Limited liability company

Agrícola El Sobrino Limitada

CONSTITUCIÓN — Jun 4, 2026

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2026-06-04View PDF (CVE 2819477)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: Indefinida
Administration: La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá conjuntamente a ANDRES PRADO MUNITA y a JOSEFINA PRADO MUNITA. En caso de ausencia, fallecimiento, incapacidad o impedimento permanente de cualquiera de los administradores, corresponderá en forma exclusiva al administrador sobreviviente o a aquel que no se encuentre afecto a dicho impedimento. A falta de ambos, corresponderá en forma conjunta a cualesquiera dos de MARÍA IGNACIA PRADO MUNITA, VICENTE PRADO MUNITA y ROSARIO PRADO MUNITA.

Corporate purpose

La sociedad tendrá por objeto: (i) la adquisición y explotación de toda clase de bienes raíces, especialmente bienes raíces agrícolas, de manera directa o indirecta. Esto incluye, entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos y darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, ya sea por cuenta propia o ajena, incluida la comercialización de los productos provenientes de ellos; y, (ii) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (5)

NameParticipation

MARÍA IGNACIA PRADO MUNITA

Socio

20%

VICENTE PRADO MUNITA

Socio

20%

ROSARIO PRADO MUNITA

Socio

20%

JOSEFINA PRADO MUNITA

Socio

20%

ANDRES PRADO MUNITA

Socio

20%

Administrators (2)

Official extract text

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2026, ante mí, (i) doña MARÍA IGNACIA PRADO MUNITA, (ii) don VICENTE PRADO MUNITA, (iii) doña ROSARIO PRADO MUNITA, (iv) doña JOSEFINA PRADO MUNITA y (v) don ANDRÉS PRADO MUNITA; todos domiciliados en Av. Américo Vespucio Norte número 2.045, depto. 501, Vitacura, Región Metropolitana; quienes constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: El nombre o razón social será "AGRÍCOLA EL SOBRINO LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía "EL SOBRINO LTDA". II. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. III. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (i) la adquisición y explotación de toda clase de bienes raíces, especialmente bienes raíces agrícolas, de manera directa o indirecta. Esto incluye, entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos y darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, ya sea por cuenta propia o ajena, incluida la comercialización de los productos provenientes de ellos; y, (ii) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen. IV. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.000.000, íntegramente suscrita y pagada por los socios, en dinero efectivo, al contado, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) doña MARÍA IGNACIA PRADO MUNITA, con $200.000, equivalentes al 20% del capital social; (ii) don VICENTE PRADO MUNITA, con $200.000, equivalentes al 20% del capital social; (iii) doña ROSARIO PRADO MUNITA, con $200.000, equivalentes al 20% del capital social; (iv) doña JOSEFINA PRADO MUNITA, con $200.000, equivalentes al 20% del capital social; y, (v) don ANDRES PRADO MUNITA, con 200.000, equivalentes al 20% del capital social. V. Administración, Representación y Uso de Razón Social: La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá conjuntamente a (i) don ANDRES PRADO MUNITA y a (ii) doña JOSEFINA PRADO MUNITA. En caso de ausencia, fallecimiento, incapacidad o impedimento permanente de cualquiera de los administradores antes individualizados, la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderán en forma exclusiva al administrador sobreviviente o a aquel que no se encuentre afecto a dicho impedimento, quien podrá actuar por sí solo con todas las facultades de administración y disposición necesarias para obligar válidamente a la sociedad. A falta de ambos administradores, por concurrir respecto de ellos cualquiera de las circunstancias antes señaladas, la administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderán, en forma conjunta, a cualesquiera dos de las siguientes personas: doña MARÍA IGNACIA PRADO MUNITA, don VICENTE PRADO MUNITA, y doña ROSARIO PRADO MUNITA. En caso de ausencia, fallecimiento, incapacidad o impedimento permanente de alguno de estos últimos, bastará la actuación conjunta de dos de aquellos que no se encuentren afectos a dichas circunstancias. VI. Duración: Indefinida. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de mayo de 2026.

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    AGRÍCOLA EL SOBRINO LIMITADA

    CVE 2819477

Corporate relationships

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