Inmobiliaria Frutillares Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARIO ARMANDO PEÑAFIEL GONZÁLEZ Socio | - | - | - |
Socio 77.002.040-9 | 77.002.040-9 | - | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 1988
Constitución de INMOBILIARIA FRUTILLARES LIMITADA, inscrita en el Registro de Comercio de Chillán en 1988 y publicada el 1989-01-02.
- Cambio de administrador· 2 de febrero de 2024
Los socios acuerdan reemplazar íntegramente la administración de la sociedad, asignándola a INVERSIONES LAGOMAR LIMITADA.
MARIO ARMANDO PEÑAFIEL GONZÁLEZ · INVERSIONES LAGOMAR LIMITADA · INVERSIONES LAGOMAR LIMITADA
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 02 de febrero de 2024, ante mí suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Repertorio 1359/2024, don MARIO ARMANDO PEÑAFIEL GONZÁLEZ e INVERSIONES LAGOMAR LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en calle dieciocho de Septiembre número seiscientos setenta y uno, Edificio Los Presidentes, oficina trecientos dos, de la comuna y ciudad de Chillán y de paso en esta, en su calidad de únicos y actuales socios, modificaron la sociedad INMOBILIARIA FRUTILLARES LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 235 vuelta, número 247 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Chillán correspondiente al año 1988 y publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de enero del año 1989, en los siguientes términos: Los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar la Administración de la Sociedad, reemplazando íntegramente el texto del Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, en virtud del cual se establece que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la sociedad denominada INVERSIONES LAGOMAR LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.002.040 - 9 (el “Administrador”), quien la ejercerá con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y especialmente con las facultades que se señalan a continuación en la escritura extractada. El Administrador ejercerá la administración a través de mandatarios designados especialmente al efecto mediante escritura pública otorgada conforme a la ley chilena. De la misma forma se procederá en caso de sustitución o reemplazo de estos mandatarios o delegados y para la modificación de facultades o revocación de su nombramiento. El Administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. El Administrador podrá conferir todas o algunas de sus facultades a los mandatarios o delegados que designe especialmente para la Sociedad. Por vía meramente ilustrativa, y sin que la enumeración sea taxativa, se deja testimonio que las facultades del Administrador comprenden, entre otras, las señaladas en la escritura que se extracta. En consecuencia, se modifica el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales en términos de reflejar la nueva administración. Socios limitaron su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy fe. Santiago, 09 de febrero de 2024.- P. Raby B. N. P.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria Frutillares Limitada
CVE 2466377
