Administradora Coihueco Riverside SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto la administración, operación, mantención, conservación, reposición y eventual ampliación de los bienes e infraestructuras comunes del proyecto de parcelación denominado “Coihueco Riverside”, ubicado en el sector de Chapuco, comuna de Puerto Octay, Provincia de Osorno (en adelante, el “Proyecto”). Para estos efectos, se entenderá por bienes e infraestructuras comunes todos aquellos destinados al uso, servicio o beneficio común de los propietarios del Proyecto, incluyendo, sin limitación: a) Las obras y bienes asociados a servidumbres de tránsito, tanto interiores como exteriores al loteo, tales como caminos, accesos y demás obras de conectividad; b) Las instalaciones asociadas a servidumbres eléctricas destinadas al suministro de energía, incluyendo postes, tendidos, cableado, empalmes, sistemas de interconexión y demás infraestructura relacionada; c) Las instalaciones destinadas al abastecimiento de agua potable y/o de riego, incluyendo sistemas de captación, conducción, almacenamiento, tratamiento y distribución. En el cumplimiento de su objeto, la sociedad estará facultada para: i) Establecer, aplicar y modificar tarifas, cargos o cuotas por el uso o consumo de los servicios comunes, tales como agua y electricidad; ii) Recaudar, administrar y custodiar los fondos provenientes de dichas tarifas y de cualquier otro ingreso relacionado con el Proyecto, debiendo destinarlos exclusivamente a la administración, operación, mantención, reposición, mejoramiento y ampliación de los bienes e infraestructuras comunes; iii) Ejecutar, por sí o por terceros, las labores necesarias para la adecuada conservación, reparación, reposición, mejoramiento y ampliación de los bienes comunes; iv) Adquirir bienes muebles e insumos, contratar servicios, celebrar actos y contratos, y en general realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de su objeto; v) Dictar normas internas, reglamentos operativos y procedimientos para el adecuado uso y funcionamiento de los bienes y servicios comunes. Finalmente, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto social, entendiéndose que este debe ser interpretado en términos amplios y no restrictivos.
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shares
60
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
AGRÍCOLA LAGO LLANQUIHUE SpA Accionista 77.350.642-6 | 77.350.642-6 | 100% | $3.000.000 |
Official extract text
Ministerio del Interior SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 31/03/2026; Repertorio N°537/2026, ante mí: AGRÍCOLA LAGO LLANQUIHUE SpA, Rut 77.350.642-6, representada por JORGE IGNACIO KAUFFMANN HIDALGO, C.I. N°16.701.656-1, ambos domiciliados en Vicente Pérez Rosales N° 677, departamento 307, comuna y ciudad de Puerto Varas, Región de Los Lagos, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “ADMINISTRADORA COIHUECO RIVERSIDE SpA”. Nombre de Fantasía: COIHUECO RIVERSIDE; Domicilio: comuna y ciudad de Puerto Varas, Región de Los Lagos, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la administración, operación, mantención, conservación, reposición y eventual ampliación de los bienes e infraestructuras comunes del proyecto de parcelación denominado “Coihueco Riverside”, ubicado en el sector de Chapuco, comuna de Puerto Octay, Provincia de Osorno (en adelante, el “Proyecto”). Para estos efectos, se entenderá por bienes e infraestructuras comunes todos aquellos destinados al uso, servicio o beneficio común de los propietarios del Proyecto, incluyendo, sin limitación: a) Las obras y bienes asociados a servidumbres de tránsito, tanto interiores como exteriores al loteo, tales como caminos, accesos y demás obras de conectividad; b) Las instalaciones asociadas a servidumbres eléctricas destinadas al suministro de energía, incluyendo postes, tendidos, cableado, empalmes, sistemas de interconexión y demás infraestructura relacionada; c) Las instalaciones destinadas al abastecimiento de agua potable y/o de riego, incluyendo sistemas de captación, conducción, almacenamiento, tratamiento y distribución. En el cumplimiento de su objeto, la sociedad estará facultada para: i) Establecer, aplicar y modificar tarifas, cargos o cuotas por el uso o consumo de los servicios comunes, tales como agua y electricidad; ii) Recaudar, administrar y custodiar los fondos provenientes de dichas tarifas y de cualquier otro ingreso relacionado con el Proyecto, debiendo destinarlos exclusivamente a la administración, operación, mantención, reposición, mejoramiento y ampliación de los bienes e infraestructuras comunes; iii) Ejecutar, por sí o por terceros, las labores necesarias para la adecuada conservación, reparación, reposición, mejoramiento y ampliación de los bienes comunes; iv) Adquirir bienes muebles e insumos, contratar servicios, celebrar actos y contratos, y en general realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de su objeto; v) Dictar normas internas, reglamentos operativos y procedimientos para el adecuado uso y funcionamiento de los bienes y servicios comunes. Finalmente, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto social, entendiéndose que este debe ser interpretado en términos amplios y no restrictivos. Capital y Acciones: $3.000.000.- dividido en 60 acciones nominativas y sin valor nominal, distribuidas en 2 series de la siguiente manera: a) Serie A, por $1.500.000 con un total de 30 acciones nominativas, sin valor nominal y sin privilegio; y b) Serie B, por un $1.500.000 con un total de 30 acciones nominativas, sin valor nominal y preferidas. Las acciones Serie B serán acciones preferidas, por lo que, individualmente consideradas representarán, para efectos del cómputo de votos, el doble de una acción Serie A. Adicionalmente, sólo las acciones Serie B elegirán al Administrador o Administradores de la sociedad. El capital antes indicado se suscribe de la siguiente forma: AGRÍCOLA LAGO LLANQUIHUE SpA suscribe y paga 30 acciones de la Serie A y 30 acciones de la Serie B, por la suma de $3.000.000, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, dinero que ingresa a la caja social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 31 de marzo de 2026.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Administradora Coihueco Riverside SpA
CVE 2793351
Corporate relationships
Administradora Coihueco Riverside SpA
No linked corporate relationships for now
