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Sociedade por Ações

Cox Concesiones Eléctricas Chile SpA

CONSTITUCIÓN — 18 de jul. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-07-18Ver PDF (CVE 2840793)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida
Administração: Directorio integrado por tres miembros, por un periodo de tres años, renovable

Objeto social

a) el desarrollo de actividades industriales relativas a la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica e instalaciones eléctricas y mecánicas en general; actividades de producción, comercialización y prestación de servicios relacionados con la fabricación de equipos y de componentes eléctricos, mecánicos y estructurales; b) la producción, transporte, distribución, suministro, adquisición, venta y en general la comercialización de energía eléctrica, pudiendo para tales efectos obtener, adquirir y gozar de las concesiones y autorizaciones respectivas; c) prestar servicios de consultoría en producción, transporte, distribución, suministro, adquisición, venta, comercialización y en general en todos los ámbitos relacionados a la energía; d) adquirir, diseñar, construir, mantener, administrar o explotar a cualquier título, obras de infraestructura eléctrica o unidades de generación hidráulicas, solares, térmicas, eólicas o de cualquier otro tipo, e) La inversión en todo tipo de proyectos que se relacionen con la construcción, mantención y operación de activos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, especialmente líneas de transmisión eléctrica, y la participación e inversión en sociedades de todo tipo. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, así como otorgar garantías tanto reales como personales sobre toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de concesiones mineras o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; participar en licitaciones de cualquier especie; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la ley general de servicios eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines sociales

Capital

Capital total

$1.000.000

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Cox Chile S.A.

Accionista

96.521.440-2

-

Cox Inmobiliaria Chile S.A.

Accionista

76.418.687-7

-

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública del 08 de julio del año 2026, Repertorio N° 8.320.-/2026, otorgada ante mí, Cox Chile S.A., RUT N° 96.521.440-2, y Cox Inmobiliaria Chile S.A., RUT N°76.418.687-7, ambas domiciliadas en calle Las Araucarias número 9130 comuna de Quilicura, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones bajo las siguientes estipulaciones: Razón Social: Cox Concesiones Eléctricas Chile SpA; Domicilio:La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que se establezcan, en el país o en el extranjero, Objeto: a) el desarrollo de actividades industriales relativas a la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica e instalaciones eléctricas y mecánicas en general; actividades de producción, comercialización y prestación de servicios relacionados con la fabricación de equipos y de componentes eléctricos, mecánicos y estructurales; b) la producción, transporte, distribución, suministro, adquisición, venta y en general la comercialización de energía eléctrica, pudiendo para tales efectos obtener, adquirir y gozar de las concesiones y autorizaciones respectivas; c) prestar servicios de consultoría en producción, transporte, distribución, suministro, adquisición, venta, comercialización y en general en todos los ámbitos relacionados a la energía; d) adquirir, diseñar, construir, mantener, administrar o explotar a cualquier título, obras de infraestructura eléctrica o unidades de generación hidráulicas, solares, térmicas, eólicas o de cualquier otro tipo, e) La inversión en todo tipo de proyectos que se relacionen con la construcción, mantención y operación de activos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, especialmente líneas de transmisión eléctrica, y la participación e inversión en sociedades de todo tipo. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, así como otorgar garantías tanto reales como personales sobre toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de concesiones mineras o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; participar en licitaciones de cualquier especie; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la ley general de servicios eléctricos y demás normas que regulan la actividad eléctrica, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines sociales; Duración: Indefinida; Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de un millón de pesos, dividido en mil acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, capital que se suscribe y paga en la forma señalada en las disposiciones transitorias de la escritura de constitución de la sociedad; Administración: La sociedad será administrada por un Directorio integrado por tres miembros, los que durarán en sus funciones por el periodo de tres años, renovable. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de julio del año 2026.- Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Publico Titular. AVB

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