Importadora Y Exportadora Bigotes Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La importación, exportación, compra, venta, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, acciones y demás derechos, títulos de crédito o documentos de inversión, como también productos manufacturados o materias primas, insumos agrícolas, agropecuarios, vitivinícolas, textiles y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros, en especial; ropa de cama, sábanas, plumones, frazadas, cubrecamas, almohadas, cojines, artículos para el hogar y oficina, cristalería, porcelana, juguetes, rodados y bicicletas, prendas de vestir, calzado, fantasías y accesorios, perfumes, joyas, bisutería, relojería, carteras, celulares, computadores, repuestos y accesorios, artículos eléctricos y electrónicos, lámparas, herramientas, artículos de ferretería y materiales de construcción, repuestos para vehículos y todo tipo de bienes muebles en general, en general cualquier otra actividad que los socios acuerden estando o no comprometido en el giro social, bastando solo previa comunicación por escrito al Servicio de Impuestos Internos.
资本
总资本
$20.000.000
实缴资本
$20.000.000
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 23.xxx.xxx-7 | 23.xxx.xxx-7 | 20% | $4.000.000 |
Socio 24.xxx.xxx-0 | 24.xxx.xxx-0 | 20% | $4.000.000 |
Socio 26.xxx.xxx-3 | 26.xxx.xxx-3 | 20% | $4.000.000 |
Socio 25.xxx.xxx-0 | 25.xxx.xxx-0 | 20% | $4.000.000 |
Socio 26.xxx.xxx-1 | 26.xxx.xxx-1 | 20% | $4.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Titular 19 Notaría Santiago, con oficio en Bandera 341 oficina 352, certifico por escritura pública, Repertorio Nº 15.656 de fecha 24 de mayo del 2018, ante mí: Don YUNPING CHEN, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 23. 803.903-7, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago; doña WEIWEI YE, de nacionalidad China, soltera, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 24.154.230-0, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago; don JIANWU ZOU, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 26. 043.499-3, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago; don JIALIAN ZHOU, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 25.382.694-0, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago, y don JIANHUA ZHANG, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 26.135.231-1, con domicilio en calle Sazie número dos mil ochocientos setenta, de la comuna de Santiago, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: La razón social será “IMPORTADORA Y EXPORTADORA BIGOTES LIMITADA”, pudiendo actuar indistintamente con el nombre de fantasía “IMPORTADORA BIGOTES LTDA.”, ante bancos o entidades públicas o privadas.- Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero.- Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago para todos los efectos de este contrato.- Objeto: El objeto de la sociedad será, la importación, exportación, compra, venta, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, acciones y demás derechos, títulos de crédito o documentos de inversión, como también productos manufacturados o materias primas, insumos agrícolas, agropecuarios, vitivinícolas, textiles y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros, en especial; ropa de cama, sábanas, plumones, frazadas, cubrecamas, almohadas, cojines, artículos para el hogar y oficina, cristalería, porcelana, juguetes, rodados y bicicletas, prendas de vestir, calzado, fantasías y accesorios, perfumes, joyas, bisutería, relojería, carteras, celulares, computadores, repuestos y accesorios, artículos eléctricos y electrónicos, lámparas, herramientas, artículos de ferretería y materiales de construcción, repuestos para vehículos y todo tipo de bienes muebles en general, en general cualquier otra actividad que los socios acuerden estando o no comprometido en el giro social, bastando solo previa comunicación por escrito al servicio de Impuestos Internos.- Capital: El capital social será la suma de veinte millones de pesos, que los socios suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: el socio don YUNPING CHEN, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo; la socia doña WEIWEI YE aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo; el socio don JIANWU ZOU, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo; don JIALIAN ZHOU, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo, y don JIANHUA ZHANG, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo, quedando enterado y aportados y en caja social un monto total de veinte millones de pesos.- Utilidades y Perdidas: Las utilidades y eventuales pérdidas que pudiere tener la sociedad se repartirán entre los socios de la siguiente forma: YUNPING CHEN, con el veinte por ciento; WEIWEI YE, con el veinte por ciento, JIANWU ZOU, con el veinte por ciento; JIALIAN ZHOU, con el veinte por ciento; y JIANHUA ZHANG, con el veinte por ciento: Administración y uso razón social: La administración, el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá a don YUNPING CHEN, a quien se confieren todas las facultades establecidas en esta cláusula quienes anteponiendo la razón social a sus firmas obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, y en especial, además en la celebración de los siguientes actos y contratos, no siendo necesario acreditar ante terceros si ellos corresponden o no al giro comercial.- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda estrictamente limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años renovables, a contar de la fecha de la presente escritura y se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos de igual duración si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública en tal sentido, que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación, mínima de 6 meses antes del término de su renovación.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Junio del 2018. PEDRO R. REVECO H.
