Cooperativa De Trabajo Concón Recicla Limitada
Diario Oficial
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Capital
Total capital
$320.000.-
Paid-in capital
$320.000.-
Pending capital
$0.-
Shares
3,200
Official extract text
Luis Felipe Sepúlveda Ponce, Notario Público Titular de Valparaíso, con oficio en calle Prat 863, Valparaíso, certifico que: con fecha 28 de enero del año 2025 se redujo a escritura pública ante mí, Repertorio N° 291-2025, el Acta de Junta General Especialmente Citada de Socios de la “COOPERATIVA DE TRABAJO CONCÓN RECICLA LIMITADA”, pudiendo también denominarse “CONCÓN RECICLA”, La Junta fue celebrada el 27 de enero del año 2025. donde se acordó la modificación de los Estatutos Sociales y que es del siguiente tenor: Se acordó por unanimidad de los socios presentes y representados: MODIFICACIÓN A LOS ESTATUTOS, su artículo cinco, en su integridad, reemplazando por el siguiente texto: Artículo Cinco. Del monto del capital.- El capital social inicial de la Cooperativa, a la época de su constitución, totalmente es de $320.000.- (trescientos veinte mil pesos) que debían ser pagados originalmente al mes siguiente a la fecha de constitución de la Cooperativa. Atendido a que, de los dieciséis socios originales sólo ocho socios pagaron la cuota de participación original, y dado que los socios que no pagaron presentaron sus renuncias, la conformación definitiva de la Cooperativa estará integrada por los ocho socios que permanecen en la Cooperativa conforme al Acta de Junta General Especialmente Citada de Socios de fecha veintisiete de enero del año dos mil veinticinco. Conforme a lo señalado y al acuerdo de la Junta General Especialmente Citada de Socios de fecha veintisiete de enero del año dos mil veinticinco, el capital de la Cooperativa es de $320.000.- (trescientos veinte mil pesos), divididos en: a) 4 horas de trabajo por cada socio o socia, valorizadas en $5.000.- por hora, arrojando un total por este concepto de $20.000.- por socio, lo que equivale a 200 cuotas de participación; b) $20.000.- equivalentes a 200 cuotas de participación; todo considerando que la cuota de participación tiene un valor de $100.- pesos cada una. Así, cada uno de los ocho socios aporta en este acto 400 cuotas a $100 pesos cada una, aportando, por tanto, la suma de $40.000.- por socio, enterando así por completo el capital, encontrándose totalmente suscrito y pagado. Monto total del capital. $320.000. N° de socios. 8 socios. Número total de cuotas en que se divide el capital. 3.200 cuotas. Valor unitario por cuota. $100.- Número de cuotas adquiridas por cada socio. 400 cuotas por cada socio. 200 cuotas en horas. 200 cuotas en dinero. Valor aportado por socio. $40.000.-. $320.000.- (Capital) (400 cuotas x $100.-) x 8 socios. El Capital de la Cooperativa, se calcula en base al Balance del período y de acuerdo al instructivo de la División de Asociatividad y Economía Social del Ministerio de Economía, que indica, para este efecto, que el capital propio es la suma de activos al término del ejercicio anterior, menos el déficit y menos el pasivo exigible del año legal. El capital social, se calculará anualmente conforme al ejercicio del año anterior, dividiendo el capital propio por el número de socios. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar como número mínimo de cuotas de participación, a lo menos el mismo monto y en la misma modalidad del aporte realizado por los socios fundadores, de conformidad a lo acordado en la Junta General Especialmente Citada de Socios de fecha veintisiete de enero del año dos mil veinticinco, y de acuerdo a lo dispuesto en la ley y los Estatutos. La Cooperativa responde con todo su patrimonio por las deudas sociales.” Se deja constancia que, para todos los efectos legales, y de conformidad a los dispuesto en los Estatutos vigentes, el capital de la Cooperativa según balance al 31 de diciembre del año 2023 es de $320.000.- Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Valparaíso, 28 de enero del año 2025.
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RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con domicilio en ésta, Avenida Magallanes 1050, local 27, certifica: que por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, los socios de la COOPERATIVA DE TRABAJO CONCÓN RECICLA LIMITADA, debidamente representados por don LEONARDO ELÍAS FERREIRA ÁLVAREZ, chileno, soltero, técnico en mantenimiento electromecánico mención minería, C.I. 18.237.070-3, domiciliado en Edificio San Rafael calle 6 N° 610, comuna de Concón, región de Valparaíso; sanearon la COOPERATIVA DE TRABAJO CONCÓN RECICLA LIMITADA, constituida por Junta General Constitutiva celebrada el 1° de noviembre de 2023, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 13 de noviembre del año 2023, ante el Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, don Rodrigo Antonio Vila Cervera, bajo el repertorio N° 1.750 del mismo año, cuyo extracto fuere inscrito en el Registro de Comercio de Concón del año 2023 a fojas 130 número 89, y publicado en el Diario Oficial el día 18 de noviembre del año 2023, bajo el N° 43.704; con motivo del error involuntario en que se incurrió al omitir de la escritura pública a la cual se redujo el acta de la Junta General Constitutiva, lo señalado en el inciso primero del artículo 6 de la Ley General de Cooperativas, esto es, el nombre, profesión o actividad, domicilio y cédula de identidad de los socios que concurrieron a su constitución. En este sentido, mediante la escritura pública de saneamiento, el compareciente señaló el nombre, profesión o actividad, domicilio y cédula de identidad de los 16 socios que concurrieron a la Junta General Constitutiva, dando cumplimiento a lo requerido por la disposición legal citada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concón, 15 de enero de 2024.
