Comercial Machuca Y Yañez Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie; la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado
资本
总资本
$30.000.000
实缴资本
$30.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 70% | $21.000.000 |
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 30% | $9.000.000 |
管理人(2)
JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON
摘要官方正文
JACK OVIDIO BEHAR SARAVIA, Notario Titular, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, VIII Región, certifico: Por escritura de hoy, 04 de Octubre de 2016, ante mí, JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, C.I. 8.881.583-1; y CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, C.I. 12.696.716-0, ambos domiciliados en Calle Puelma número doscientos setenta y dos de la ciudad de San Carlos, constituyen Sociedad Responsabilidad Limitada, nombre empresa será “COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA”, objetivo de la Sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE y/o CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, conforme cláusula quinta Escritura Social.- Capital de la Sociedad será la suma de $30.000.000, que lo socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) El socio don JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, aporta la suma de $21.000.000, que entera en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; su aporte representa el 70% del haber social. Y, B) La socia CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, aporta la suma de $9.000.000, que entera en dinero efectivo que ingresa en éste acto a la caja social; su aporte representa el 30% del haber social. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su aporte y/o participación. Responsabilidad socios queda limitada a aportes.- Duración 10 años a contar de ésta fecha y se entenderá renovada tácita y sucesivamente por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones convenidas, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento o de alguna de las prórrogas que estuviere en vigencia.- La sociedad tendrá como domicilio Ciudad de San Carlos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.-Jack Behar Saravia.- Notario Público Titular.- San Carlos, Octubre 04 de 2016.-
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公司目的
La explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.
资本
总资本
$30.000.000
实缴资本
$30.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 70% | $21.000.000 |
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 30% | $9.000.000 |
管理人(2)
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON
摘要官方正文
JACK OVIDIO BEHAR SARAVIA, Notario Titular, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, VIII Región, certifico: Por escritura de hoy, 04 de Octubre de 2016, ante mí, JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALES, C.I. 8.881.583-1; y CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, C.I. 12.696.716-0, ambos domiciliados en Calle Puelma número doscientos setenta y dos de la ciudad de San Carlos, constituyen Sociedad Responsabilidad Limitada, nombre empresa será “COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA”, objetivo de la Sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE y/o CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, conforme cláusula quinta Escritura Social.- Capital de la Sociedad será la suma de $30.000.000, que lo socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) El socio don JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, aporta la suma de $21.000.000, que entera en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; su aporte representa el 70% del haber social. Y, B) La socia CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, aporta la suma de $9.000.000, que entera en dinero efectivo que ingresa en éste acto a la caja social; su aporte representa el 30% del haber social. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su aporte y/o participación. Responsabilidad socios queda limitada a aportes.- Duración 10 años a contar de ésta fecha y se entenderá renovada tácita y sucesivamente por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones convenidas, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento o de alguna de las prórrogas que estuviere en vigencia.- La sociedad tendrá como domicilio Ciudad de San Carlos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Jack Behar Saravia.- Notario Público Titular.- San Carlos, Octubre 04 de 2016.-
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- CONSTITUCIÓN
COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA
CVE 1125191
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COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA
CVE 1123504