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公司目的
La importación, exportación, compra, venta, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, acciones y demás derechos, títulos de crédito o documentos de inversión, como también productos manufacturados o materias primas, insumos agrícolas, agropecuarios, vitivinícolas, textiles y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros, en especial; ropa de cama, sábanas, plumones, frazadas, cubrecamas, almohadas, cojines, artículos para el hogar y oficina, cristalería, porcelana, juguetes, rodados y bicicletas, prendas de vestir, calzado, fantasías y accesorios, perfumes, joyas, bisutería, relojería, carteras, celulares, computadores, repuestos y accesorios, artículos eléctricos y electrónicos, lámparas, herramientas, artículos de ferretería y materiales de construcción, repuestos para vehículos y todo tipo de bienes muebles en general, en general cualquier otra actividad que los socios acuerden estando o no comprometido en el giro social, bastando solo previa comunicación por escrito al servicio de Impuestos Internos.
资本
总资本
$20.000.000
实缴资本
$20.000.000
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 23.xxx.xxx-7 | 23.xxx.xxx-7 | 20% | $4.000.000 |
Socio 24.xxx.xxx-0 | 24.xxx.xxx-0 | 20% | $4.000.000 |
Socio 26.xxx.xxx-3 | 26.xxx.xxx-3 | 20% | $4.000.000 |
Socio 25.xxx.xxx-0 | 25.xxx.xxx-0 | 20% | $4.000.000 |
Socio 26.xxx.xxx-1 | 26.xxx.xxx-1 | 20% | $4.000.000 |
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PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Titular 19 Notaría Santiago, con oficio en Bandera 341 oficina 352, certifico por escritura pública, Repertorio Nº 15.656 de fecha 24 de mayo del 2018, ante mí: Don YUNPING CHEN, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 23. 803.903-7, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago; doña WEIWEI YE, de nacionalidad China, soltera, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 24.154.230-0, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago; don JIANWU ZOU, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 26. 043.499-3, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago; don JIALIAN ZHOU, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 25.382.694-0, con domicilio en calle Sazie Nº 2870, de la comuna de Santiago, Santiago, y don JIANHUA ZHANG, de nacionalidad China, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjero Nº 26.135.231-1, con domicilio en calle Sazie número dos mil ochocientos setenta, de la comuna de Santiago, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: La razón social será “IMPORTADORA Y EXPORTADORA BIGOTES LIMITADA”, pudiendo actuar indistintamente con el nombre de fantasía “IMPORTADORA BIGOTES LTDA.”, ante bancos o entidades públicas o privadas.- Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero.- Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago para todos los efectos de este contrato.- Objeto: El objeto de la sociedad será, la importación, exportación, compra, venta, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, acciones y demás derechos, títulos de crédito o documentos de inversión, como también productos manufacturados o materias primas, insumos agrícolas, agropecuarios, vitivinícolas, textiles y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros, en especial; ropa de cama, sábanas, plumones, frazadas, cubrecamas, almohadas, cojines, artículos para el hogar y oficina, cristalería, porcelana, juguetes, rodados y bicicletas, prendas de vestir, calzado, fantasías y accesorios, perfumes, joyas, bisutería, relojería, carteras, celulares, computadores, repuestos y accesorios, artículos eléctricos y electrónicos, lámparas, herramientas, artículos de ferretería y materiales de construcción, repuestos para vehículos y todo tipo de bienes muebles en general, en general cualquier otra actividad que los socios acuerden estando o no comprometido en el giro social, bastando solo previa comunicación por escrito al servicio de Impuestos Internos.- Capital: El capital social será la suma de veinte millones de pesos, que los socios suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: el socio don YUNPING CHEN, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo; la socia doña WEIWEI YE aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo; el socio don JIANWU ZOU, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo; don JIALIAN ZHOU, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo, y don JIANHUA ZHANG, aporta en este acto con cuatro millones de pesos, en dinero efectivo, quedando enterado y aportados y en caja social un monto total de veinte millones de pesos.- Utilidades y Perdidas: Las utilidades y eventuales pérdidas que pudiere tener la sociedad se repartirán entre los socios de la siguiente forma: YUNPING CHEN, con el veinte por ciento; WEIWEI YE, con el veinte por ciento, JIANWU ZOU, con el veinte por ciento; JIALIAN ZHOU, con el veinte por ciento; y JIANHUA ZHANG, con el veinte por ciento: Administración y uso razón social: La administración, el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá a don YUNPING CHEN, a quien se confieren todas las facultades establecidas en esta cláusula quienes anteponiendo la razón social a sus firmas obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, y en especial, además en la celebración de los siguientes actos y contratos, no siendo necesario acreditar ante terceros si ellos corresponden o no al giro comercial.- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda estrictamente limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La Sociedad no se disuelve en caso de fallecimiento, incapacidad, sobreviviente, insolvencia de la sociedad o de algún socio o de cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio.- La sociedad continua en tales eventos que se refieren a un socio, con el socio afectado o con sus herederos o causahabientes, representados por quien corresponda en derecho, el cual no tendrá facultades de administración, salvo acuerdo en contrario.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Junio del 2016. PEDRO R. REVECO H.
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