bravo Hepp cédula de identidad N°9.911.540-8, y doña María José Magdalena López Reitze cédula de identidad N°15.383.776-7, ambos domiciliados en Avenida Padre Hurtado Norte N°2.222, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo estatuto extracto a continuación: 1) RAZÓN SOCIAL. La razón social será “INMOBILIARIA BL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos, incluso fines comerciales, tributarios, bancarios y publicitarios, el nombre de fantasía “Inmobiliaria BL Ltda”, en adelante también la “Sociedad”. 2) OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición, enajenación, administración y explotación de bienes raíces propios o de terceros, urbanos o rurales, por cualquier título, incluyendo la compraventa, permuta, adjudicación, aporte y cualquier otra forma de adquisición o transferencia de dominio; b) El arrendamiento de dichos inmuebles sin amoblar, así como la celebración de contratos de comodato, uso y cualquier otro acto o contrato que implique la cesión del uso o goce de los mismos; c) La realización de obras de mejoramiento, reparación, ampliación, remodelación y, en general, la mantención de los inmuebles sociales; y, d) En general, la ejecución de todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes para la administración y explotación del patrimonio inmobiliario de la Sociedad. 3) CAPITAL. El capital de la Sociedad es $811.662.924, íntegramente aportado, enterado y pagado por los socios en este acto de la siguiente manera: 1) don Jaime Andrés Bravo Hepp aporta $405.831.462, equivalentes al 50% del capital social y derechos sociales, que entera y paga íntegramente en este acto mediante la cesión y aporte en propiedad a la Sociedad del 50% de los derechos de dominio que le corresponden sobre el inmueble individualizado en el artículo primero transitorio de la escritura; y 2) doña María José Magdalena López Reitze aporta $405.831.462, equivalentes al 50% del capital social y derechos sociales, que entera y paga íntegramente en este acto mediante la cesión y aporte en propiedad a la Sociedad del 50% de los derechos de dominio que le corresponden sobre el mismo inmueble. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 4) ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida por don Jaime Andrés Bravo Hepp y doña María José Magdalena López Reitze, quienes podrán actuar separada e indistintamente, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. 5) DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. El plazo de duración de la Sociedad será de 20 años contados desde la fecha de este instrumento, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, a menos que unánimemente los socios manifestaren su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas mediante declaración efectuada por escritura pública, con a lo menos 3 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad. En ningún caso podrán los socios ponerle término anticipado a la Sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 21 de julio de 2026.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA BL LIMITADA
CVE 2843659
