Asserca Chile SpA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La Sociedad tiene por objeto: a) La compra, venta, importación, exportación, producción, elaboración, transformación, etiquetado, acondicionamiento y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos importados o fabricados localmente, terminados y semiterminados, mercaderías y materias primas, relacionadas con el ramo de la industria farmacéutica, insumos médicos, cosmética, cuidado personal, accesorios médicos, así como de artículos producidos por laboratorios y de venta usual en establecimientos farmacéuticos; b) El transporte, depósito, almacenaje, bodegaje y distribución, por cuenta propia o ajena, de los productos, mercaderías y materias primas descritos en el literal a) anterior; c) La administración de inventarios y, en general, la prestación de todo tipo de servicios que se relacionen o estén vinculados con la operación o actividad de logística desarrollada por empresas o instituciones vinculadas con la actividad farmacéutica, los insumos médicos o la salud; d) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, acciones y derechos sociales, siempre vinculados al desarrollo de las actividades indicadas en los literales precedentes; y e) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$200.000
待缴资本
$800.000
股份
1,000
摘要官方正文
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 7 de octubre de 2020, repertorio número 19.445/2020, ante mí, Pablo Ducci Cornu constituyó sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Asserca Chile SpA (en adelante la “Sociedad”), pudiendo utilizar para fines comerciales, publicitarios y bancarios el nombre de fantasía “Asserca SpA”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) La compra, venta, importación, exportación, producción, elaboración, transformación, etiquetado, acondicionamiento y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos importados o fabricados localmente, terminados y semiterminados, mercaderías y materias primas, relacionadas con el ramo de la industria farmacéutica, insumos médicos, cosmética, cuidado personal, accesorios médicos, así como de artículos producidos por laboratorios y de venta usual en establecimientos farmacéuticos; b) El transporte, depósito, almacenaje, bodegaje y distribución, por cuenta propia o ajena, de los productos, mercaderías y materias primas descritos en el literal a) anterior; c) La administración de inventarios y, en general, la prestación de todo tipo de servicios que se relacionen o estén vinculados con la operación o actividad de logística desarrollada por empresas o instituciones vinculadas con la actividad farmacéutica, los insumos médicos o la salud; d) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, acciones y derechos sociales, siempre vinculados al desarrollo de las actividades indicadas en los literales precedentes; y e) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Se encuentran suscritas y pagadas 200 acciones equivalentes a $200.000. El saldo del capital social ascendente a $800.000, dividido en 800 acciones, deberá ser suscrito y pagado en un plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 8 de agosto de 2020. ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
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CVE 1829384
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