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Corporate purpose
La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. En el marco de su objeto social, y para el cumplimiento de su objetivos, la cooperativa podrá, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, realizar cualquiera de las actividades que a continuación se indican: a) recolectar, acopiar, transportar, retirar, categorizar, tratar, procesar y disponer de residuos domiciliarios y/o industriales, en todas sus formas, tipos y cantidades; b) reciclar toda clase de objetos y materiales; c) adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, materiales, equipos, implementos, herramientas, materias primas y demás elementos destinados a la recolección, el acopio, el retiro, el transporte, la categorización y el tratamiento de residuos domiciliarios y/o industriales, ya sea por venta, arrendamiento, usufructo o a cualquier otro título, al contado o a plazo, y la ejecución de todo tipo de trabajos, actividades y servicios relacionados directa o indirectamente con el reciclaje; d) celebrar toda clase de actos, contratos y negocios sobre bienes muebles e inmuebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros; e) estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural, fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de cooperación mutua; f) perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico-social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y en el desarrollo local; g) fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales; h) proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica, tanto a sus integrantes como a terceros; i) incorporar a la cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados; j) asumir la defensa y protección de los recursos naturales que están en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo; k) ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia, conocimientos que propendan a su desarrollo personal, al incremento de sus capacidades como productor, y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; l) propender a la integración del joven y de la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socioculturales, empoderamiento y roles, etc.; m) contratar créditos con entidades privadas, públicas, fiscales, semifiscales, de administración autónoma, cooperativas y/o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo. Para estos fines, no siendo ésta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dice el Departamento de Cooperativa para tal efecto; n) establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción, para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; o) establecer cualquier otro servicio que satisfaga las necesidades de sus miembros, y que propenda al desarrollo económico, social y cultural de ellos; y p) en general, desarrollar todas las iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, y que tiendan a la consecución del objeto social.
Capital
Total capital
$320.000
Paid-in capital
$320.000
Shares
32
Official extract text
RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con domicilio en ésta, Avenida Magallanes 1050, local 27, certifica: que con fecha 13 de noviembre de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta General Constitutiva de la COOPERATIVA DE TRABAJO CONCÓN RECICLA LIMITADA, cuyos estatutos se extractan: Razón social: La cooperativa se denominará “Cooperativa de Trabajo Concón Recicla Limitada”, su nombre de fantasía será “Concón Recicla” y se regirá la Ley General de Cooperativas, su Reglamento, el Estatuto Social y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. Domicilio: La cooperativa está domiciliada en la comuna de Concón, región de Valparaíso, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: La cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Objeto: La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. En el marco de su objeto social, y para el cumplimiento de su objetivos, la cooperativa podrá, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, realizar cualquiera de las actividades que a continuación se indican: a) recolectar, acopiar, transportar, retirar, categorizar, tratar, procesar y disponer de residuos domiciliarios y/o industriales, en todas sus formas, tipos y cantidades; b) reciclar toda clase de objetos y materiales; c) adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, materiales, equipos, implementos, herramientas, materias primas y demás elementos destinados a la recolección, el acopio, el retiro, el transporte, la categorización y el tratamiento de residuos domiciliarios y/o industriales, ya sea por venta, arrendamiento, usufructo o a cualquier otro título, al contado o a plazo, y la ejecución de todo tipo de trabajos, actividades y servicios relacionados directa o indirectamente con el reciclaje; d) celebrar toda clase de actos, contratos y negocios sobre bienes muebles e inmuebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros; e) estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural, fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de cooperación mutua; f) perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico-social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y en el desarrollo local; g) fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales; h) proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica, tanto a sus integrantes como a terceros; i) incorporar a la cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados; j) asumir la defensa y protección de los recursos naturales que están en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo; k) ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia, conocimientos que propendan a su desarrollo personal, al incremento de sus capacidades como productor, y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; l) propender a la integración del joven y de la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socioculturales, empoderamiento y roles, etc.; m) contratar créditos con entidades privadas, públicas, fiscales, semifiscales, de administración autónoma, cooperativas y/o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo. Para estos fines, no siendo ésta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dice el Departamento de Cooperativa para tal efecto; n) establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción, para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; o) establecer cualquier otro servicio que satisfaga las necesidades de sus miembros, y que propenda al desarrollo económico, social y cultural de ellos; y p) en general, desarrollar todas las iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, y que tiendan a la consecución del objeto social. Número de socios: Capital: El capital inicial suscrito y pagado es de $320.000 (trescientos veinte mil pesos), dividido en 32 cuotas de participación, de un valor inicial de $10.000 (diez mil pesos) cada una. Cada socio suscribe, paga y aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo, 2 cuotas de participación, equivalentes a la suma de $20.000 (veinte mil pesos). Socios: Concurrieron 16 socios a la Junta Constitutiva.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Se da copia. DOY FE, Concón, 13 de Noviembre de 2023.
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