Limited liability company

Diseña Y Construye Ltda.

CONSTITUCIÓN — Oct 22, 2022

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2022-10-22View PDF (CVE 2205754)

Corporate information

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Total capital

$20.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES

Socio

17.xxx.xxx-7

50%

ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA

Socio

16.xxx.xxx-8

50%

Official extract text

ARTURO WEVAR PALMA, abogado, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 19 de octubre de dos mil veintidós, inscrita bajo Repertorio N° 4459, ante mí, don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES, Chileno, soltero, Constructor Civil, Cedula Nacional de Identidad número diecisiete millones novecientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y seis guión siete, domiciliado en Tegucigalpa, número tres mil cuatrocientos setenta, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, Chileno, casado, Constructor Civil, Cedula Nacional de Identidad número dieciséis millones quinientos dieciséis mil novecientos treinta y dos guión ocho, domiciliado en Uruguay, número mil doscientos trece, departamento catorce, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, de paso por esta ciudad, los compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes referida, expusieron: PRIMERO: don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES, Chileno, soltero, Constructor Civil, Cedula Nacional de Identidad número diecisiete millones novecientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y seis guión siete, domiciliado en Tegucigalpa, número tres mil cuatrocientos setenta, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, Chileno, casado, Constructor Civil, Cedula Nacional de Identidad número dieciséis millones quinientos dieciséis mil novecientos treinta y dos guión ocho, domiciliado en Uruguay, número mil doscientos trece, departamento catorce, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, constituyeron en esta Notaría con fecha 11 de julio de 2022, la Sociedad de responsabilidad limitada denominada “DISEÑA Y CONSTRUYE LTDA”, Ó “DISEÑA & CONSTRUYE LTDA”. SEGUNDO: Que por un error involuntario, se consignó en el Extracto de la escritura constitutiva ya señalada en “QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad será la cantidad de VEINTE MILLONES DE PESOS, que se entera y aporta de la siguiente manera: a) Don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES, aporta la suma de diez millones de pesos pagados de esta forma: al contado quinientos mil pesos ingresados a la caja de la Sociedad, y el saldo de nueve millones quinientos mil pesos a enterar en un plazo de 5 años y b) Don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, aporta la suma de diez millones de pesos pagados de esta forma: al contado quinientos mil pesos ingresados a la caja de la Sociedad, y el saldo de nueve millones quinientos mil pesos a enterar en un plazo de 5 años. Debiendo ser reemplazado por “QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social asciende a la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: Uno. El socio CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES, con la suma de diez millones de pesos, que entera y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de quinientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) Con la suma de nueve millones quinientos mil pesos en sesenta cuotas iguales y sucesivas de ciento cincuenta y ocho mil trescientos treinta y tres pesos, a partir de la firma de este pacto social. Dos: El socio don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, con la suma de diez millones de pesos, que entera y paga de la siguiente forma: a) Con la suma de quinientos mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) Con la suma de nueve millones quinientos mil pesos en sesenta cuotas iguales y sucesivas de ciento cincuenta y ocho mil trescientos treinta y tres pesos, a partir de la firma de este pacto social. En consecuencia quedan como únicos socios don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES y don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales respectivamente quienes se repartirán las ganancias o pérdidas de acuerdo a sus respectivos aportes. TERCERO: Que, ante dicha situación y de acuerdo a la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, artículo tercero, los comparecientes don CHRISTOPHER ERICKS QUIJADA CANALES y don ANWAR RICARDO BROUDISSOND FONSECA, junto con rectificar el Extracto respectivo en los términos establecidos en la cláusula anterior, esto es, el de “especificar el capital social y como se realizaran sus respectivos aportes, viene además, en sanear cualquier tipo de vicio de nulidad que se pudiera haber producido a causa de lo antes descrito”, manifestando a mayor abundamiento su voluntad de ratificar la constitución de la sociedad en los términos citados en la misma, por lo cual mediante el presente instrumento se dan por reproducidas todas sus estipulaciones y se ratifican en todas sus partes todo cuanto estipuló en el citado estatuto social, solicitándose se cumpla con la oportuna inscripción en el Registro de Comercio, dejándose constancia en ella del presente saneamiento; CUARTO: Se faculta al portador de copia autorizada de este instrumento, para solicitar la inscripción del mismo en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, así como las publicaciones de rigor en el Diario Oficial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.. TEMUCO, 20 de octubre de 2022.

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