Cva Center SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de reacondicionamiento físico, tratamientos o terapias de kinesiología, la compra y venta o comercialización de complementos deportivos y suplementos alimenticios, la explotación a cualquier título de gimnasios o cualquier otro establecimiento deportivo, y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior.
Capital
Total capital
$30.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$27.000.000
Shares
900
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 20.xxx.xxx-5 | 20.xxx.xxx-5 | 33.333333333333336% | $10.000.000 |
AMARO RODRIGO VALENZUELA RODRÍGUEZ Accionista 20.xxx.xxx-4 | 20.xxx.xxx-4 | 33.333333333333336% | $10.000.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-6 | 18.xxx.xxx-6 | 33.333333333333336% | $10.000.000 |
Official extract text
Ministerio del Interior MAURO FABIÁN AROCA GUERRERO, Abogado, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1.161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 14 de Agosto de 2026, otorgada ante mí, bajo Repertorio Nº 7.853 – 2.026, don BENJAMÍN SANTIAGO ARRUÉ EBNER, chileno, soltero, kinesiólogo, C.I. Nº 20.428.682-5, domiciliado en calle Parque La Hacienda Norte Nº 6180, Dpto. Nº 205 A, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago; don AMARO RODRIGO VALENZUELA RODRÍGUEZ, chileno, soltero, kinesiólogo, C.I. Nº 20.240.303-4, domiciliado en calle Torre Nueva Poniente Nº 332, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, de paso en esta comuna; y don IGNACIO CORCES MANNS, chileno, soltero, profesor de educación física, C.I. Nº 18.634.672-6, domiciliado en calle Hermanos Cabot Nº 6671, Dpto. Nº 92, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; constituyeron Sociedad por Acciones, Nombre: “CVA CENTER SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago, sobre la que tiene competencia el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de reacondicionamiento físico, tratamientos o terapias de kinesiología, la compra y venta o comercialización de complementos deportivos y suplementos alimenticios, la explotación a cualquier título de gimnasios o cualquier otro establecimiento deportivo, y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior. Capital: $30.000.000, dividido en 900 acciones, ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, suscrito y pagado como se indica: a) don BENJAMÍN SANTIAGO ARRUÉ EBNER, suscribe 300 acciones, las que paga mediante ingreso en este acto de $1.000.000 en la caja social, y comprometiéndose a enterar el saldo de $9.000.000 en el plazo máximo de 90 días contados desde fecha de escritura; b) don AMARO RODRIGO VALENZUELA RODRÍGUEZ, suscribe 300 acciones, las que paga mediante ingreso en este acto de $1.000.000 en la caja social, y comprometiéndose a enterar el saldo de $9.000.000 en el plazo máximo de 90 días contados desde fecha de escritura; y c) don IGNACIO CORCES MANNS, suscribe 300 acciones, las que paga mediante ingreso en este acto de $1.000.000 en la caja social, y comprometiéndose a enterar el saldo de $9.000.000 en el plazo máximo de 90 días contados desde fecha de escritura. En consecuencia, la totalidad de las acciones se encuentran íntegramente suscritas. Administración y Representación: (A) La Sociedad será administrada por un Directorio de 3 miembros, quienes deberán ser personas naturales y no necesitarán ser accionistas de la Sociedad. (B) El Directorio deberá ser designado, y podrá ser revocado mediante (i) Junta de Accionistas de la Sociedad con la aprobación de dos tercios de los integrantes; (ii) por escritura pública otorgada en Chile por la totalidad de los accionistas, personalmente o representados, como acuerdo sin forma de junta; o (iii) por instrumento privado otorgado por la totalidad de los accionistas como acuerdo sin forma de junta en el extranjero, que deberá ser reducido a escritura pública ante un Notario Público o ante quién haga sus veces en el territorio de la República de Chile. (C) A partir del tercer año se podrán reemplazar los miembros del directorio, mediante acuerdo de la junta de accionistas con aprobación de dos tercios de las acciones presentes o representadas con derecho a voto, si es que previamente no ha sido revocado su mandato. De la designación del Directorio se deberá tomar nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio respectivo del extracto de la escritura pública de constitución de la Sociedad. Facultades del Directorio. La sociedad actuará válidamente mediante 2 cualquiera de los directores nombrados, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social tendrán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 17 de Agosto de 2026.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 2857736
