Limited liability company

Herencia Digital Limitada

CONSTITUCIÓN — Sep 22, 2021

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2021-09-22View PDF (CVE 2012935)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de tres años cada uno
Administration: conjunta e indistintamente por ambos socios, anteponiendo a sus firma la razón social

Corporate purpose

El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en el área de la computación, marketing, el desarrollo de comercio electrónico, tecnología de la información, publicidad y comunicaciones. La Administración de bienes digitales, tales como: fotos, videos, archivos, contratos, testamentos, herencias, tutorías, testimonios, RRSS, correos y todos aquellos bienes que tengan carácter digital. Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como el extranjero, relativo a todo tipo de bienes, ya sean bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnología, efecto de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, moneda o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, en general cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones. La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas. Prestar servicios profesionales y asesorías, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados. Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro.

Capital

Total capital

$4.000.000

Paid-in capital

$4.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

JOSE LUIS DEISSEN GONZALEZ

Socio

9.xxx.xxx-2

50%

MARCELA SOLANGE ONEL BOADA

Socio

11.xxx.xxx-k

50%

Administrators (2)

JOSE LUIS DEISEN GONZALEZ

9.xxx.xxx-2Administrador

MARCELA SOLANGE ONEL BOADA

11.xxx.xxx-kAdministrador

Official extract text

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública del día de hoy ante mí, comparece don JOSE LUIS DEISEN GONZALEZ, chileno, casado, biólogo, cédula nacional de identidad número nueve millones seiscientos setenta y tres mil novecientos cinco guion dos; y doña MARCELA SOLANGE ONEL BOADA, chilena, soltera, administrador de empresas, cédula nacional de identidad once millones ochocientos cuarenta y nueve mil trecientos treinta y dos guión k, todos domiciliados en calle Ernesto Hevia número cinco mil ochocientos ochenta, comuna de La Reina, en la ciudad de Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: Razón social será HERENCIA DIGITAL Limitada, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía de HD Ltda. ó Herencia Digital Ltda.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles. b) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en el área de la computación, marketing, el desarrollo de comercio electrónico, tecnología de la información, publicidad y comunicaciones. c) La Administración de bienes digitales, tales como: fotos, videos, archivos, contratos, testamentos, herencias, tutorías, testimonios, RRSS, correos y todos aquellos bienes que tengan carácter digital. d) Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como el extranjero, relativo a todo tipo de bienes, ya sean bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnología, efecto de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, moneda o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, en general cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones. e) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas. f) Prestar servicios profesionales y asesorías, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados. g) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos la sociedad entre otros actos podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el integro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social.- Capital: El capital social es la cantidad de cuatro millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don JOSE LUIS DEISSEN GONZALEZ, la cantidad de DOS MILLONES DE PESOS que corresponde al cincuenta por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y, b) doña MARCELA SOLANGE ONEL BOADA, la cantidad de DOS MILLONES DE PESOS que corresponde al cincuenta por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. - Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JOSE LUIS DEISEN GONZALEZ y doña MARCELA ONEL BOADA, quienes deberán actuar conjunta, e indistintamente, y anteponiendo a sus firma la razón social.- Duración: Duración de la sociedad será cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de septiembre de 2021.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Herencia Digital Limitada

    CVE 2012935

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