Aróstegui Abogados Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
la prestación de asesorías y servicios jurídicos profesionales de todo tipo relacionados con el ejercicio de la profesión de abogado, efectuar consultorías jurídicas, hacer informes legales, y demás relacionados con dicha profesión
Capital
Total capital
$100.000
Paid-in capital
$100.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Luis Ramón Aróstegui Puerta de Vera Socio | - | 50% | $50.000 |
Socio | - | 50% | $50.000 |
Administrators (2)
Luis Ramón Aróstegui Puerta de Vera
Official extract text
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, según Decreto Judicial ya protocolizado, Huérfanos número novecientos setenta y nueve, oficina quinientos uno, Santiago, certifica: por escritura pública 3 noviembre 2022, ante mí, Luis Ramón Aróstegui Puerta de Vera y Luis Ramón Aróstegui García, ambos domiciliados para estos efectos en Hendaya número sesenta, piso diez, torre Napoleón, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada monto respectivos aportes. Razón social: “ARÓSTEGUI ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía de “ARÓSTEGUI ABOGADOS LTDA.”. Administración y uso razón social corresponde a uno cualquiera de los socios indistinta y separadamente, con facultades señaladas en pacto social. Capital social es de cien mil pesos, que socios aportan en partes iguales en dinero efectivo, ingresado a la caja social. Objeto: la prestación de asesorías y servicios jurídicos profesionales de todo tipo relacionados con el ejercicio de la profesión de abogado, efectuar consultorías jurídicas, hacer informes legales, y demás relacionados con dicha profesión. Duración sociedad es de 1 año contado fecha escritura, la que se prorroga tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales 1 año cada uno, si ningún socio manifiesta voluntad de ponerle término mediante declaración formulada en escritura pública, anotada margen inscripción social en Registro Comercio, con anticipación mínima 6 meses al vencimiento plazo original o prórroga. Fallecimiento socios no disuelve sociedad la que continúa con socios sobrevivientes y herederos socio fallecido. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de noviembre 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
ARÓSTEGUI ABOGADOS LIMITADA
CVE 2217138
