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Contratista En Obras Y Servicios De Construccion Emilia Del Carmen Bustos Fonseca E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 2018年10月20日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2018-10-20查看 PDF(CVE 1481266)

公司信息

E.I.R.L.
Bulnes, Ñuble

资本

总资本

$1.000.000

股东(1)

姓名持股比例

EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA

Titular

11.xxx.xxx-2

100%

法定代理(1)

摘要官方正文

CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular, Temuco, A. Bello 911, certifica: Por escritura otorgada ante mí, con fecha 28.09.2018, Repertorio Nº7519-2018, don JORGE JOSE ASTUDILLO REBOLLEDO, Chileno, Habilitado de Derecho, treinta y siete años de edad, Cedula de identidad Nº14.073.922-7, con domicilio en Calle Manuel Bulnes Nº699 of. 311 de la Ciudad de Temuco, en representación según se acredito de doña EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA, Comerciante, cincuenta y un años de edad, Cedula Nacional de identidad Nº 11.061.091-2, con domicilio en Avenida Italia Nº 1644 de la Ciudad de Temuco, COMPLEMENTA la escritura Pública de Saneamiento de los Estatutos de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada cuya razón social es CONTRATISTA EN OBRAS Y SERVICIOS DE CONSTRUCCION EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA E.I.R.L.- Escritura Pública suscrita por doña Emilia Del Carmen Bustos Fonseca, con fecha 30 de Julio de 2018, ante el Notario Público Titular de Temuco don CARLOS ALARCON RAMIREZ, Repertorio Nº 5708-2018. Dicho Saneamiento fue publicado en extracto en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha 08 de Agosto del año 2018, en su edición Nº 42.127.- El compareciente realiza la complementación en el sentido siguiente: CLAUSULA PRIMERA: Por escritura Pública de fecha diez de mayo del año dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Temuco don CARLOS ALARCON RAMIREZ, repertorio número tres mil doscientos setenta y cinco guion dos mil dieciocho, la compareciente doña EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA constituyo una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es CONTRATISTA EN OBRAS Y SERVICIOS DE CONSTRUCCION EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA E.I.R.L. que se regirá por sus Estatutos, y en lo no previsto en ellos, por las disposiciones de la especie contenidas en la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete de fecha once de febrero de dos mil tres y supletoriamente por las disposiciones legales y tributarias aplicables a las Sociedades de Responsabilidad Limitada. Dicho Pacto social fue publicado en extracto en el diario oficial de la República de Chile de fecha veintiséis de mayo del año dos mil dieciocho, en su edición número cuarenta y dos mil sesenta y seis.- CLAUSULA SEGUNDA: Que conforme lo prescribe la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, la compareciente doña EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA viene por el presente acto en complementar y sanear los estatutos de le Empresa individual de Responsabilidad Limitada cuya razón social es CONTRATISTA EN OBRAS Y SERVICIOS DE CONSTRUCCION EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA E.I.R.L., en el sentido siguiente: a).- La omisión incurrida, esto es, la falta inscripción oportuna de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, dentro del plazo legal de sesenta días. En consecuencia, el compareciente por este acto viene en sanear el vicio antes señalado, con el objeto de evitar cualquier vicio de nulidad.- b).- Por el presente acto viene en complementar y sanear los estatutos singularizados anteriormente en el sentido de corregir la omisión de no haber incorporado una CLAUSULA SEPTIMA en los estatutos quedando del siguiente tenor: “CLAUSULA SEPTIMA: El titular de la empresa individual de responsabilidad limitada, que por este acto se constituye, limita su responsabilidad patrimonial al monto del aporte individualizado en la cláusula Quinta de la escritura primitiva, sin perjuicio de responder ilimitadamente con su patrimonio en los casos previstos en el artículo doce de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, esto es: a).- Por los actos y contratos efectuados fuera del objeto de la empresa, para pagar las obligaciones que emanan de estos actos y contratos; b).- Por los actos y contratos que se ejecutaren sin el nombre o representación de la empresa, para cumplir las obligaciones que emanan de tales actos y contratos; c).- Si la empresa celebrare actos y contratos simulados, ocultare sus bienes o reconociere deudas supuestas, aunque de ello no se siga perjuicio inmediato; d) Si el titular percibiere rentas de la empresa que no guarden relación con la importancia de su giro, o efectuare retiros que no correspondieren a utilidades líquidas y realizables que pueda percibir, o; e) Si la empresa fuere declarada en quiebra culpable o fraudulenta.- SEGUNDO: Además el compareciente declara que en lo no modificado permanece vigente pacto social.- TERCERO: Se deja expresa constancia que el capital de la sociedad actualmente asciende a la suma de UN MILLON DE PESOS.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Doy Fe.- Temuco, 18 de Octubre de 2018.

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  1. CONSTITUCIÓN

    CONTRATISTA EN OBRAS Y SERVICIOS DE CONSTRUCCION EMILIA DEL CARMEN BUSTOS FONSECA E.I.R.L.

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