Agrícola José Cox E.I.R.L.
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la empresa será la explotación por cuenta propia o ajena, de predios rústicos propios o de terceros, sean del rubro agrícola, ganadero o forestal, en todas sus fases y formas, así como las demás actividades que el empresario determine que se vinculen con el objeto señalado.
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$5.000.000
待缴资本
$0
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Titular 6.xxx.xxx-4 | 6.xxx.xxx-4 | 100% | $5.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
Patricio Raby Benavente, abogado, Notario Público Titular Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique N° 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico por escritura pública de 28 de junio de 2019, ante mí, JOSÉ GABRIEL COX DONOSO, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 6.065.868-4, de 65 años de edad, domiciliado en calle Aurelio González N° 3.390, piso 6, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada, siguientes estipulaciones: 1) Razón social: “AGRÍCOLA JOSÉ COX E.I.R.L.”, pudiendo usar por abreviación y para fines comerciales y bancarios el nombre de fantasía “AGRÍCOLA FUNDO SANTA INÉS E.I.R.L. 2) Objeto: El objeto de la empresa será la explotación por cuenta propia o ajena, de predios rústicos propios o de terceros, sean del rubro agrícola, ganadero o forestal, en todas sus fases y formas, así como las demás actividades que el empresario determine que se vinculen con el objeto señalado. 3) Capital: El capital de la empresa es la suma de $5.000.000.-, que el empresario José Gabriel Cox Donoso ha aportado y pagado, de contado y en dinero efectivo, enterándolo en la caja social. 4) Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se puedan establecer en otros lugares del país o en el extranjero. 5) Responsabilidad: La responsabilidad personal del titular queda limitada al monto de su respectivo aporte. 6) Duración: 10 años contados desde fecha escritura extractada, renovable automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, salvo que el empresario manifestare su voluntad de ponerle término en forma indicada en escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 5 de julio de 2019.-Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
Agrícola José Cox E.I.R.L.
CVE 1618428
